RESOLUCION MINISTERIAL N° 176-2012-EF/52 - Autorizan ampliar el plazo para el pago del Gasto Devengado registrado al 31 de diciembre del Año Fiscal 2011 por las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y Gobiernos Regionales, así como por los pliegos presupuestarios de los Gobiernos Locales

Fecha de disposición01 Marzo 2012
Fecha de publicación01 Marzo 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 1 de marzo de 2012
461724
Que, el Ministerio de Economía y Finanzas como
integrante del Sistema Nacional de Informática, requiere
contar con un Plan Operativo Informático para el presente
año; en mérito de lo cual, la Of‌i cina General de Tecnologías
de la Información, con la opinión favorable de la Of‌i cina
General de Planif‌i cación, Inversiones y Presupuesto, ha
elaborado la propuesta de Plan Operativo Informático
2012 en el marco de las disposiciones establecidas en la
Guía de elaboración de estos instrumentos aprobada por
Resolución Ministerial Nº 19-2011-PCM y en concordancia
con los planes institucionales vigentes;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo, la Resolución Ministerial Nº
19-2011-PCM y el Reglamento de Organización y Funciones
aprobado por Resolución Ministerial N° 223-2011-EF/43;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación del POI 2012
Aprobar el Plan Operativo Informático (POI) del
Ministerio de Economía y Finanzas para el año 2012,
documento que como Anexo forma parte integrante del
presente dispositivo.
Artículo 2.- Publicación del POI 2012
El Plan Operativo Informático (POI), del Ministerio de
Economía y Finanzas para el año 2012, aprobado por la
presente Resolución, será publicado en el Portal del Estado
Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del
Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
758363-1
Autorizan ampliar el plazo para el pago
del Gasto Devengado registrado al 31
de diciembre del Año Fiscal 2011 por
las Unidades Ejecutoras del Gobierno
Nacional y Gobiernos Regionales, así
como por los pliegos presupuestarios
de los Gobiernos Locales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 176-2012-EF/52
Lima, 29 de febrero de 2012
CONSIDERANDO:
Que, la Sétima Disposición Complementaria y Final
de la Ley Nº 29628, Ley de Equilibrio Financiero del
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011,
establece que el Gasto Devengado registrado al 31 de
diciembre de cada Año Fiscal sólo puede pagarse hasta
el 31 de enero del Año Fiscal siguiente;
Que, asimismo la indicada norma legal establece que,
a propuesta de la Dirección General de Endeudamiento y
Tesoro Público, y hasta el primer trimestre de cada Año Fiscal,
se pueden autorizar excepciones a la indicada Disposición,
las mismas que son aprobadas mediante resolución
ministerial del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, diversas Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional
y Gobierno Regional, así como Pliegos Presupuestarios
de los Gobiernos Locales, han solicitado a la Dirección
General de Endeudamiento y Tesoro Público la ampliación
del indicado plazo toda vez que, debido a contingencias y
problemas presentados en su operatividad habitual durante
el mes de enero de 2012, no les ha sido posible realizar el
pago del Gasto Devengado en el antes mencionado plazo;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y con la Ley Orgánica
del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobada por el
Decreto Legislativo Nº 183 y modif‌i cada por el Decreto
Legislativo Nº 325;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a la Dirección General
de Endeudamiento y Tesoro Público para que,
excepcionalmente hasta el 31 de marzo de 2012, procese
el Gasto Girado de los Devengados formalizados y
registrados al 31 de diciembre del Año Fiscal 2011 por
las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y de
los Gobiernos Regionales, así como por los Pliegos
Presupuestarios de los Gobiernos Locales, por toda
fuente de f‌i nanciamiento.
Artículo 2º.- El procesamiento excepcional del Gasto
Girado establecido en el Artículo precedente, no convalida
los actos o acciones vinculados a la ejecución del gasto
que no se ciñan a la normatividad vigente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
758364-1
Oficializan el “XXIII Congreso Nacional
de Contadores Públicos del Perú”, a
realizarse en la ciudad del Cusco
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 004-2012-EF/51.01
Lima, 23 de febrero de 2012
Visto: el Of‌i cio Nº 008-2012-CD-JDCCPP, mediante el
cual el Presidente de la Junta de Decanos de Colegios de
Contadores Públicos del Perú solicita la of‌i cialización del
XXIII Congreso Nacional de Contadores Públicos del Perú,
programando su realización en la ciudad del Cusco los días
31 de octubre, 01, 02 y 03 de noviembre de 2012.
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Carta Nº 170-2011/JDCCPP-P/S,
el Presidente de la Junta de Decanos de Colegios de
Contadores Públicos del Perú, remitió la Resolución Nº 015-
2011-JDCCPP que entre otras materias, resuelve: “Designar
al Colegio de Contadores Públicos de Cusco como
organizador del XXIII Congreso Nacional de Contadores
Públicos del Perú”; y mediante el Of‌i cio Nº 007-2012-CD-
JDCCPP el Presidente de la Junta de Decanos de Colegios
de Contadores Públicos del Perú comunica los nuevos
integrantes del Consejo Directivo por el período 2012-2013;
Que, por Resolución Ministerial Nº 239-2005-EF/10
se ha delegado en el Contador General de la Nación,
la facultad de aprobar los Estatutos de los Colegios de
Contadores Públicos y of‌i cializar seminarios, congresos,
cursos y otros relacionados con la Contabilidad, que
organicen la Junta de Decanos de Colegios de Contadores
Públicos del Perú y los Colegios de Contadores Públicos
Departamentales; y
En uso de las facultades conferidas por la Resolución
Ministerial Nº 239-2005-EF/10;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Of‌i cializar el “XXIII CONGRESO
NACIONAL DE CONTADORES PÚBLICOS DEL PERÚ”,
organizado por el Colegio de Contadores Públicos de
Cusco y se llevará a cabo en la ciudad del Cusco, los días
31 de octubre, 01, 02 y 03 de noviembre del 2012.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ
Director General
Dirección General de Contabilidad Pública
757748-1
EDUCACION
Modifican Anexos de las RR.MM.
Nºs. 0601-0639, 0641 y 0646-2011-ED
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 0078-2012-ED
Lima, 28 de febrero de 2012

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