RESOLUCION MINISTERIAL N° 054-2014-TR - Aprueban 'Listado de microempresas que son fiscalizadas por los gobiernos regionales durante el año 2014'

Fecha de disposición01 Abril 2014
Fecha de publicación01 Abril 2014
El Peruano
Martes 1 de abril de 2014
520118
Coronado y el Memorando N° 105-2014-MTPE/4 de la
Secretaria General; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 022-2012-
TR del 13 de enero de 2012, se designa al señor Jaime
Alejandro Honores Coronado, en el cargo de Jefe de la
Of‌i cina General, Nivel Remunerativo F-5, de la Of‌i cina
General de Estadística y Tecnologías de la Información
y Comunicaciones del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo;
Que, mediante carta de vistos, el citado funcionario
ha formulado renuncia al referido cargo, por lo que es
necesario aceptar la misma y designar al funcionario que
lo reemplazará;
Con la visación del Jefe de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos y el numeral 8) del
artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia
formulada por el señor JAIME ALEJANDRO HONORES
CORONADO, al cargo de Jefe de la Of‌i cina General, Nivel
Remunerativo F-5, de la Of‌i cina General de Estadística
y Tecnologías de la Información y Comunicaciones del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele
las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor
WILLIAM RAÚL CARCHERI GIRÓN, en el cargo de
Jefe de la Of‌i cina General, Nivel Remunerativo F-5, de
la Of‌i cina General de Estadística y Tecnologías de la
Información y Comunicaciones del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
1068749-1
Aprueban “Listado de microempresas
que son fiscalizadas por los gobiernos
regionales durante el año 2014”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 054-2014-TR
Lima, 31 de marzo de 2014
VISTOS:
El Informe N° 026-2014-MTPE/4/13.1/JAAF y el Of‌i cio
N° 067-2014-MTPE/4/13.1 de la Of‌i cina de Estadística
de la Of‌i cina General de Estadística y Tecnologías de
la Información y Comunicaciones, el Informe Nº 100-
2014-MTPE/2/16.1 de la Dirección de Regulación y
Supervisión del Sistema de Inspección de la Dirección
General de Inspección del Trabajo, y el Informe N°
345-2014-MTPE/4/8 de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el segundo párrafo del artículo 3 de la Ley
N° 29981 - Ley que crea la Superintendencia Nacional
de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), modif‌i ca la Ley
establece que los gobiernos regionales, en el marco de
las funciones establecidas en el literal f) del artículo 48 de
desarrollan y ejecutan, dentro de sus ámbitos territoriales,
todas las funciones y competencias señaladas en el
del Trabajo, con relación a las microempresas;
Que, la Quinta Disposición Complementaria Transitoria
de la Ley N° 29981 establece que mediante decreto
supremo, con el voto favorable del Consejo de Ministros,
se def‌i ne el concepto de microempresa para delimitar la
competencia de los gobiernos regionales en materia de
inspección del trabajo;
Que, el Decreto Supremo N° 015-2013-TR, en su artículo
2, def‌i ne el concepto de microempresa para el efecto referido
en el considerando anterior; y, en su Única Disposición
Complementaria Transitoria dispone que, para el año
2014, el listado de microempresas que, de forma exclusiva
y excluyente, inspeccionan los gobiernos regionales en
aquellas jurisdicciones en las que hayan iniciado funciones
las intendencias regionales de la Superintendencia
Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL), se determina
considerando el promedio de trabajadores registrados en
la Planilla Electrónica durante los doce (12) últimos meses
anteriores al 30 de noviembre del año 2013;
Que, mediante el Informe N° 026-2014-MTPE/4/13.1/
JAAF y el Of‌i cio N° 067-2014-MTPE/4/13.1, la Of‌i cina
de Estadística de la Of‌i cina General de Estadística y
Tecnologías de la Información y Comunicaciones del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aplicando
los criterios señalados en el considerando anterior, remite
el listado de microempresas a ser aprobado;
Que, por lo expuesto en los considerandos
precedentes, debe aprobarse el listado de microempresas
que se encuentran bajo la competencia de los gobiernos
regionales, en materia de inspección del trabajo, en
aquellas regiones en las que inicien funciones las
intendencias regionales de la Superintendencia Nacional
de Fiscalización Laboral (SUNAFIL) durante el año 2014;
Con las visaciones de la Viceministra de Trabajo, del
Director General de Inspección del Trabajo, del Jefe de
la Of‌i cina General de Estadística y Tecnologías de la
Información y Comunicaciones y del Jefe de la Of‌i cina
General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo establecido en el numeral
8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; el artículo 11 de la Ley Nº 29381, Ley
de organización y funciones del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por
Decreto Supremo N° 004-2010-TR; el artículo 3 y la Quinta
Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N°
29981 y la Única Disposición Complementaria Transitoria
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el “Listado de microempresas
que son f‌i scalizadas por los gobiernos regionales durante
el año 2014” que, en anexo adjunto, forma parte de la
presente resolución ministerial.
Artículo 2.- Las microempresas comprendidas en el
listado aprobado en el artículo 1 de la presente resolución
ministerial, están bajo el ámbito de competencia de los
gobiernos regionales en aquellas regiones en donde
inicie funciones la correspondiente intendencia regional
de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral
(SUNAFIL) durante el año 2014. En aquellas regiones
en donde no se implementen dichas intendencias,
los gobiernos regionales mantienen su competencia
f‌i scalizadora respecto a todas las empresas y empleadores
ubicados en su ámbito territorial.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
resolución ministerial y de su anexo en el portal institucional
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.
trabajo.gob.pe), en la fecha de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano, siendo responsable de dicha acción el
Jefe de la Of‌icina General de Estadística y Tecnologías de
la Información y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
1068930-1

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