RESOLUCION MINISTERIAL N° 095-2012-MIMP - Designan Presidente y miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Tarma

EmisorMUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Fecha de la disposición25 de Abril de 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 25 de abril de 2012 464859
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos,
de acuerdo con el marco constitucional y en concordancia
con lo dispuesto por su Ley de Organización y Funciones,
aprobada por la Ley Nº 28909, tiene como función rectora
velar por la vigencia del Estado Constitucional de Derecho
y el fortalecimiento de la institucionalidad democrática,
postulando la vigencia de los principios de igualdad, legalidad,
transparencia, ética pública, seguridad jurídica y paz social;
Que, conforme a lo dispuesto por la citada Ley, el
Sector Justicia y Derechos Humanos, comprende a todas
las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno,
vinculadas con el cumplimiento de las políticas nacionales
en materia de derechos humanos, defensa jurídica del
Estado y acceso a la justicia;
Que, asimismo acorde con lo establecido por la Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos, este Ministerio se encarga de formular
las políticas de defensa jurídica de los intereses del Estado
y, en particular, contra los actos que afecten la probidad
en el ejercicio de la función pública, para lo cual ejerce la
rectoría del Sistema de Defensa Jurídica del Estado;
Que, según el artículo 47º de la Constitución Política del
Perú, la defensa de los intereses del Estado está a cargo de
los Procuradores Públicos, asimismo, el Sistema de Defensa
Jurídica del Estado, aprobado por el Decreto Legislativo
Nº 1068 establece un conjunto de principios, normas,
procedimientos, técnicas e instrumentos, estructurados
e integrados funcionalmente mediante los cuales los
Procuradores Públicos ejercen la defensa jurídica del Estado;
Que, es política del gobierno impulsar la lucha contra la
corrupción y las actividades ilícitas que atentan contra los
intereses nacionales, a f‌i n de garantizar el cobro efectivo de
las reparaciones civiles que se deben al Estado;
Que, es necesario formular políticas conducentes a
lograr el cobro efectivo de todo aquello adeudado al Estado,
resultando conveniente crear el Registro de Deudores de
Reparaciones Civiles por Delitos en Agravio del Estado –
REDEE, cuya naturaleza es la de un registro administrativo,
con el f‌i n de contar con información consolidada sobre
los deudores de reparaciones civiles a favor del Estado
peruano que hayan incurrido en morosidad;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 47º
de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos; el Decreto Legislativo Nº 1068 que crea
el Sistema de Defensa Jurídica del Estado y su Reglamento
aprobado por el Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Crear el Registro de Deudores de
Reparaciones Civiles por Delitos en Agravio del Estado -
REDEE.
Artículo 2º.- El Registro de Deudores de Reparaciones
Civiles por Delitos en Agravio del Estado – REDEE, tiene
por f‌i nalidad contar con información consolidada sobre las
deudas por concepto de reparaciones civiles a favor del
Estado que hayan incurrido en morosidad.
Artículo 3º.- El Registro de Deudores de Reparaciones
Civiles por Delitos en Agravio del Estado - REDEE constituye
un registro administrativo que estará a cargo del Consejo
de Defensa Jurídica del Estado del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos.
La Secretaría General del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos dispondrá lo pertinente a f‌i n de facilitar
el soporte logístico, técnico y los recursos humanos
necesarios para su implementación.
Artículo 4º.- El acceso a la información del Registro de
Deudores de Reparaciones Civiles por Delitos en Agravio
del Estado - REDEE es gratuito y tiene carácter público.
Su publicidad permitirá que los ciudadanos colaboren con
el Estado brindando información relevante para lograr el
cobro efectivo de las reparaciones civiles
Dicho Registro será difundido en el portal intitucional del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Artículo 5º.- El Registro de Deudores de Reparaciones
Civiles por Delitos en Agravio del Estado - REDEE contendrá
los datos que establezca el Consejo de Defensa Jurídica
del Estado.
Artículo 6º.- Los Procuradores Públicos de los Poderes
del Estado, Organismos Constitucionalmente Autónomos,
los Procuradores Públicos Ad Hoc, Especializados, así como
los Procuradores Públicos de los Gobiernos Regionales y
Locales, bajo responsabilidad, deberán remitir al Consejo
de Defensa Jurídica del Estado la información a que se
ref‌i ere el artículo precedente en un plazo no mayor de
treinta (30) días hábiles, contados a partir de la publicación
de la presente Resolución.
Artículo 7º.- La Secretaría Técnica del Consejo de
Defensa Jurídica del Estado actualizará la información que
será remitida mensualmente por los Procuradores Públicos
referidos en el artículo precedente.
Artículo 8º.- Mediante Resolución de la Presidencia
del Consejo de Defensa Jurídica del Estado se emitirán las
disposiciones complementarias para el cumplimiento de la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Ministro de Justicia y Derechos Humanos
780973-1
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Designan Presidente y miembro
del Directorio de la Sociedad de
Beneficencia Pública de Tarma
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
ʋ 095-2012-MIMP
Lima, 24 de abril de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 898-2006-
MIMDES se designó al señor ULDARICO ELIAS FABIAN
LAZARO y al señor ORLANDO ENRIQUE BLANCO
CAHUANA como Presidente y miembro del Directorio
de la Sociedad de Benef‌i cencia Pública de Tarma,
respectivamente;
Que, por convenir al servicio, es necesario dar por
concluidas las citadas designaciones, así como designar a
las personas que los reemplazarán;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley ʋ 26918 –
Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en
Riesgo; la Ley ʋ 27594 – Ley que regula la participación
del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación
de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo ʋ 1098
– Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones;
y, el Decreto Supremo ʋ 004-2010-MIMDES;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor
ULDARICO ELIAS FABIAN LAZARO y del señor ORLANDO
ENRIQUE BLANCO CAHUANA como Presidente y miembro
del Directorio de la Sociedad de Benef‌i cencia Pública de
Tarma, respectivamente, dándoseles las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2.- Designar al Licenciado RÓMULO MOISÉS
FABIAN BUENO y a la Licenciada ESPERANZA LUNA
LEONARDO como Presidente y miembro del Directorio
de la Sociedad de Benef‌i cencia Pública de Tarma,
respectivamente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA JARA VELÁSQUEZ
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
781016-1
Designan Presidente del Directorio de
la Sociedad de Beneficencia Pública de
Chachapoyas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
ʋ 096-2012-MIMP
Lima, 24 de abril de 2012

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