RESOLUCION MINISTERIAL N° 064-2014-MIMP - Designan Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio

Fecha de disposición25 Marzo 2014
Fecha de publicación25 Marzo 2014
El Peruano
Martes 25 de marzo de 2014 519471
GASTOS DE CAPITAL
2.6. Adquisición de Activos No Financieros 8 914 869,00
-------------------
TOTAL PLIEGO 448 8 914 869,00
===========
Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación
Institucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitadores
y habilitados en las Transferencias de Partidas
aprueban mediante Resolución, según corresponda,
la desagregación de los recursos autorizados en
el artículo 1 de la presente norma, a nivel funcional
programático, dentro de los cinco (5) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia
de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5)
días de aprobada a los organismos señalados en el
numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 304-2012-EF.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en los Pliegos involucrados, solicitará a la Dirección
General de Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de
Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en los Pliegos involucrados, instruirán a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de las transferencias de partidas a que
se ref‌i ere la presente norma no podrán ser destinados,
bajo responsabilidad, a f‌i nes distintos para los cuales son
transferidos.
Artículo 4.- Información
En el caso de la transferencia de partidas autorizada
en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto
Supremo, el pliego habilitado informará al Ministerio
de la Producción los avances físicos y f‌i nancieros de
la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su
cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas
en el convenio correspondiente, para efectos de las
acciones de verif‌i cación y seguimiento a que se ref‌i ere el
artículo 11 de la Ley Nº 30114.
Artículo 5.- Del Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de la
Producción.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro
días del mes de marzo del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
PIERO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
1066367-3
Precios CIF de referencia para la
aplicación del derecho variable
adicional o rebaja arancelaria a las
importaciones de maíz, azúcar, arroz y
leche entera en polvo
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 006-2014-EF/15.01
Lima, 21 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo N° 115-2001-EF y
modif‌i catorias, se estableció el Sistema de Franja de
Precios para las importaciones de los productos señalados
en el Anexo I del citado Decreto Supremo;
Que, por Decreto Supremo N” 184-2002-EF se
modif‌i có el Artículo 7° del Decreto Supremo N° 115-2001-
EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran
publicados por Resolución Viceministerial del Viceministro
de Economía;
actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la
importación de los productos incluidos en el Sistema de
Franjas de Precios y se dispuso que tengan vigencia en el
periodo del 1 de enero hasta el 30 de junio de 2014;
Que, corresponde publicar los precios CIF de
referencia para el periodo del 1 al 15 de marzo de 2014;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7°
del Decreto Supremo N° 115-2001-EF modif‌i cado por el
Artículo 1° del Decreto Supremo N° 184-2002-EF;}
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de
referencia para la aplicación del derecho variable adicional
o rebaja arancelaria a que se ref‌i ere el Decreto Supremo
N° 115-2001-EF y modif‌i catorias:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA
(DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)
US$ por T.M.
-----------------------------------------------------------------------
Leche
Fecha Maíz Azúcar Arroz entera en
polvo
-----------------------------------------------------------------------
Del 01/0372014
al 15/03/2014 256 501 472 5.221
-----------------------------------------------------------------------
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ GIANCARLO GASHA TAMASHIRO
Vice Ministro de Economía
1066172-1
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Designan Director General de la Oficina
General de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 064-2014-MIMP
Lima, 24 de marzo de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 055-2013-
MIMP se designó al señor Néstor Alejandro Álvarez Olarte
en el cargo de Director General de la Of‌i cina General de
Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables – MIMP;
Que, el referido funcionario ha formulado renuncia
al citado cargo, la que resulta pertinente aceptar,
correspondiendo designar a la persona que lo
reemplazará;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley ʋ 29158
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley ʋ 27594
– Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en
el nombramiento y designación de funcionarios públicos;
el Decreto Legislativo ʋ 1098 – Decreto Legislativo
que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR