RESOLUCION MINISTERIAL N° 312-2013-EF/15 - Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de setiembre de 2013
Fecha de publicación | 29 Octubre 2013 |
Fecha de disposición | 29 Octubre 2013 |
El Peruano
Martes 29 de octubre de 2013 505953
General de Administración y Recursos Humanos para que
en representación del Ministerio de Economía y Finanzas
suscriba el contrato referido;
Que, con fecha 1 de julio de 2013, el Director General de
la Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos
y la empresa Cavali S.A. ICLV suscribieron el contrato
para la prestación de “Servicios con Participantes”;
Que, la Dirección General de Endeudamiento y
Tesoro Público, órgano rector del Sistema Nacional de
Endeudamiento, en el Informe Nº 133-2013-EF/52.04,
señala las razones que justifi can la suscripción de la
adenda al contrato de “Servicios con Participantes” suscrito
entre el Ministerio de Economía y Finanzas y CAVALI;
Que, el Jefe de la Ofi cina de Abastecimiento de la
Ofi cina General de Administración y Recursos Humanos
(antes Ofi cina General de Administración), ha elaborado
el Informe Nº 615-2013-EF/43.03, conjuntamente con el
proyecto de adenda al contrato;
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 034-
2012-EF, Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563 – Ley
General del Sistema Nacional de Endeudamiento y el
Decreto Supremo Nº 033-2006-EF y modifi catoria;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la adenda al contrato de “Servicios
con Participantes” remitido por la Ofi cina General de
Administración y Recursos Humanos a ser suscrito entre
el Ministerio de Economía y Finanzas y la empresa Cavali
S.A. ICLV.
Artículo 2.- Autorizar al Director General de la Ofi cina
General de Administración y Recursos Humanos para que
en representación del Ministerio de Economía y Finanzas
suscriba la adenda al contrato referida en el artículo
precedente.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1006661-1
Aprueban Índices de Distribución de
la Regalía Minera correspondientes al
mes de setiembre de 2013
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 312-2013-EF/15
Lima, 28 de octubre de 2013
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera,
modifi cada por las Leyes Nº 28323 y Nº 29788, establece
la Regalía Minera, su constitución, determinación,
administración, distribución y utilización;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2º de la Ley Nº 28258
- Ley de Regalía Minera, señala que la Regalía Minera
es la contraprestación económica que los sujetos de la
actividad minera pagan al Estado por la explotación de los
recursos minerales metálicos y no metálicos;
Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº
28258 - Ley de Regalía Minera, señala que el Ministerio
de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los
recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en
el plazo máximo de treinta (30) días calendario después
del último día de pago de la Regalía Minera;
Que, el numeral 16.5 del artículo 16º del Reglamento
de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, aprobado
por Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas
modifi catorias, dispone que el Ministerio de Economía
y Finanzas determinará los índices de distribución de la
regalía minera del último mes y/o del último trimestre,
según sea el caso, los que serán aprobados mensualmente
a través de una Resolución Ministerial;
Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º del
Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto
Supremo Nº 304-2012-EF, en concordancia con lo dispuesto
en la Tercera Disposición Complementaria Final de la
Resolución Ministerial Nº 223-2011-EF/43, que aprueba
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Economía y Finanzas, establece que los Índices de
Distribución de la Regalía Minera son aprobados por el
Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución
Ministerial sobre la base de los cálculos que para tal efecto
formule la Dirección General de Descentralización Fiscal
y Asuntos Sociales de este Ministerio, según los criterios
establecidos en el marco legal correspondiente;
Que, sobre la base de la información proporcionada por el
Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante
los Ofi cios Nºs. 076-2013-INEI/DTDIS, 255-2013-INEI/DTDIS
y 489-2013-INEI/DTDIS; la Superintendencia Nacional de
Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, según el
Ofi cio Nº 076-2013-SUNAT/4C0000; y la Asamblea Nacional
de Rectores - ANR, mediante el Ofi cio Nº 340-2013-SE/DGPU/
DE/ANR, la Dirección General de Descentralización Fiscal y
Asuntos Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economía y
Finanzas ha efectuado los cálculos correspondientes para
la determinación de los Índices de Distribución de la Regalía
Minera del mes de setiembre de 2013, según lo indicado en el
Informe Nº 120-2013-EF/64.03;
Que, en virtud de lo señalado en los considerandos
precedentes resulta necesario aprobar los Índices de
Distribución de la Regalía Minera correspondientes al
mes de setiembre de 2013;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28258 -
Ley de Regalía Minera y sus modifi catorias, el literal b) del
numeral 15.5 del artículo 15º del Texto Único Ordenado de
la Ley Nº 28411, el Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y
sus normas modifi catorias y complementarias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar los Índices de Distribución de
la Regalía Minera correspondientes al mes de setiembre
de 2013, a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos
Regionales y Universidades Nacionales del país
benefi ciados con la Regalía Minera, conforme al Anexo
que forma parte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Los Índices de Distribución de la Regalía
Minera correspondientes al mes de setiembre de 2013
consideran la información remitida por el Instituto Nacional
de Estadística e Informática - INEI, la Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -
SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, según
los porcentajes y criterios de distribución establecidos en
y el artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 28258 - Ley
de Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº
157-2004-EF y normas modifi catorias.
Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial y su
respectivo Anexo serán publicados en el Diario Ofi cial
El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de
Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN
REGALÍA MINERA
SETIEMBRE 2013
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA /
MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES
NACIONALES
INDICE
TOTAL 1.0000000000
GOBIERNOS LOCALES
AREQUIPA
AREQUIPA
AREQUIPA 0.0024538796
ALTO SELVA ALEGRE 0.0068183026
CAYMA 0.0080536646
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