RESOLUCION SUPREMA N° 018-2011-MINAM - Aceptan renuncia y designan Presidenta Ejecutiva del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI

Fecha de disposición05 Noviembre 2011
Fecha de publicación05 Noviembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 5 de noviembre de 2011 452781
Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial
Nº 1120-2008-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DECLARAR FUNDADO el Desistimiento
presentado por la ING. YULI VILMA VILLANUEVA
QUISPE a la Carta de Renuncia al cargo de Jefa de la
Agencia Zonal Canta-Huaral de la Dirección Zonal Lima
presentada el 25 de Octubre de 2011, en consecuencia,
sin efecto la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 102-2011-
AG-AGRO RURAL-DE.
Artículo 2º.- DAR POR CONCLUIDA la designación
de la Ing. YULI VILMA VILLANUEVA QUISPE al cargo
de Jefa de la Agencia Zonal Canta Huaral de la Dirección
Zonal Lima del Programa de Desarrollo Productivo Agrario
Rural AGRO RURAL.
Artículo 3º.- ENCARGAR las funciones del cargo de
Jefe de la Agencia Zonal Canta – Huaral al ING. RENZO
ZEGARRA MORÁN, Director Zonal Lima, con todas las
atribuciones y responsabilidades del cargo, las mismas
que se adicionan a las desempeñadas, en tanto se
designe al titular.
Artículo 4º.- DISPONER la publicación de la presente
en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo
Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.
gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SAMUEL MORANTE BARDELLI
Director Ejecutivo
Programa de Desarrollo Productivo
Agrario Rural - AGRO RURAL
712506-1
Establecen Período de Inducción del
Reglamento del Sistema Sanitario
Porcino
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 330-2011-AG-SENASA
La Molina, 28 de octubre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento del Sistema Sanitario Porcino
aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2010-AG, tiene
por objeto regular las acciones y medidas sanitarias
establecidas por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria
- SENASA, referentes a la normalización, protección y
f‌i scalización del Sistema Sanitario Porcino con la f‌i nalidad
de prevenir, controlar y erradicar las enfermedades de
mayor importancia económica en la ganadería porcina
del país, así como los procedimientos para la obtención
de las autorizaciones sanitarias de construcción y de
funcionamiento de granjas porcinas;
Que, el Reglamento del Sistema Sanitario Porcino,
en sus Artículos 19º, 26º, 36º, 45º, 46°, 47º, 48º, 49º,
50°, 51°, 52°, 53°, 60°, 70°, 71° y Tercera Disposición
Complementaria Final, establecen los lineamientos marco
en lo referente a Autorizaciones y Registros dentro del
Sistema Sanitario Porcino;
Que, el Artículo 2º del mencionado Reglamento
faculta al SENASA a dictar las normas complementarias
que fueran necesarias para la mejor aplicación del
referido Reglamento, en tal sentido ha sido aprobado el
Procedimiento de Autorizaciones y Registros del Sistema
Sanitario Porcino;
Que asimismo, la Segunda Disposición Complementaria
Transitoria del Reglamento del Sistema Sanitario Porcino
establece que las granjas porcinas instaladas antes
de la vigencia de la mencionada norma pueden seguir
operando hasta adecuarse en un plazo no mayor de 120
días calendarios posteriores al periodo de inducción;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Legislativo Nº 1059 Ley General de Sanidad Agraria, el
Decreto Supremo Nº 018-2008-AG Reglamento de la Ley
General de Sanidad Agraria y con el visado de la Dirección
de Sanidad Animal y de las Of‌i cinas de Planif‌i cación y
Desarrollo Institucional y de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Período de Inducción
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 002-
2010-AG Reglamento del Sistema Sanitario Porcino se
establece el Periodo de Inducción del Reglamento del
Sistema Sanitario Porcino por el período de ciento ochenta
(180) días calendarios contados a partir de la entrada en
vigencia de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Publicación del procedimiento
Publicar el Procedimiento de “Autorizaciones y
Registros del Sistema Sanitario Porcino” que se compone
de 30 páginas, con sus respectivos anexos, en el portal
institucional del SENASA (www.senasa.gob.pe).
Artículo 3º.- Aplicación y cumplimiento
El procedimiento mencionado en el artículo precedente
es de aplicación en todo el territorio nacional y de
cumplimiento obligatorio para el personal del SENASA y
todas las personas naturales o jurídicas que participan de
manera directa o indirecta en la crianza y/o explotación de
ganado porcino.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OSCAR M. DOMINGUEZ FALCÓN
Jefe
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
711536-1
AMBIENTE
Aceptan renuncia y designan Presidenta
Ejecutiva del Servicio Nacional de
Meteorología e Hidrología del Perú -
SENAMHI
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 018-2011-MINAM
Lima, 4 de noviembre de 2011
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 021-2007-
DE/SG, se designó al Mayor General FAP (r) Wilar
David Gamarra Molina, como Presidente Ejecutivo del
Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú
- SENAMHI;
Que, el mencionado funcionario ha presentado
renuncia al cargo que venía desempeñando;
Que, en ese sentido, resulta necesario aceptar su
renuncia y designar a la funcionaria que desempeñará
dicho cargo;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el
Mayor General FAP (r) Wilar David Gamarra Molina, al
cargo de Presidente Ejecutivo del Servicio Nacional de
Meteorología e Hidrología del Perú - SENAMHI, dándosele
las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar a la ingeniera Amelia Ysabel
Díaz Pablo, en el cargo de Presidenta Ejecutiva del
Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú
- SENAMHI.

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