RESOLUCION MINISTERIAL N° 074-2014-MIDIS - Designan Jefe de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social

Fecha de disposición31 Marzo 2014
Fecha de publicación31 Marzo 2014
El Peruano
Lunes 31 de marzo de 2014
520058
Organización y Funciones del Ministerio de Cultura.
3. Alcance
El presente protocolo es de aplicación, en esta primera
etapa, por parte de:
a) El Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural
e Industrias Culturales.
b) La Secretaría General, a través de sus
correspondientes órganos de asesoramiento y apoyo.
c) El Coordinador del Programa Piloto de
Voluntariado.
4. Determinación del perf‌i l, labores, áreas
benef‌i ciarias y duración del voluntariado
La determinación del perf‌i l, labores y áreas benef‌i ciarias
es competencia de las correspondientes áreas de los
órganos de línea, en articulación con el Coordinador del
Programa Piloto de Voluntariado.1
Si la labor de determinación de que se trata en el
párrafo anterior conlleva la realización de gastos, las
correspondientes áreas de los órganos de línea deberán
tramitar la respectiva disponibilidad presupuestal.2
5. Etapas del procedimiento
5.1. Convocatoria y difusión del Programa Piloto de
Voluntariado
La convocatoria y difusión del Programa Piloto de
Voluntariado para el verano 2014 se encuentra a cargo
de la Of‌i cina de Comunicación e Imagen Institucional3, la
que deberá articular sus actividades con el Coordinador
del Programa Piloto de Voluntariado.
5.2. Selección de los voluntarios
El proceso de selección de los voluntarios se encuentra
a cargo de la Of‌i cina General de Recursos Humanos4, de
manera articulada con el Coordinador del Programa Piloto
de Voluntariado. Para ello, se conformará un Comité que
estará integrado por:
a) El Coordinador del Programa Piloto de
Voluntariado.
b) Un representante del área que requiere el servicio
de voluntariado.
c) Un representante de la Of‌i cina General de Recursos
Humanos.
5.3. Registro de los voluntarios
La Of‌i cina General de Recursos Humanos efectuará la
inscripción de los voluntarios y de las organizaciones de
voluntarios en el Registro que administra la Dirección de
Benef‌i cencias Públicas y Voluntariado del Ministerio de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables.
5.4. Obligaciones de la entidad
El Ministerio de Cultura tiene las siguientes
obligaciones:
a) Brindar la seguridad adecuada para salvaguarda
de la integridad física, psíquica y moral del voluntario.
b) Informar a los voluntarios si la labor que desarrollarán
conllevará algún peligro para su vida o salud.
c) Brindar al voluntario la capacitación necesaria para
el desarrollo del servicio de voluntariado a realizar, de
acuerdo a las posibilidades del benef‌i ciario.
d) Otorgar al voluntario una certif‌i cación de las
actividades realizadas en el servicio de voluntariado
desempeñado, con especif‌i cación de las actividades
desarrolladas y de las capacitaciones adquiridas, de ser
el caso.
5.5. Capacitación de los voluntarios
Los voluntarios serán capacitados por las áreas
respectivas de los órganos de línea. Las actividades de
capacitación serán coordinadas con la Of‌i cina General
de Recursos Humanos y la Of‌i cina de Operaciones
y Mantenimiento5, que facilitarán la logística que se
requiera; así como con el Coordinador del Programa
Piloto de Voluntariado.
5.6. Duración del voluntariado
Las actividades de voluntariado no podrán tener una
duración menor a los tres (3) meses.
5.7. Tiempo y horario del voluntariado
El tiempo y el horario que se dedique a la actividad del
voluntariado será def‌i nida por las áreas respectivas de los
órganos de línea, de acuerdo con sus necesidades.
5.8. Entrega de certif‌i cados
Al término de las actividades realizadas, se otorgará
al voluntario una certif‌i cación del servicio de voluntariado
desempeñado, con especif‌i cación de las acciones
desarrolladas y de las capacitaciones adquiridas, de ser
el caso. La entrega de las certif‌i caciones se encuentra a
cargo de las áreas respectivas de los órganos de línea
que resultaron benef‌i ciarios del voluntariado.6
1 De acuerdo con lo prescrito por los artículos 7 y 15 del Reglamento de la
Ley General del Voluntariado, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-
2004-MIMDES.
2 De conformidad con el numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 30114, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014.
3 De conformidad con el artículo 16 del Reglamento de Organización y Fun-
ciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-
2013-MC.
4 En aplicación del artículo 43 del Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2013-
MC.
5 De acuerdo con lo prescrito por el artículo 41 del Reglamento de Orga-
nización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto
6 En observancia de lo dispuesto por los artículos 7, 8 y 15 del Reglamento
de la Ley General del Voluntariado, aprobado por Decreto Supremo N°
008-2004-MIMDES.
1068475-1
DESARROLLO E
INCLUSION SOCIAL
Designan Jefe de la Oficina General
de Planeamiento y Presupuesto del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión
Social
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 074-2014-MIDIS
Lima, 28 de marzo de 2014
VISTO:
El Convenio de Asignación celebrado entre la Autoridad
Nacional del Servicio Civil – SERVIR, el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social y el señor Jorge Alberto
Zapata Gallo; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito,
competencias, funciones y estructura orgánica básica;
Que, de acuerdo con el Cuadro para Asignación de
Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social,
aprobado por Resolución Suprema N° 001-2013-MIDIS, y
reordenado mediante Resoluciones Ministeriales N° 012-
2013-MIDIS, N° 085-2013-MIDIS, N° 127-2013-MIDIS y

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR