RESOLUCION MINISTERIAL N° 1197-2012-DE/SG - Autorizan ingreso al territorio nacional de personal militar de Ecuador

Fecha de disposición24 Octubre 2012
Fecha de publicación24 Octubre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 24 de octubre de 2012 477029
cooperación, un transporte marítimo seguro, protegido,
ef‌i caz y sostenible; así como, asegurar la protección del
medio ambiente marino;
Que, la Marina de Guerra del Perú ha considerado
dentro de sus prioridades para el año 2012, la designación
y autorización de viaje de UN (1) Of‌i cial Almirante y UN (1)
Of‌i cial Superior para que efectúen la mencionada Visita
Of‌i cial;
Que, el citado viaje ha sido incluido en el Rubro 7:
Representación Nacional en Organismos Internacionales,
Ítem 19, Anexo 2 (RDR) del Plan Anual de Viajes al Exterior
del Sector Defensa para el Año Fiscal 2012, aprobado por
Resolución Suprema Nº 014-2012-DE, de fecha 13 de
enero de 2012, y conforme a las modif‌i caciones aprobadas
con Resolución Suprema Nº 284-2012-DE, de fecha 21 de
junio de 2012, Resolución Suprema N° 384-2012-DE, de
fecha 27 de agosto de 2012 y Resolución Suprema N°
457-2012-DE, de fecha 28 de setiembre de 2012;
Que, resulta conveniente para los intereses
institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio del Vicealmirante Edmundo Luís Enrique
DEVILLE Del Campo y del Capitán de Navío Pedro
Nolasco TERRY Guillen, para que participen en el 109º
Periodo de Sesiones del Consejo de la Organización
Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad
de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte, del 5 al 9 de noviembre de 2012; por cuanto los
conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en
benef‌i cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de
competencia de la Marina de Guerra del Perú;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización
de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional del Año Fiscal 2012 de la Unidad Ejecutora
004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el
Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de
fecha 5 de junio de 2002;
De conformidad con la Ley Nº 29605 - Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y
su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº
001-2011-DE, de fecha 29 de marzo de 2011; la Ley
N° 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2012; la Ley Nº 27619 - Ley que regula
la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y
Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de
junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG,
de fecha 26 de enero de 2004 y sus modif‌i catorias, que
reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y
Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo N° 024-
2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que
determina la jerarquía y uso de las normas de carácter
administrativo que se aplicarán en los distintos órganos
del Ministerio;
Estando a lo propuesto por el Comandante General de
la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión
de Servicio del Vicealmirante Edmundo Luís Enrique
DEVILLE Del Campo, CIP. 02799637, DNI. 43390592
y del Capitán de Navío Pedro Nolasco TERRY Guillen,
CIP. 06833536, DNI. 25793067, para que participen en el
109º Periodo de Sesiones del Consejo de la Organización
Marítima Internacional (OMI), a realizarse en la ciudad
de Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del
Norte, del 5 al 9 de noviembre de 2012.
Artículo 2°.- El Ministerio de Defensa – Marina de
Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan
de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima – Londres (INGLATERRA) - Lima
US$. 2,030.00 x 2 personas US$. 4,060.00
Viáticos:
US$. 260.00 x 5 días x 2 personas US$. 2,600.00
--------------------
TOTAL A PAGAR: US$. 6,660.00
Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el Artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se
autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.
Artículo 4°.- Los mencionados Of‌i ciales, deberán dar
cumplimiento con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002,
relacionado con la sustentación de viáticos.
Artículo 5°.- El Of‌i cial Almirante comisionado, deberá
cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular
de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de
la fecha del retorno al país.
Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, no
da derecho a exoneración ni liberación de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 7°.- La presente Resolución Suprema, será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO CATERIANO BELLIDO
Ministro de Defensa
857581-3
Autorizan ingreso al territorio nacional
de personal militar de Ecuador
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 1197-2012-DE/SG
Lima, 23 de octubre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, con Facsímil (DSD) N° 820 del 16 de octubre de
2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de
Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización
para el ingreso de personal militar de la República del
Ecuador, sin armas de guerra;
Que, con Of‌i cio G.500-4111 del 17 de octubre de
2012, el Secretario del Comandante General de la Marina,
por encargo del Comandante General de la Marina, emite
opinión favorable para el ingreso al país del personal
militar de la República del Ecuador;
Que, el personal militar antes señalado ingresará a
territorio de la República, del 24 de octubre al 24 de noviembre
de 2012, a f‌i n de participar en una pasantía de levantamiento
hidrográf‌i co f‌l uvial a bordo del B.A.P. “STIGLICH”;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos
para la Autorización y consentimiento para el ingreso
de tropas extranjeras en el territorio de la República,
modif‌i cado por el artículo único de la Ley N° 28899,
establece que el ingreso de personal militar extranjero sin
armas de guerra para realizar actividades relacionadas a
las medidas de fomento de la conf‌i anza, actividades de
asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios
militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con
personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar
visitas de coordinación o protocolares con autoridades
militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el
Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con
conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros,
quien da cuenta al Congreso de la República por escrito
en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición
de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución
Ministerial de autorización debe especif‌i car los motivos,
la relación del personal militar, la relación de equipos
transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio
peruano. En los casos en que corresponda se solicitará
opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del
Perú; y de conformidad con la Ley N° 27856, modif‌i cada
por la Ley N° 28899;

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