ORDENANZA Nº 166-MDL - Establecen monto mínimo del Impuesto Predial, la Tasa por Concepto de Gastos Administrativos y el vencimiento del pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal 2012

Fecha de disposición06 Enero 2012
Fecha de publicación06 Enero 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 6 de enero de 2012
458748
Artículo 3°.- Aprobar el Estatuto de la Mancomunidad
Municipal Lima Este – Carretera Central ratif‌i cando el
contenido del Acta de Constitución, que como anexo
forma parte de la presente Ordenanza Municipal.
Artículo 4°.- Ratif‌i car la designación del señor Oscar
Benavides Majino, Alcalde de la Municipalidad Distrital de
Ate en el cargo de Presidente del Consejo Directivo; del
señor Luis Bueno Quino, Alcalde de la Municipalidad de
Lurigancho como Vicepresidente del Consejo Directivo; y
del señor Víctor Roberto Rodríguez Rabanal, en el cargo
de Gerente General de la Mancomunidad, de conformidad
a los acuerdos señalados en el Acta de Constitución.
Artículo 5°.- La presente Ordenanza Municipal entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
736811-1
Establecen monto mínimo del Impuesto
Predial, la Tasa por Concepto de Gastos
Administrativos y el vencimiento del
pago de los Tributos Municipales para
el Ejercicio Fiscal 2012
ORDENANZA N° 166-MDL
Chosica, 20 de diciembre de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO
POR CUANTO:
El Concejo de la Municipalidad Distrital de Lurigancho
en Sesión Ordinaria de la fecha.
CONSIDERANDO:
Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto
Supremo N° 135-99 EF concordado con el artículo 40° de
la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, dispone que
mediante Ordenanza los Gobiernos Locales pueden crear,
modif‌i car y suprimir sus contribuciones y tasas o exonerar
de ellos dentro de la jurisdicción y con los límites que señala
la ley.
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación
Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004
EF, en su artículo 13° segundo párrafo, faculta a las
Municipalidades a establecer un monto mínimo a pagar
por Impuesto Predial equivalente a 0.6% de la U.I.T.; así
mismo, la Cuarta Disposición Final de dicha norma indica
que las Municipalidades que brindan el servicio de emisión
mecanizada de actualización de valores, determinación
de Impuestos y de los recibos correspondientes, incluida
su distribución a domicilio, quedan facultadas a cobrar por
dichos servicios no más del 0.4% de la U.I.T., en ambos
casos vigente al primero de enero de cada ejercicio.
Que, el artículo 15° inciso b) de la glosada Ley faculta
el pago fraccionado del Impuesto Predial, el último día
hábil del mes de febrero, mayo, agosto y noviembre en
cuotas ajustadas conforme a la variación acumulada del
Índice de Precios al Consumidor.
De conformidad con lo establecido en el artículo 40°
y en uso de las facultades conferidas en el numeral 8)
del artículo 9° de la precitada norma, y con dispensa
del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo
Municipal por unanimidad aprobó la siguiente ordenanza:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO MÍNIMO
DEL IMPUESTO PREDIAL, LA TASA POR CONCEPTO
DE GASTOS ADMINISTRATIVOS Y EL VENCIMIENTO
DEL PAGO DE LOS TRIBUTOS MUNICIPALES PARA
EL EJERCICIO FISCAL 2012
Artículo 1°.- Establézcase el monto equivalente al
0.6% del Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1º de
enero del 2012 como Impuesto Predial mínimo a pagar
para el Ejercicio Fiscal 2012.
Artículo 2°.- Establézcase el monto equivalente
al 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 1º
de enero del 2012 como Gastos Administrativos para el
Ejercicio Fiscal del año 2012.
Artículo 3°.- Fíjese como fechas de vencimiento para
el pago de los Tributos Municipales (Impuesto Predial y
Arbitrios Municipales) correspondientes al Ejercicio Fiscal
2012 las siguientes:
Primer Trimestre : Miércoles 29 de febrero del 2012.
Segundo Trimestre : Jueves 31 de mayo 2012.
Tercer Trimestre : Viernes 31 de agosto del 2012.
Cuarto Trimestre : Viernes 30 de noviembre del 2012.
Artículo 4°.- Encargar a la Alcaldía para que mediante
Decreto de Alcaldía pueda modif‌i car las fechas de
vencimiento de pago de los Tributos Municipales.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
736809-1
MUNICIPALIDAD DE
SANTA MARÍA DEL MAR
Informes Técnicos de la Ordenanza
N° 162-2011-MSMM que aprueba la
distribución y determinación de los
Arbitrios Municipales para el Ejercicio
2012, y de la Ordenanza N° 160-2011-
MSMM que establece la Tasa por
Estacionamiento Vehicular Temporal en
el sector Balneario del distrito
ANEXOS - ORDENANZAS N° 162 y 160-2011-MSMM
(Las Ordenanzas de la referencia fueron publicadas en
Separata Especial el día 31 de diciembre de 2011)
INFORME TÉCNICO QUE SUSTENTA LA ORDENANZA QUE
APRUEBA LA DISTRIBUCION Y DETERMINACIÓN
DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2012
A - EXPLICACIÓN DE LOS COSTOS
DEL SERVICIO
Para efectos de elaborar las estructuras de costos de
los servicios, la Dirección de Servicios Públicos procedió a
elaborar los planes anuales de prestación de los siguientes
servicios públicos a su cargo, de acuerdo en lo dispuesto en
la Ordenanza Nº 1533, y la Directiva Nº 001-006-00000015.
La siguiente estructura de costos se encuentra sustentada
en los respectivos planes anuales de servicios, documentos
que se encuentra adjunto al presente informe técnico y cuyo
detalle se pasa a mostrar a continuación
I. SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA.-
El servicio se divide en: Barrido de Calles y Recolección
de Residuos Sólidos, y Recolección de Residuos Sólidos
en Zonas de Playas durante la temporada de verano,
haciéndose esta distinción por tratarse de actividades
que tienen diferentes realizaciones y por consiguiente
la distribución individualizada del servicio es de distinta
naturaleza.
A continuación se pasa a la def‌i nición de los conceptos
de cada estructura de costos de los servicios:
I.1. Barrido de Calles: En el Ejercicio Fiscal del año
2012 la Municipalidad Distrital de Santa María del Mar, A
través de la Dirección de Servicios Públicos realizara este
servicio durante el período 2012, por lo que se procederá
a distribuir el costo presupuestado para la prestación de
servicio de Barrido de Calles, ascendente a S/. 201.386,12
Nuevos Soles; entre los predios ubicados en las dos
Zonas del Distrito:
NORMAS LEGALES
El Peruano
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1) Zona consolidada del Balneario y
2) Zona del Programa Municipal “Villa Mercedes”,
Entre ambas zonas, en su conjunto presentan
14,183.77 metros lineales de veredas en frontis de
viviendas, de acuerdo al registro de la base de datos de
la Municipalidad emitido por la Unidad de Informática
(Informe Nº 090-2011-OA-UI-MSMM).
Justif‌i cación de la Variación del Costo:
Concepto Costo 2011 Costo 2012 %
COSTOS DIRECTOS 1/ 120.264,24 182.282,75 52%
COSTO DE MANO DE OBRA 102.267,76 156.794,75 53%
COSTO DE MATERIALES 6.836,00 20.488,00 200%
OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES 11.160,48 5.000,00 -55%
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS
3/ 12.026,42 15.720,43 31%
COSTOS FIJOS 2.236,38
TOTAL 132.290,66 200.239,56 51%
METODOLOGÍA DE LA DISTRIBUCIÓN
DE COSTOS
Para efectos de la determinación de la tasa
correspondiente a la prestación del servicio de Barrido de
calles, se ha procedido a la zonif‌i cación del distrito, de
acuerdo al siguiente detalle:
1.- Zona consolidada del Balneario.- Comprende 945
predios de uso Casa-Habitación, de los cuales 102 predios
se encuentran en situación de Terrenos sin Construir y 11
predios destinados a Usos distintos a Casa-Habitación
(Clubes, Comercios, Inst Publicas y Establecimientos de
Salud).
2.- Zona Programa Municipal “Villa Mercedes”.-
Comprende 171 predios, distribuidos en 132 predios
destinados a uso de Viviendas y 39 predios como
terrenos sin construir, y 6 predios destinados a Usos
distintos a Casa-Habitación (Comercios, Inst. Publicas y
Establecimientos de Salud).
LA DETERMINACIÓN DE LA TASA ANUAL POR METRO LINEAL
Costo Total Anual del Servicio de Barrido de Calles 2012 (ct) 200.239,56
SUBCLASIFICACIÓN DEL
USO HABITACIÓN VIVIENDA Frecuencia
de Barrido
Semanal
Metros Frontis Espacio Total
Barrido Intensidad de uso Distribucion de
Costo Costo Unitario
metros lineales Costo Unitario
metros lineales
redondeado
(a) (b) (c)=(a x b) (d) (e)=(d) x (ct) (f)=(e/b) (g)=(f) redondeado
Balneario 9 11.800,27 106.202,43 0,94 187.608,10 15,899 15,89
Villa Mercedes 3 2.383,50 7.150,50 0,06 12.631,46 5,300 5,29
TOTALES 14.183,77 113.352,93 1,00 200.239,56
ESTIMACIÓN DE INGRESOS 2012
Zona Nº Predios Afectos Tasa Anual Ingreso
por Zona Esperado
BALNEARIO - SANTA MARIA DEL MAR 11.800 15,89 187.506,29
ASENTAMIENTO HUMANO VILLA
MERCEDES 2.384 5,29 12.608,72
TOTALES 14.184 200.115,01
Resultado de ingresos – Costos
Descripción Monto Anual
Ingreso Total 200.115,01
Costo Total 200.239,56
Resultado -124,56
Cobertura 99,94%
I.2. Recolección, Transporte y Disposición Final de Residuos Sólidos:
Justif‌i cación de la Variación del Costo:
Concepto Costo 2011 Costo 2012 Variación %
COSTOS DIRECTOS 213.121,43 182.644,43 -14,30%
COSTO DE MANO DE OBRA 159.491,49 72.218,76 -54,72%
COSTO DE MATERIALES 4.000,00 48.197,60 1104,94%
DEPRECIACION DE MAQUINARIA Y EQUIPOS 25.000,00 0,00%
OTROS COSTOS Y GASTOS VARIABLES 49.629,93 33.285,10 -32,93%
COSTOS INDIRECTOS Y GASTOS ADMINISTRATIVOS 21.312,14 16.987,22 -20,29%
MANO DE OBRA INDIRECTA 21.312,14 14.863,59 -30,26%
MATERIAL Y UTILES DE OFICINA 683,64
INSUMOS 1.440,00
COSTOS FIJOS 7.275,22
TOTAL 234.433,57 206.906,87 -11,74%

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