ORDENANZA N° 513-MDMM - Condonan del pago de arbitrios municipales hasta diciembre de 2011 a instituciones y/o congregaciones religiosas por determinados usos de sus predios

Fecha de disposición07 Diciembre 2012
Fecha de publicación07 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 7 de diciembre de 2012 480291
CUADRO RESUMEN DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS Nº 1b
(ARTICULO 9 MODIFICADO ORDENANZA 378-MDJM)
EJE VIAL ( * ) LOTE MINIMO
(M2)
FRENTE
MINIMO
(ML)
ALTURA MAXIMA
DE EDIFICACION DOTACION DE
ESTACIONAMIENTOS (***) AREA MINIMA DE
VIVIENDA (**)
Jr. Huayna Cápac.
350 (1)
450 (2) 10 08 Pisos (1)
20 Pisos (2)
En lotes de 350.00 m2 a más:
01 Esta. X Unidad de Vivienda
+ 15 % del total requerido;
destinado a visitas.
En lotes menores a 350.00 m2:
01 estacionamiento por unidad
de vivienda.
85.00m2 (3 dormitorios)
75.00m2 (2 dormitorios)
65.00m2 (1 dormitorio)
No aplica en predios
ubicados en la Zona “A”
(Ver Ord. 261)
Jr. Huáscar.
Av. General Máximo Abril.
Jr. General Sánchez Cerro.
Jr. Mayta Cápac.
Jr. Cahuide
Av. Faustino Sánchez
Carrión 450 (2) 10 20 Pisos (2) 01 Est. X Unidad de Vivienda
+ 15% del total requerido;
destinado a visitas.
90.00m2 (3 dormitorios)
80.00m2 (2 dormitorios)
70.00m2 (1 dormitorio)
(1) Frente a Jirones o Vías Colectoras
(2) En Avenidas con secciones mayores a 25.00 m.
( * ) Independientemente de su ubicación en las Zonas Predominantes y a la Zonif‌i cación vigente.
(**) Las áreas mínimas por unidad vivienda en edif‌i caciones residenciales serán de aplicación en las Zonas A, B, C y D
de todo el distrito
(***) El 15% del total calculado, de estacionamientos destinados para visita, formarán parte del área de uso común del
edif‌i cio.
CUADRO DE CLASIFICACION DE VIAS
(ARTICULO 9 MODIFICADO ORDENANZA 378-MDJM)
AVENIDA CALIFICACIÓN TRAMOS SECCION EN
METROS
Av. Faustino Sánchez Carrión, Cdra. 2 Expresa Av. Brasil – Av. Faustino Sánchez Carrión. Cdra. 3 36.00 ml
Av. Faustino Sánchez Carrión, Cdra. 3 a 6 Expresa Av. Brasil – Av. Gregorio Escobedo 36.00 ml
Av. Faustino Sánchez Carrión, Cdra. 7 a 8 Expresa Av. Brasil – Av. Punta del Este 36.00 ml
Av. Faustino Sánchez Carrión, Cdra. 9 a 10 Expresa Av. Punta del Este – Av. General Felipe Salaverry 36.30-41.00 ml
Jr. Huáscar, Cdra. 11 a 14 Local Avda. Mariátegui – Avda. General Santa Cruz 16.00 ml
Jr, Huayna Cápac, Cdra. 11 a 12 Colectora Avda. General Santa Cruz – Avda. Cuba 15.00 – 18.00 ml
Jr, Huayna Cápac, Cdra. 13 Local Avda. Cuba – Jr. Coronel Félix Zegarra 15.00 – 18.00 ml
Jr, Huayna Cápac, Cdra. 14 Local Jr. Coronel Félix Zegarra – Avda. Mariátegui 11.20 ml
Av. General Máximo Abril Local Jr. Larraburre Unanue – Jr. Pablo Bermúdez 25.00 ml
Jr. General Sánchez Cerro, Cdra. 20, 21 y 22 Local Avda. Gregorio Escobedo – Avda. General Felipe Salaverry 16.00 ml
Jr. Cahuide Local Jr. Pachacútec – Av. General Felipe Salaverry 16.00 ml
Jr. Mayta Cápac, Cdra. 12 y 13 Local Av. 6 de Agosto – Av. General Felipe Salaverry 17.70 – 17.20 ml
874962-1
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Condonan del pago de arbitrios
municipales hasta diciembre de 2011
a instituciones y/o congregaciones
religiosas por determinados usos de
sus predios
ORDENANZA Nº 513-MDMM
Magdalena, 29 de agosto de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria No. 17 de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
194º de la Constitución Política del Perú, modif‌i cada por
la Ley Nº 27680, las municipalidades son órganos de
gobierno local con autonomía económica y administrativa
en los asuntos de su competencia;
Que, conforme a lo prescrito en el artículo 40º de la
Ordenanzas se crean, modif‌i can, suprimen o exoneran,
los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones,
dentro de los límites establecidos por Ley; en concordancia
con lo dispuesto en el numeral 4) del artículo 195º de la
Carta Magna y en la Norma IV del Texto Único Ordenado
del Código Tributario;

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