ORDENANZA Nº 233-2011-MDR - Aprobar la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad

Fecha de disposición15 Marzo 2011
Fecha de publicación15 Marzo 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 15 de marzo de 2011
438988
Aprobar la Estructura Orgánica y
el Reglamento de Organización y
Funciones de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 233-2011-MDR
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC;
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO
DEL RÍMAC;
VISTO: en Sesión Extraordinaria de Concejo, de fecha
doce de Marzo del dos mil once, el Dictamen Nº 002-2011-
CAR-MDR de la Comisión de Presupuesto Planif‌i cación,
Racionalización y Cooperación Internacional; con el voto
mayoritario de los señores regidores y con la dispensa de
la aprobación del Acta ha dado la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA
ORGÁNICA Y EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN
Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DEL RÍMAC
Artículo Primero.- Aprobar la estructura Orgánica
y el Reglamento de Organización y Funciones de la
Municipalidad Distrital del Rímac, que consta de seis
(06) Títulos, cincuenta y cinco (55) Artículos, cuatro (04)
Disposiciones Complementarias, dos (02) Disposiciones
Transitorias, tres (03) Disposiciones Finales y el anexo de
la Estructura Orgánica.
Artículo Segundo.- Deróguese la Ordenanza Nº
228-MDR de fecha 19.01.11, publicada en el diario Of‌i cial
“El Peruano” el 04. 02.11.
Artículo Tercero.- Encargar a la Secretaría General
el trámite de publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano
y encargar a la Unidad de Imagen Institucional la
publicación del íntegro del texto en el portal electrónico
de la Municipalidad Distrital del Rímac www.munirimac.
gob.pe, así como su publicación en el portal electrónico
de Servicios al Ciudadano y Empresas de la Presidencia
de Consejo de Ministros.
Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia
Municipal disponer la implementación, del Reglamento
de Organización y Funciones aprobadas por la presente
Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se registre publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal a los doce días del mes
de marzo del dos mil once.
ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ
Alcalde
REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE
NORMAS LEGALES CON O SIN ANEXOS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder
Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos
Regionales y Gobiernos Locales, lo que deben tener en cuenta para efectos de la publicación
de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos,
resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que
contengan o no anexos:
1.- Junto a toda disposición, con o sin anexos, que contenga más de una página, se adjuntará
un disquete o cd rom con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico
normaslegales@editoraperu.com.pe.
2.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido
en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.
3.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de
acuerdo al formato original y sin justif‌i car, si incluyen gráf‌i cos, su presentación será en extensión
PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.
4.- Las tablas o cuadros deberán ser elaborados a 24 cm. de alto x 15 cm. de ancho, en caso se
trate de una página apaisada a 15 cm. de alto x 24 cm. de ancho. Asimismo, la tipografía mínima
a utilizar deberá ser de Helvetica-Narrow 7 puntos.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del
disquete o cd rom o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para
efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la
publicación se suspenderá.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR