ORDENANZA Nº 442-MSB - Aprueban modificaciones al Cuadro de Tasas y Derechos de los Procedimientos Administrativos contenidos en el TUPA de la Municipalidad

Fecha de publicación30 Julio 2010
Fecha de disposición30 Julio 2010
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, viernes 30 de julio de 2010
423043
Año XXVII - Nº 11072
AÑO DE LA
CONSOLIDACIÓN
ECONÓMICA Y
SOCIAL DEL PERÚ
PODER EJECUTIVO
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.M. Nº 343-2010-MTC/02.- Disponen la publicación del
proyecto del Manual de Hidrología, Hidráulica y Drenaje
en la página web del Ministerio 423044
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
COMISION NACIONAL SUPERVISORA
DE EMPRESAS Y VALORES
Res. Nº 078-2010-EF/94.01.1.- Modif‌i can Normas relativas
al acceso a información vinculada a la marcha societaria y
convocatoria a juntas en las sociedades abiertas, aprobadas
por Resolución CONASEV N° 111-2003-EF/94.10 423044
INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Res. Nº 095-2010-INGEMMET/PCD.- Asignan montos
recaudados por concepto de pago de Derecho de Vigencia
y Penalidad durante el mes de junio de 2010 423047
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza Nº 1414.- Declaran la intangibilidad de los
acantilados que conforman el Corredor Ribereño de la
Costa Verde, en la provincia de Lima 423058
Acuerdo Nº 288.- Ratif‌i can 32 derechos correspondientes
a 18 procedimientos y servicios administrativos de la
Municipalidad Distrital de San Borja 423058
MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Ordenanzas Nºs. 441 y 442-MSB.- Aprueban
modif‌i caciones al Cuadro de Tasas y Derechos de los
Procedimientos Administrativos contenidos en el TUPA de
la Municipalidad 423060
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
D.A. Nº 18-2010-MSS.- Prorrogan plazo y precisan
alcances de suspensión de diversas solicitudes a que se
ref‌i eren los DD.AA. N°s. 03 y 14-2010-MSS 423061
Sumario
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 30 de julio de 2010
423044
PODER EJECUTIVO
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Disponen la publicación del proyecto
del Manual de Hidrología, Hidráulica
y Drenaje en la página web del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 343-2010-MTC/02
Lima, 26 de julio de 2010
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y
Tránsito Terrestre, señala en su artículo 23, los reglamentos
nacionales necesarios para la implementación de la referida
Ley, entre los cuales se encuentra el Reglamento Nacional
de Gestión de Infraestructura Vial, el mismo que def‌i ne las
pautas para las normas técnicas de diseño, construcción y
mantenimiento de carreteras, caminos y vías urbanas;
Que, el artículo 20 del Reglamento Nacional de Gestión
de Infraestructura Vial, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 034-2008-MTC, establece que entre los
manuales para la gestión de carreteras se encuentra el
Manual de Hidrología, Hidráulica y Drenaje; a su vez, el
artículo 25 del citado reglamento, señala que dicho manual
contiene las normas, guías y procedimientos para el diseño
de las obras de drenaje superf‌i cial y subterránea de la
infraestructura vial; incluye los estudios de hidrología e
hidráulica y planos tipo;
Que, mediante Memorándum Nº 069-2010-MTC/14.04,
la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General
de Caminos y Ferrocarriles, remitió el proyecto de Manual
de Hidrología, Hidráulica y Drenaje, con el Informe
Técnico Nº 001-MTC/14.04, en el cual se señala que el
referido Manual es el instrumento guía que ofrece criterios
de ingeniería, metodologías, y recomendaciones que
ayuden a los especialistas a proyectar adecuadamente
los elementos de drenaje de una carretera y garantizar el
correcto funcionamiento y duración de ésta para el período
previsto;
que establece disposiciones relativas a la publicidad,
publicación de proyectos normativos y difusión de normas
legales de carácter general, señala en su artículo 14 que
las entidades públicas deben disponer la publicación de
los proyectos de normas de carácter general que sean de
su competencia en el Diario Of‌i cial “El Peruano”, en sus
portales electrónicos, o mediante cualquier otro medio,
en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la
fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos
excepcionales;
Que, con Memorándum Nº 1082-2010-MTC/14, la
Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, remitió
la documentación necesaria a efectos de proceder con
la publicación del proyecto de Manual de Hidrología,
Hidráulica y Drenaje, conforme a lo dispuesto en el Decreto
Supremo Nº 001-2009-JUS, a f‌i n de recibir las respectivas
sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Supremo Nº 001-2009-JUS y la Directiva Nº 003-2008-
MTC/01 aprobada por Resolución Ministerial Nº 191-2008
MTC/01 y modif‌i cada por Resolución Ministerial Nº 342-
2008 MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de
Manual de Hidrología, Hidráulica y Drenaje, en la página
Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
www.mtc.gob.pe, con el objeto de recibir las respectivas
sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, por
el plazo de quince (15) días calendario, contados a partir de
la publicación de la presente resolución.
Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de
Caminos y Ferrocarriles del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, la recepción, procesamiento,
sistematización y atención de los comentarios que se
presenten al mencionado proyecto.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ENRIQUE CORNEJO RAMIREZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
524514-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
COMISION NACIONAL
SUPERVISORA DE
EMPRESAS Y VALORES
Modifican Normas relativas al acceso
a información vinculada a la marcha
societaria y convocatoria a juntas en
las sociedades abiertas, aprobadas por
Resolución CONASEV Nº 111-2003-
EF/94.10
RESOLUCIÓN CONASEV
N° 078-2010-EF/94.01.1
Lima, 26 de julio de 2010
VISTOS:
El expediente Nº 2006018261, los Memorandos Nos
3100-2009-EF/94.04.1 y 1559-2010-EF/94.04.1 del 2 de
diciembre de 2009 y 02 de julio 2010, respectivamente,
emitidos por la Of‌i cina de Asesoría Jurídica y con la opinión
favorable de la Gerencia General;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
(en adelante la LGS) CONASEV está facultada para
reglamentar las disposiciones relativas a las sociedades
anónimas abiertas contenidas en dicha norma, cuya
supervisión y control se encuentran a su cargo, para lo cual
dicho dispositivo le otorga una serie de atribuciones;
Que, el tercer párrafo de la Sétima Disposición
Transitoria y Final de la Ley N° 27649, establece que
CONASEV reglamenta lo relativo a las facultades que le
conf‌i ere la LGS, respecto de las sociedades anónimas
abiertas;
Que, al amparo de lo dispuesto en las referidas
disposiciones legales mediante Resolución CONASEV N°
111-2003-EF/94.10 se aprobaron las Normas relativas al
acceso a información vinculada a la marcha societaria y
convocatorias a juntas en las sociedades anónimas abiertas
(en adelante Las Normas);
Que, mediante la Resolución CONASEV Nº 15-2005-
EF/94.10, publicada el 15 de marzo de 2005, se aprobaron
disposiciones adicionales respecto de la fecha de
celebración de la junta general o junta especial solicitada
por quienes representen el cinco por ciento o más de las
acciones suscritas con derecho a voto de las sociedades
anónimas abiertas;
Que, mediante la Resolución CONASEV Nº 7-
2006-EF/94.10, publicada el 15 de febrero de 2006, se
interpretaron los artículos 7º y 10º de Las Normas con el
f‌i n de precisar que (i) El universo de acciones para calcular
el cinco por ciento requerido para solicitar la convocatoria
a junta especial de accionistas está constituido por las
acciones que conforman la clase que pretende reunirse
en junta especial; (ii) En el caso de convocatoria a junta
general o junta especial a que se ref‌i ere el artículo 7º literal
b) de Las Normas, el cálculo del cinco por ciento de las
acciones con derecho a voto debe realizarse sólo sobre
las acciones con derecho a voto cuyos derechos políticos

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