ORDENANZA Nº 248-MDL - Establecen restricciones al estacionamiento de vehículos para el transporte de carga

Fecha de publicación05 Septiembre 2009
Fecha de disposición05 Septiembre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 5 de setiembre de 2009
402108
Establecen restricciones al estaciona-
miento de vehículos para el transporte
de carga
ORDENANZA Nº 248-MDL
Lince, 24 de agosto del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE:
POR CUANTO:
VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen
Conjunto de fecha 12 de Agosto del 2009, emitido por
las Comisiones de Servicios a la Ciudad y Participación
Vecinal, y Desarrollo Urbano, con el voto unánime de los
señores regidores, y con dispensa del Trámite de Lectura
y Aprobación del Acta se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE ESTABLECE RESTRICCIONES
AL ESTACIONAMIENTO DE VEHICULOS PARA EL
TRANSPORTE DE CARGA
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- Objeto
La presente Ordenanza tiene como objeto establecer
restricciones al estacionamiento en vía pública de
vehículos que brindan el servicio transporte de carga en
la jurisdicción del distrito de Lince, en concordancia con
las disposiciones de la Ordenanza Nº 1227-MML de la
Municipalidad Metropolitana de Lima.
Artículo 2º.- Alcances
La presente Ordenanza es de aplicación a todas
aquellas personas naturales o jurídicas que realicen la
actividad de transporte de carga entendiéndose como tal
al traslado de todo bien mueble o semoviente susceptible
de ser transportado con vehículos propios o de terceros
contratado para tal f‌i nalidad.
Artículo 3º.- Competencia
La Gerencia de Seguridad Ciudadana, a través de la
Subgerencia de Fiscalización y Control Administrativo, es
la encargada de velar por el cumplimiento de la presente
Ordenanza, así como aplicar las sanciones que ameriten
por infracción a la misma.
CAPITULO II
DE LAS RESTRICCIONES
Artículo 4º.- Prohibición general
Queda terminantemente prohibido el estacionamiento
en la vía pública diurno y nocturno de vehículos para el
transporte de carga que no se encuentren realizando la
actividad de carga y descarga de bienes, mercancías u
otros.
Artículo 5º.- Estacionamiento en vía pública
Los vehículos de transporte de carga podrán hacer
uso de los espacios públicos (pista, berma) de las vías
del distrito, para el estacionamiento en forma temporal
con la única f‌i nalidad de realizar la carga y descarga
de bienes, mercancías u otros. Luego del término de
la actividad deberán dejar libre el espacio, no pudiendo
extenderse a más de sesenta (60) minutos a efectos de no
generar congestión vehicular.
Artículo 6º.- Carga y Descarga
Con respecto a la carga y descarga se establece lo
siguiente:
a) En ningún caso se podrá obstruir o dif‌i cultar la
circulación peatonal, así como el acceso a rampas para
personas con discapacidad.
b) Las operaciones deberán efectuarse con personal
suf‌i ciente para ser terminadas lo más rápidamente posible,
siendo el límite de tiempo autorizado para estacionamiento
el de sesenta (60) minutos.
c) Los bienes en la operación de carga y descarga no
se depositarán en la vía pública, sino que serán llevados
directamente del inmueble al vehículo y viceversa.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primero.- Modifíquese la Tabla de Infracciones
y Sanciones Administrativas (TISA) aprobado por la
Ordenanza Nº 215-MDL en cuanto a la infracción tipif‌i cada
con el código 8.04 como se señala a continuación:
CÓDIGO DESCRIPCIÓN DE
LA INFRACCIÓN CARTA
INDUCTIVA
SANCIÓN
(% UIT) O LO
INDICADO
SANCIÓN
PECUNIARIA
U OTRA
CONTROL DE TRÁNSITO
08.04
Por ocupación
indebida de
vehículos de
transporte de
carga en áreas de
dominio público
30% Retiro
Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente
Ordenanza a la Gerencia de Seguridad Ciudadana,
a través de la Subgerencia de Fiscalización y Control
Administrativo, y a la Of‌i cina de Imagen Institucional la
difusión de la misma .
Tercera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia
al día siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano.
POR CUANTO
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTÍN PRINCIPE LAINES
Alcalde
393042-5
Modifican el Cuadro de Asignación de
Personal de la Municipalidad
Lince, 24 de Agosto del 2009
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LINCE:
POR CUANTO:
VISTOS, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen
Nº 6 de fecha 12 de Agosto del 2009, emitido por la Comisión
de Economía y Administración, con el voto unánime de los
señores regidores, y con dispensa del Trámite de Lectura
y Aprobación del Acta se aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL CUADRO DE
ASIGNACION DE PERSONAL DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE LINCE
Artículo Primero.- MODIFICAR la Ordenanza Nº 190-
MDL, de fecha 17 de Agosto del 2007- Ordenanza que
modif‌i ca el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de
la Municipalidad Distrital de Lince, el mismo que formara
parte integrante de la indicada Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Of‌i cina de
Planeamiento y Presupuesto el cumplimiento de la
presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- PUBLICAR la presente Ordenanza
en el Diario Of‌i cial El Peruano y el texto íntegro del Cuadro
de Asignación de Personal (CAP) en portal electrónico de
la Municipalidad Distrital de Lince: www.munilince.gob.pe.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
MARTÍN PRINCIPE LAINES
Alcalde
393042-6

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