ORDENANZA Nº 013-2009-MDLP - Disponen aplicar para el ejercicio 2010 el mismo régimen tributario y tasas de arbitrios municipales reajustado con la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor
Fecha de publicación | 24 Noviembre 2009 |
Fecha de disposición | 24 Noviembre 2009 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 24 de noviembre de 2009
406496
y Finanzas, como funcionario responsable de la inscripción el
Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido
– RNSD, conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº
089-2006-PCM y Resolución Ministerial Nº 017-2007-PCM,
la inscripción de la sanción de DESTITUCION al procesado
ROBERTO CACERES PAREDES
Artículo Tercero.- Agregar copia de la presente
Resolución en el fi le personal del servidor sancionado.
Artículo Cuarto.- Notifíquese la presente Resolución
al servidor sancionado, a la Jefatura de Personal y a la
Gerencia Municipal.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MANUEL SCHWARTZ R.
Alcalde
426111-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Disponen aplicar para el ejercicio 2010
el mismo régimen tributario y tasas de
arbitrios municipales reajustado con
la variación acumulada del Índice de
Precios al Consumidor
ORDENANZA Nº 013-2009-MDLP
La Perla, 26 de octubre del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LA PERLA
POR CUANTO:
Visto: en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 26
de octubre del 2009, La Ordenanza Nº 019-2007-MDLP,
el Acuerdo de Concejo Nº 228-2007-MPC emitido por
la Municipalidad Provincial del Callao, que ratifi ca la
Ordenanza, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el 22-
12-2007 y, el Dictamen de la Comisión de Administración
Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza
de aplicación para el año 2010, la misma Ordenanza
Marco para el Régimen Tributario de los Arbitrios de
Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo y, las
mismas tasas aprobadas con la Ordenanza Nº 019-2007-
MDLP y la Ordenanza Nº 023-2007-MDLP.
CONSIDERANDO:
Que, en el artículo 194º de la Constitución Política
del Perú, establece “Las Municipalidades Provinciales
y Distritales son órganos de Gobierno Local tienen
autonomía, política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia”;
Que, en el artículo 55º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica
de Municipalidades establece que los bienes, rentas y
derechos de cada municipalidad constituyen en su patrimonio
y es administrado por cada municipalidad en forma autónoma,
con las garantías y responsabilidades de Ley;
Que, la Gerencia de Administración Tributaria ha
solicitado la aplicación de lo aprobado en la Ordenanza
Nº 019-2007-MDLP y la Ordenanza Nº 023-2007-MDLP
para su aplicación en el ejercicio 2010, así como los mismos
derechos por emisión mecanizada de Autovalúo y Arbitrios
del ejercicio 2008, ratifi cadas con Acuerdo de Concejo
Nº 000067- MPC dado que, en general, la difícil situación
económica de los vecinos del Distrito, ocasiona que en
la Organización de gastos se prioricen las necesidades
básicas, a pesar de lo cual se evidencia la voluntad de pago
en los contribuyentes de La Perla, por lo cual es oportuno y
necesario mantener las tasas de arbitrios municipales como
una forma de apoyar a los contribuyentes de la jurisdicción
y evitar que se incremente el índice de morosidad;
Estando con la conformidad mediante el Memorando
Nº 228-2009-GAT-MDLP; emitido por la Gerencia de
Administración Tributaria, el informe Nº 309 -2009-GAJ-MDLP
emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, el memorándum
Nº 097-2009-GPYP-MDLP,emitido por la Gerencia de
Planeamiento y Presupuesto y el Informe Nº 094-2009-GM-
MDLP emitido por la Gerencia Municipal;
Estando a los fundamentos expuestos, y, en uso de las
Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades con el voto
UNANIME de los Señores (as) Regidores (as) con la dispensa
de Lectura y aprobación del acta se ha dado la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Aplicar para el ejercicio 2010, el
mismo Régimen Tributario y Tasas de Arbitrios Municipales
aprobados con Ordenanza Nº 019-2007-MDLP y Ordenanza
Nº 023-2007-MDLP reajustadas con la aplicación de la
variación acumulada del índice de Precios al Consumidor
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009.
Artículo Segundo.- Los derechos por concepto de
emisión mecanizada (Autovalúo y Arbitrios), serán los
mismos que los cobrados en el ejercicio 2008 aprobado
con Ordenanza Nº 002-2008-MDLP.
Artículo Tercero.- Aprobar el calendario de pago de
los Arbitrios Municipales:
ARBITRIOS MUNICIPALES:
Enero y febrero : 26 de febrero
Marzo : 31 de marzo
Abril : 30 de abril
Mayo : 31 de mayo
Junio : 30 de junio
Julio : 30 de julio
Agosto : 31 de agosto
Setiembre : 30 de setiembre
Octubre : 29 de octubre
Noviembre : 30 de noviembre
Diciembre : 31 de diciembre
Artículo Cuarto.- Encárguese a la Gerencia Municipal,
Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de
Administración, Sub Gerencia de Administración Tributaria,
Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, el cumplimiento
de la presente Ordenanza.
Artículo Quinto.- Encargar la Gerencia de Secretaría
General la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano la
presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS
Alcalde
426433-1
Otorgan Beneficio Extraordinario de
Regularización Tributaria por concepto
de adeudos del Impuesto Predial y de
Arbitrios Municipales
La Perla, 20 de noviembre del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LA PERLA
POR CUANTO:
Visto: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 20
de noviembre del 2009, el Dictamen de la Comisión de
Administración, Economía y Presupuesto, sobre el Proyecto
de Ordenanza de Benefi cio de Regularización Tributaria; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Estado señala que
“Las Municipalidades Provinciales y Distritales son
órganos de gobierno local tienen autonomía económica
y administrativa en los asuntos de su competencia”,
asimismo, se atribuye a los Concejos Municipales las
funciones normativas que se establecen en el artículo 9º
de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la
que ejerce mediante Ordenanzas;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Norma IV del
Título Preliminar el Texto Único Ordenando del Código
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