RESOLUCION DIRECTORAL N° 0035-2014-MINAGRI-SENASA-DSV - Establecen requisitos fitosanitarios de necesario cumplimiento en la importación de varas yemeras de mango de origen y procedencia de India

EmisorAGRICULTURA Y RIEGO
Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2014
El Peruano
Sábado 9 de agosto de 2014 529627
VISTO, el Of‌i cio Nº 054-2014/CEPLAN-PCD, de fecha 5
de agosto de 2014, del Presidente del Consejo Directivo del
Centro Nacional de Planeamiento Estratégico-CEPLAN; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con la Ley del Sistema Nacional
de Planeamiento Estratégico y del Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico-CEPLAN, aprobada mediante
Decreto Legislativo N° 1088, el Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico es el organismo técnico
especializado que ejerce la función de órgano rector,
orientador y de coordinación del Sistema Nacional de
Planeamiento Estratégico;
Que, la Dirección Nacional de Prospectiva y Estudios
Estratégicos es el órgano técnico responsable de identif‌i car
y sistematizar conocimientos sobre megatendencias
estratégicas y estudiar el impacto de escenarios probables
derivados del análisis de potencialidades y de los cambios
del entorno, de conformidad con lo establecido en el artículo
29 del Reglamento de Organización y Funciones del Centro
Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, aprobado
por Decreto Supremo Nº 046-2009-PCM;
Que, a través de la Resolución de Presidencia de
Consejo Directivo Nº 11-2014-CEPLAN/PCD, se aprobó
el Plan de Desarrollo de Personas del Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico – CEPLAN para el Año 2014,
documento de gestión que determina que la capacitación
debe estar orientada a la actividad que desarrolla el
trabajador en la institución, contemplándose para la
Dirección Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos
el tema curso internacional de prospectiva y desarrollo para
la generación de visión de largo plazo;
Que, del 11 al 15 de agosto de 2014, en la ciudad de
Santo Domingo, República Dominicana, se llevará a cabo
el curso denominado “Prospectiva Estratégica y Políticas
Públicas para el Desarrollo en América Latina y el Caribe”,
organizado por el Instituto Latinoamericano y del Caribe de
Planif‌i cación Económica y Social (ILPES) en colaboración
con el Instituto Global de Altos Estudios en Ciencias
Sociales (IGLOBAL);
Que, mediante comunicación electrónica del 21 de julio
de 2014, el Coordinador Académico del precitado curso
informa sobre la admisión del señor Gerson Francisco
Julcarima Álvarez, profesional de la Dirección Nacional de
Prospectiva y Estudios Estratégicos del Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico-CEPLAN, al curso denominado
“Prospectiva Estratégica y Políticas Públicas para el
Desarrollo en América Latina y el Caribe”;
Que, el curso referido en el párrafo anterior se enmarca
dentro del ámbito de capacitación de cursos de formación
profesional, de conformidad con los artículos 2 y 10 del
Reglamento de Decreto Legislativo N° 1025 sobre Normas
de Capacitación y Rendimiento para el Sector Público,
Que, la capacitación está dirigida a aquellas personas
al servicio del Estado incursas en los regímenes de carrera
u otras formas de contratación de servicios de personal
utilizados por las entidades públicas;
Que, el señor Gerson Francisco Julcarima Álvarez
desempeña sus funciones en la Dirección Nacional de
Prospectiva y Estudios Estratégicos del Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico – CEPLAN, bajo la modalidad de
Contrato Administrativo de Servicios-CAS;
Que, el curso denominado “Prospectiva Estratégica y
Políticas Públicas para el Desarrollo en América Latina y el
Caribe” abordará temas que brindará un marco analítico,
conceptual e instrumental de las herramientas prospectivas
para la elaboración de visiones de desarrollo de largo
plazo;
Que, mediante Informe Nº 99-2014-CEPLAN-DNPE,
del 22 de julio de 2014, el Director Nacional de la Dirección
Nacional de Prospectiva y Estudios Estratégicos del
Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN
señala que es de interés institucional la participación del
señor Gerson Francisco Julcarima Álvarez, en el curso
denominado “Prospectiva Estratégica y Políticas Públicas
para el Desarrollo en América Latina y el Caribe”, toda
vez que su participación permitirá que adquiera nuevos
conocimientos sobre estudios comparados, lo cual
contribuirá a la consolidación de herramientas para la
elaboración de visiones de desarrollo de largo plazo, en
aplicación de la metodología prospectiva;
Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar la
participación del señor Gerson Francisco Julcarima
Álvarez, en el precitado curso; para cuyo efecto los gastos
por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán cubiertos
con cargo al presupuesto institucional del Centro Nacional
de Planeamiento Estratégico - CEPLAN;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
la Ley N° 27619, Ley que regula los viajes al exterior de
los Servidores y Funcionarios Públicos; y, las Normas
Reglamentarias sobre Autorización de Viajes al Exterior
de Servidores y Funcionarios Públicos, aprobadas por el
Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor Gerson Francisco
Julcarima Álvarez, del 10 al 15 de agosto de 2014, a la
ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, para los
f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la presente
Resolución Suprema.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución Suprema serán cubiertos con
cargo al presupuesto institucional del Centro Nacional de
Planeamiento Estratégico – CEPLAN, conforme al siguiente
detalle:
Pasaje en tarifa económica (incluye TUUA): US $ 952.79
Viáticos (5 días + 1 día de instalación) US $ 2,580.00
---------------------
TOTAL US $ 3,532.79
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la persona indicada en el
artículo 1 de la presente resolución, deberá presentar ante
el Titular de la entidad un informe detallado describiendo las
acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición
de cuenta documentada por los viáticos entregados.
Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución
no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos
aduaneros de cualquier clase o denominación.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es
refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
ANA JARA VELÁSQUEZ
Presidenta del Consejo de Ministros
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AGRICULTURA Y RIEGO
Establecen requisitos fitosanitarios
de necesario cumplimiento en la
importación de varas yemeras de mango
de origen y procedencia de India
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 0035-2014-MINAGRI-SENASA-DSV
31 de julio de 2014
VISTO:
El Informe Nº 038-2010-AG-SENASA-DSV/SARVF de
fecha 07 de setiembre de 2010, el cual identif‌i ca y evalúa los
potenciales riesgos de ingreso de plagas reglamentadas al
país y propone el establecimiento de requisitos f‌i tosanitarios
para la importación de varas yemeras de mango (Mangifera
indica L.) de origen y procedencia India, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley
General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como
importación, tránsito internacional o cualquier otro
régimen aduanero, de plantas y productos vegetales,
animales y productos de origen animal, insumos agrarios,
organismos benéf‌i cos, materiales de empaque, embalaje

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