RESOLUCION MINISTERIAL N° 119-2013-TR - Designan Secretario General del Ministerio

Fecha de disposición06 Julio 2013
Fecha de publicación06 Julio 2013
El Peruano
Sábado 6 de julio de 2013 498769
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDA RIVAS FRANCHINI
Ministra de Relaciones Exteriores
958583-1
TRABAJO Y PROMOCION
DEL EMPLEO
Designan Secretario General del
Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 119-2013-TR
Lima, 5 de julio de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 086-2013-TR
del 6 de mayo de 2013, se encarga al señor Harry John
Hawkins Mederos, Jefe del Gabinete de Asesores del
Despacho Ministerial, las funciones de Secretario General
del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
Que, resulta conveniente dar por concluida la citada
encargatura, así como designar al funcionario que
desempeñará dicho cargo;
Con la visación del Jefe de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula
la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y
designación de funcionarios públicos; y el numeral 8) del
artículo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar por concluida, a partir de la fecha,
la encargatura del señor HARRY JOHN HAWKINS
MEDEROS, Jefe del Gabinete de Asesores del Despacho
Ministerial, de las funciones de Secretario General del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dándosele
las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2°.- Designar, a partir de la fecha, al señor
PEDRO MANUEL TAPIA ALVARADO, en el cargo de
Secretario General del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NANCY LAOS CÁCERES
Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo
958312-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan viajes de inspectores de la
Dirección General de Aeronáutica Civil
a EE.UU., Ecuador, Colombia y México,
en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 384-2013-MTC/02
Lima, 26 de junio de 2013
VISTOS:
Los Informes Nº 235-2013-MTC/12.04, emitido por
la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 227-
2013-MTC/12.04, emitido por la Dirección de Seguridad
Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil,
y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de
servidores, funcionarios públicos o representantes del
Estado;
Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM, señala que la autorización de viajes al exterior de las
personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo
irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante
Resolución Ministerial del Sector correspondiente,
siempre que se sustenten en el interés nacional o en el
interés específ‌i co de la institución conforme a la Ley Nº
27619;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº
29951, Ley del Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2013, establece que quedan prohibidos los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos
y representantes del Estado con cargo a recursos
públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen
los Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica
Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para
las acciones de inspección y vigilancia de actividades
de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante
resolución del titular de la entidad;
Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es
ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil,
como dependencia especializada del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Que, en virtud a dicha competencia, la Dirección
General de Aeronáutica Civil es responsable de la
vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas,
seguridad que comprende la actividad de chequear las
aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores
aéreos así como el material aeronáutico que emplean;
Que, las empresas LC Busre S.A.C. y Lan Perú S.A.,
han presentado ante la autoridad aeronáutica civil, sus
solicitudes para evaluación de su personal aeronáutico,
a ser atendidas durante el mes de julio de 2013,
acompañando los requisitos establecidos en el marco
del Procedimiento Nº 05, correspondiente a la Dirección
General de Aeronáutica Civil, previsto en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones;
Que, asimismo, las empresas LC Busre S.A.C. y
Lan Perú S.A., han cumplido con el pago del derecho de
tramitación correspondiente al Procedimiento a que se
ref‌i ere el considerando anterior, ante la Of‌i cina de Finanzas
de la Of‌i cina General de Administración del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones; en tal sentido, los costos
de los viajes de inspección, están íntegramente cubiertos
por las empresas solicitantes del servicio, incluyendo el
pago de los viáticos;
Que, dichas solicitudes han sido calif‌i cadas y
aprobadas por la Dirección de Seguridad Aeronáutica
de la Dirección General de Aeronáutica Civil del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme
a lo señalado por el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del citado Ministerio, según se
desprende de las respectivas Ordenes de Inspección y
referidas en los Informes Nº 235-2013-MTC/12.04 de la
Dirección General de Aeronáutica Civil, y Nº 227-2013-
MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica,
de la citada Dirección General;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27261,
Ley Nº 27619, Ley Nº 29951, Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM y estando a lo informado por la Dirección
General de Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar los viajes de los siguientes
inspectores, de acuerdo con el detalle consignado en
el anexo que forma parte integrante de la presente
resolución, sustentado en los Informes Nº 235-2013-
MTC/12.04 de la Dirección General de Aeronáutica Civil,

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