ACUERDO N° 1380 - Ratifican la Ordenanza N° 144-MDSL de la Municipalidad Distrital de San Luis que establece la tasa por estacionamiento vehicular

Fecha de disposición16 Agosto 2012
Fecha de publicación16 Agosto 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 16 de agosto de 2012 472865
cumplimiento de las normas vigentes sobre prevención
del LA/FT.
Segunda.- De la supervisión del sistema de
prevención del LA/FT
Las funciones de supervisión, control y f‌i scalización
establecidas en las presentes normas serán ejercidas por
la SBS a través de la UIF-Perú.
El Consejo del Notariado o el Colegio de Notarios
de la jurisdicción podrán coadyuvar en la realización de
determinada visita de supervisión, siempre que así lo
requiera la SBS a través de la UIF-Perú.
Artículo Segundo.- Los Notarios de la provincia de
Lima y la Provincia Constitucional del Callao, a partir del 1
de enero de 2013, deberán remitir a la UIF-Perú, su Registro
de Operaciones (RO) en medio electrónico, conforme a las
instrucciones que emita la SBS, mediante Of‌i cio Múltiple.
El envío electrónico para los Notarios de las demás
provincias del Perú, será en forma progresiva, según lo
que establezca la SBS, mediante Of‌i cio Múltiple.
Artículo Tercero.- Los Notarios a nivel nacional
deberán remitir sus Reportes de Operaciones
Sospechosas (ROS), así como toda su documentación
adjunta o complementaria, a partir del 1 de octubre de
2012 a través del Sistema ROSEL, utilizando para ello
la plantilla ROSEL publicada en el portal habilitado por
la SBS para tal efecto. Desde la vigencia de la presente
norma hasta el 30 de setiembre de 2012, inclusive, el
Notario deberá comunicar el ROS en medio físico.
Únicamente, durante el mes de octubre de 2012, los
Of‌i ciales de Cumplimiento de los Notarios, además de
utilizar la plantilla ROSEL, también podrán enviar a la UIF-
Perú, sus Reportes de Operaciones Sospechosas (ROS)
por medio físico.
A partir del 2 de noviembre de 2012, el envío del ROS
será remitido únicamente mediante el Sistema ROSEL;
excepto en aquellos casos debidamente justif‌i cados y
autorizados por la SBS, a través de la UIF-Perú.
Artículo Cuarto.- Aprobar los Anexos que forman
parte integrante de la presente Resolución, que serán
publicados en el portal electrónico de la Superintendencia
de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos
de Pensiones (www.sbs.gob.pe), de conformidad con lo
Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario
Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
827750-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican la Ordenanza Nº 144-
MDSL de la Municipalidad Distrital
de San Luis que establece la tasa por
estacionamiento vehicular
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 1380
Lima, 8 de agosto de 2012
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 7 de
agosto de 2012, el Of‌i cio Nº 001-090-00006724 de la
Jefatura del Servicio de Administración Tributaria-SAT,
adjuntando el expediente de ratif‌i cación de la Ordenanza
N° 144-MDSL, de la Municipalidad Distrital de San Luis,
que establece la tasa por estacionamiento vehicular en
zonas urbanas del citado distrito; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
Municipalidades Distritales deben ser ratif‌i cadas por las
Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para
su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicación de lo normado por las Ordenanzas
Nº 739 y Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de
Lima, publicadas el 26 de diciembre de 2004 y el 27
de junio de 2011, respectivamente, la Municipalidad
Distrital de San Luis, aprobó la Ordenanza materia de
la ratif‌i cación, remitiéndola al Servicio de Administración
Tributaria, incluyendo sus respectivos informes y
documentos sustentatorios, con carácter de Declaración
Jurada, y la citada entidad en uso de sus competencias
y atribuciones, previa revisión y estudio, emitió el
Informe Técnico Legal Nº 004-181-00000492 opinando
que procede la ratif‌i cación solicitada, por cumplir con
los requisitos exigidos y las normas aplicables, de
conformidad con la Ordenanzas Nº 739 y Nº 1533 y las
Directivas 001-006-00000005 publicada el 16 de marzo
de 2005 y Nº 001-006-00000015 publicada el 30 de junio
de 2011;
Que, la prestación del servicio se efectuará en 800
espacios de lunes a domingo en los horarios de 07:00 a
14:00 horas, de 08:00 a 15:00 horas, de 09:00 a 16:00
horas y de 10:00 a 17:00 horas, dependiendo de las zonas,
con la tasa de S/. 0.50 por 30 minutos; y los ingresos que
la citada Municipalidad Distrital ha proyectado percibir
por la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular,
f‌i nanciarán el 99.89% de los costos del servicio y la
diferencia deberá ser cubierta con otros ingresos que
perciba la misma;
De acuerdo con lo opinado por el Servicio de
Administración Tributaria-SAT y por la Comisión
Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en
el Dictamen Nº 191-2012-MML/CMAEO.
ACORDO:
Artículo Primero.- Ratif‌i car la Ordenanza Nº 144-
MDSL de la Municipalidad Distrital de San Luis que
establece la tasa por estacionamiento vehicular en zonas
urbanas de dicho distrito.
Artículo Segundo.- La ratif‌i cación se encuentra
condicionada al cumplimiento de la publicación del
presente Acuerdo ratif‌i catorio, así como del texto íntegro
de la Ordenanza Nº 144-MDSL que contienen los cuadros
de estructura de costos, de estimación de ingresos y
la cantidad de espacios habilitados, días y horarios. La
aplicación sin el cumplimiento de dichas condiciones,
es responsabilidad exclusiva de los funcionarios de la
Municipalidad Distrital de San Luis.
Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de
publicación, el Servicio de Administración Tributaria-
SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de
conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen
de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y
Organización y el Informe del Servicio de Administración
Tributaria-SAT.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
827757-1
Designan Auxiliar Coactivo del SAT
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN
TRIBUTARIA – SAT
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 001-004-00002805
Lima, 25 de julio de 2012
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 6 del Estatuto del Servicio de
Administración Tributaria, SAT, de la Municipalidad

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