ORDENANZA Nº 420-MDMM - Establecen fechas de vencimiento para el pago del Impuesto Predial y arbitrios municipales para el ejercicio 2010

Fecha de publicación06 Enero 2010
Fecha de disposición06 Enero 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 6 de enero de 2010 410481
Establecen fechas de vencimiento para
el pago del Impuesto Predial y arbitrios
municipales para el ejercicio 2010
ORDENANZA Nº 420-MDMM
Magdalena del Mar, 21 de diciembre de 2009.
ORDENANZA QUE ESTABLECE FECHAS
DE VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL IMPUESTO
PREDIAL Y ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA,
PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO
PARA EL EJERCICIO 2010
LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MAGDALENA
DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria Nº 23 de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 15º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 156-2004-EF señala que el Impuesto Predial
podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del
mes de febrero de cada año o en forma fraccionada hasta
en cuatro cuotas trimestrales, debiéndose pagar la primera
cuota hasta el último día hábil del mes de febrero y las
cuotas restantes hasta el último día hábil de los meses de
mayo, agosto y noviembre.
Que, el artículo 2º de la Ordenanza Nº 414-MDMM,
que aprueba los costos y tasa aplicadas por los servicios
de barrido de calles, recojo domiciliario de residuos
sólidos, parques y jardines y serenazgo, establecidos
en la Ordenanza Nº 380-MDMM, que aprueba el Marco
Legal del Régimen Tributario de Arbitrios de Limpieza
Pública, Parques y Jardines y Serenazgo, para el
Ejercicio 2009, ratif‌i cada con Acuerdo de Concejo Nº
593 del Concejo Metropolitano de Lima, reajustada
con el índice de Precios al Consumidor de conformidad
al artículo 69-B del Decreto Legislativo Nº 776, y su
Texto Único Ordenado vigente por Decreto Supremo Nº
156-2004-EF; y que por otro lado, el artículo 7º de la
Ordenanza Nº 380-MDMM, establece que éstos son de
periodicidad y recaudación mensual;
Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto
Supremo Nº 135-99/EF, modif‌i cado mediante Decreto
Legislativo Nº 953, establece que el plazo para el pago
de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter
general, por la Administración Tributaria;
Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento
para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales
para el Ejercicio 2010;
Estando a lo informado por la Gerencia de
Administración Tributaria y Rentas a través del Informe Nº
444-2009-GATR-MDMM y contando con la opinión legal
favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante
Informe Nº 1750-2009-GAJ-MDMM, y en uso de las
atribuciones conferidas en los Incisos 8) y 9) del artículo
9º, así como en los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica
de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal
aprobó por UNANIMIDAD, y con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del acta, la siguiente:
ORDENANZA
ESTABLECEN FECHAS DE VENCIMIENTO
PARA EL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL
Y ARBITRIOS DE LIMPIEZA PÚBLICA, PARQUES
Y JARDINES Y SERENAZGO
PARA EL EJERCICIO 2010
Artículo 1º.- De conformidad con el Artículo 15º del
Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal,
aprobada mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, la
obligación de pago del Impuesto Predial para el Ejercicio
2010 vence:
1. Pago al contado : 26 de Febrero
2. Pago fraccionado
2.1. Primera cuota : 26 de febrero
2.2. Segunda cuota : 31 de Mayo
2.3. Tercera cuota : 31 de Agosto
2.4. Cuarta cuota : 30 de Noviembre
Estas cuotas serán reajustadas con la variación
acumulada del Índice de Precios al Por Mayor que publica
el Instituto Nacional de Estadística e Informática, por el
período comprendido entre el mes de vencimiento de
pago de la primera cuota y el mes precedente a la fecha
de pago.
Artículo 2º.- La obligación de pago de las cuotas
mensuales de los arbitrios correspondiente al ejercicio
2010, vence:
Enero : 26 de Febrero
Febrero : 26 de Febrero
Marzo : 31 de Marzo
Abril : 30 de Abril
Mayo : 31 de Mayo
Junio : 30 de Junio
Julio : 30 de Julio
Agosto : 31 de Agosto
Setiembre : 30 de Septiembre
Octubre : 29 de Octubre
Noviembre : 30 de Noviembre
Diciembre : 31 de Diciembre
Artículo 3º.- Encárguese a la Gerencia de
Administración Tributaria y Rentas y al Departamento de
Informática el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo 4º.- La presente Ordenanza entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación.
DISPOSICIONES
COMPLEMENTARIAS Y FINALES
Única.- Facúltese a la Alcaldesa para que mediante
Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias
para lograr la adecuada aplicación y/o ampliación de la
presente Ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
ROSA ELVIRA QUARTARA CARRIÓN DE RUAS
Alcaldesa
441367-1
Fijan montos que deben abonar
contribuyentes por concepto de
derechos de emisión mecanizada
del Impuesto Predial y arbitrios
municipales para el ejercicio 2010
Magdalena del Mar, 21 de diciembre de 2009.
ORDENANZA QUE FIJA MONTOS
QUE DEBERAN ABONAR CONTRIBUYENTES
POR CONCEPTO DE DERECHOS DE EMISION
MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS
DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y
SERENAZGO PARA EL EJERCICIO 2010
LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE MAGDALENA
DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria Nº 23 de la fecha; y,

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