RESOLUCION MINISTERIAL Nº 628-2011-MTC/02 - Autorizan viaje de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a España, en comisión de servicios

Fecha de disposición05 Septiembre 2011
Fecha de publicación05 Septiembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 5 de setiembre de 2011
449490
RELACIONES
EXTERIORES
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0760/RE-2011
Mediante Of‌i cio RE (GAB) Nº 0-3-A/226, el Ministerio
de Relaciones Exteriores solicita se publique Fe de
Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0760/RE-2011,
publicada en nuestra edición del día 27 de agosto de
2011.
DICE:
(...)
Artículo 1º.- (...)
(...)
- Señora María Teresa Villena de Ramírez, (...)
(...)
DEBE DECIR:
(...)
Artículo 1º.- (...)
(...)
- Señorita María Teresa Villena Ramírez, (...)
(...)
685730-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspectores de la
Dirección General de Aeronáutica Civil
a España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 628-2011-MTC/02
Lima, 2 de setiembre de 2011
VISTO:
El Informe Nº 482-2011-MTC/12.04, emitido por
la Dirección General de Aeronáutica Civil y el Informe
Nº 247-2011-MTC/12.04, emitido por la Dirección de
Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de
Aeronáutica Civil, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de
servidores, funcionarios públicos o representantes del
Estado;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley
Nº 29626, Ley del Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y
representantes del Estado con cargo a recursos públicos,
salvo entre otros casos, los viajes que realicen los
Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para
las acciones de inspección y vigilancia de actividades
de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante
resolución del titular de la entidad;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de
es un objetivo permanente del Estado en materia
de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo de las
operaciones aerocomerciales en un marco de leal
competencia y con estricta observancia de las normas
técnicas vigentes;
Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la citada Ley,
establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida
por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como
dependencia especializada del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones;
Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil debe
efectuar la supervisión permanente de las operaciones
aéreas de los explotadores bajo su control, a f‌i n de
garantizar que se mantienen las normas requeridas en
las operaciones para ofrecer al público, un servicio de
transporte aéreo comercial seguro y f‌i able;
Que, la Ley Nº 28404, Ley de Seguridad de la
Aviación Civil, establece que la Dirección General de
Aeronáutica Civil está facultada para regular todo lo
relacionado a la seguridad de la aviación y es responsable
de la elaboración, puesta en ejecución, vigilancia y
cumplimiento del Programa Nacional de Seguridad de la
Aviación Civil;
artículo 14 establece que los inspectores debidamente
identif‌i cados a que se ref‌i ere la Ley, son competentes
según su especialidad, para verif‌i car las capacidades
exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar
actividades de aeronáutica civil;
Que, la seguridad y ef‌i ciencia de las operaciones
aéreas, se verif‌i ca, entre otras formas, a través de
inspecciones técnicas a las estaciones de los explotadores
aéreos ubicados en el extranjero;
Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar
el viaje del Inspector de la Dirección de Seguridad
Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica
Civil designado mediante el Informe Nº 482-2011-
MTC/12.04 para que, en cumplimiento de las funciones
que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,
pueda realizar la inspección técnica de vigilancia a
que se contrae la Orden de Inspección Nº 1977-2011-
MTC/12.04;
Que, los gastos por concepto de viáticos, serán con
cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones;
Que, el 01 de agosto de 2011, la Of‌i cina General de
Planeamiento y Presupuesto emitió la Certif‌i cación del
Crédito Presupuestario Nº 03005, de conformidad con lo
establecido en el artículo 77 de la Ley Nº 28411 - Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto;
De conformidad con la Ley Nº 29626, la Ley Nº 27619
y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de inspección técnica
de vigilancia del señor Luis Guillermo Sipán Hernández,
Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, que
se efectuará desde el 20 al 23 de setiembre de 2011, a
la ciudad de Madrid, España, de acuerdo con el anexo
que forma parte integrante de la presente resolución,
sustentado en los Informes Nº 482-2011-MTC/12.04, y
Nº 247-2011-MTC/12.04.
Artículo 2º.- Los gastos que demande el viaje
autorizado precedentemente, serán con cargo
al presupuesto del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, de acuerdo con el anexo que forma
parte integrante de la presente resolución.

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