ORDENANZA N° 170-MDL - Regulan el procedimiento para la obtención de licencia de funcionamiento conforme a lo establecido en la Ley Marco de Licencia de Funcionamiento para el distrito de Lurigancho Chosica
Fecha de disposición | 24 Marzo 2012 |
Fecha de publicación | 24 Marzo 2012 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 24 de marzo de 2012 463053
Nº 420-MSS que fi ja el monto por derecho de emisión
mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales
correspondiente al ejercicio 2012 en el Distrito de Santiago
de Surco.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º
de la Ley Orgánica de Municipalidades, las ordenanzas en
materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales
deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de
su circunscripción para su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza
Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital
de Santiago de Surco aprobó la Ordenanza materia de
la ratifi cación, remitiéndola al Servicio de Administración
Tributaria con sus informes y documentos sustentatorios
con carácter de Declaración Jurada y, la citada entidad
en uso de sus competencias y atribuciones emitió el
Informe Técnico Legal N° 004-181-00000476 opinando
que procede la ratifi cación solicitada por cumplir con los
requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad
con la Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-
00000015 publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose
efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario Ofi cial
El Peruano y en los portales institucionales;
Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de
Santiago de Surco prevé percibir, producto de la emisión
mecanizada de los citados arbitrios, cubre el 99.94% de
los costos incurridos.
De acuerdo con lo opinado por el Servicio de
Administración Tributaria-SAT y por la Comisión
Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en
el Dictamen Nº61-2012- MML/CMAEO.
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 420-MSS
que fi ja el monto por derecho de emisión mecanizada del
impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente
al ejercicio 2012 en el Distrito de Santiago de Surco,
dado que cumple con las disposiciones técnicas y legales
establecidas en el marco legal para su aprobación y
vigencia.
Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo
ratifi catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de
su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza
ratifi cada Nº 420-MSS y sus anexos que contienen los
cuadros de estructura de costos y de estimación de
ingresos. La aplicación de la Ordenanza materia de la
presente ratifi cación, sin la condición antes señalada, es
de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la
Municipalidad Distrital de Santiago de Surco.
Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de
publicación, el Servicio de Administración Tributaria-
SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de
conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen
de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y
Organización y el Informe del Servicio de Administración
Tributaria.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
768534-1
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Aprueban cronograma del proceso
del Presupuesto Participativo
correspondiente al año 2013 y los
objetivos estratégicos del Plan de
Desarrollo Municipal Distrital Local
Concertado 2011-2021
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 07-2012-ALC-MDL
Lince, 20 de marzo del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LINCE
VISTOS: El Memorándum Nº 079-2012-MDL-GM
de fecha 13 de Marzo del 2012, emitido por la Gerencia
Municipal; y el Informe Nº 018-2012-MDL-OPP de fecha 08
de Marzo del 2012, emitido por la Ofi cina de Planeamiento
y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 17 de Febrero del 2009, se publicó en
el Diario Ofi cial El Peruano, la Ordenanza N° 231-MDL
“Ordenanza que regula el proceso de Programación,
Participación y Concertación del Presupuesto Participativo
en el distrito de Lince”;
Que, la Segunda Disposición Transitoria y
Complementaria denominada “Facultad Reglamentaria”
de la Ordenanza Nº 231-MDL, establece que: “El Alcalde
queda facultado para dictar, mediante Resoluciones y/o
Decretos, las normas complementarias y reglamentarias
a la presente Ordenanza”;
Que, mediante Ordenanza N° 265-MDL, publicada
en el diario ofi cial “El Peruano” el 30 de Abril del 2010,
se modifi có el Artículo Nº 11 de la Ordenanza N° 231-
MDL, facultando al Alcalde a aprobar el cronograma del
Presupuesto Participativo mediante Decreto de Alcaldía;
Que, mediante informe de vistos, la Ofi cina de
Planeamiento y Presupuesto informa que el Instructivo
Nº 001-2010-EF/76.01 - “Instructivo para el Presupuesto
Participativo basado en Resultados”, aprobado por
Resolución Directoral Nº 007-2010-EF/76.01, establece
las pautas para ajustar el Plan de Desarrollo Local
Concertado, además, de justifi car la necesidad de iniciar
el proceso del Presupuesto Participativo correspondiente
al año fi scal 2013;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones
conferidas por el Artículos 20º numeral 6 de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
DECRETA:
Artículo Primero.- APROBAR, el cronograma del
proceso del Presupuesto Participativo correspondiente al
año 2013, en el distrito de Lince, el mismo que forma parte
integrante del presente Decreto de Alcaldía.
Artículo Segundo.- AJUSTAR los objetivos
estratégicos del Plan de Desarrollo Municipal Distrital
Local Concertado 2011 - 2021, aprobado por el Acuerdo
de Concejo Nº 78-2011-MDL de fecha 15 de Noviembre
del 2011, considerando las necesidades de la comunidad,
y en concordancia con los planes del Gobierno Nacional y
de Lima Metropolitana.
Artículo Tercero.- INCORPORAR al Equipo Técnico,
al Especialista en Planifi cación, Julio Delgado Chu, quien
se desempeñará como coordinador del proceso del
Presupuesto Participativo correspondiente al año 2013.
Artículo Cuarto.- PONGASE en conocimiento de la
Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, la Ofi cina de
Imagen Institucional, la Gerencia de Desarrollo Urbano, y
la Gerencia de Desarrollo Social, los términos del presente
Decreto de Alcaldía,
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
MARTIN PRINCIPE LAINES
Alcalde
767881-1
MUNICIPALIDAD DE
LURIGANCHO CHOSICA
Regulan el procedimiento para la
obtención de licencia de funcionamiento
conforme a lo establecido en la Ley
Marco de Licencia de Funcionamiento
para el distrito de Lurigancho Chosica
ORDENANZA Nº 170-MDL
Chosica, 29 de febrero de 2012.
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