ORDENANZA Nº 0218-MDI - Modifican el TUPA en lo referido a licencia de funcionamiento

Fecha de publicación10 Septiembre 2010
Fecha de disposición10 Septiembre 2010
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 10 de setiembre de 2010
425508
promovidas por los pobladores de nuestro distrito,
que carecen de recursos económicos necesarios para
sufragar los costos por concepto de Autoliquidación,
correspondientes a obtener su Licencia de Edif‌i caciones
para edif‌i caciones de mercados, por lo que debe
considerarse como parte de la política de promoción de la
inversión, el otorgar dicho benef‌i cio;
Que, con el propósito de otorgar dicho benef‌i cio, es necesario
incorporar la reducción por concepto de pago por Autoliquidación
dentro del procedimiento a obtener la respectiva Licencia de
Edif‌i cación dentro de la Modalidad C, correspondiente a uno de
los requisitos del mismo, de conformidad con la Ley N° 29476
Ley que modif‌i ca la Ley N° 29090;
De conformidad con las atribuciones conferidas en
los numerales 8 y 9 del Artículo 9° y a lo dispuesto en los
Artículos 39°, 40° y 44° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades, el Concejo Municipal luego del
Debate aprobó con algunas precisiones de redacción por
“UNANIMIDAD” de la siguiente Ordenanza Municipal:
ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS DE
REDUCCION DE PAGO POR CONCEPTO DE LA
AUTOLIQUIDACION DENTRO DEL PROCEDIMIENTO
DE LA LICENCIA DE EDIFICACION
Artículo Primero .- APROBAR HASTA EL 31 DE
DICIEMBRE DEL 2010 el otorgamiento de benef‌i cio de
reducción del pago por concepto de la Autoliquidación
para la obtención de la Licencia de Edif‌i cación dentro
de la Modalidad C, en edif‌i caciones para mercados, de
1.5% a 0.5% de valor de la obra, como pago de derechos
contenidos en la Ley N° 29090 y su Modif‌i catoria.
Artículo Segundo.- FACULTAR al señor Alcalde
para que emita los Decretos de Alcaldía que resulten
necesarios para implementar las acciones pertinentes
para el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Desarrollo Urbano-Rural a través de la Subgerencia de
Obras Privadas y a la Subgerencia de Imagen Institucional,
la ejecución y difusión, respectivamente de la presente
Ordenanza y a la Secretaría General, la publicación en el
Diario Of‌i cial.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA
Alcalde
541247-1
Prorrogan beneficios tributarios a que
se refieren la Ordenanza Nº 188-MDC y
el D.A. Nº 006-2010-A/MDC
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 012-2010-A/MDC
Carabayllo, 1 de setiembre del 2010
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 200/MDC del
17 de Junio del 2010, se aprobó el sorteo público para
el día 31 de Julio del 2010, denominado: “EN ESTAS
FIESTAS PATRIAS, LA MUNICIPALIDAD PREMIA TU
PUNTUALIDAD, PAGA TUS IMPUESTOS Y LLEVATE
UN AUTO DEL AÑO” para los contribuyentes del Distrito
de Carabayllo, afectos al Impuesto Predial y Arbitrios
de Limpieza Pública, Parques y Jardines Públicos y
Serenazgo, que al 31 de Julio del presente año hayan
cumplido con el pago de sus obligaciones tributarias;
Que, con Informe N° 084-2010/GR/MDC de fecha 30 de
Junio del 2010, la Gerencia de Renta hace de conocimiento
de la Alta Dirección la necesidad de prorrogar hasta el 31
de Agosto del 2010, los benef‌i cios tributarios existentes
aprobados mediante Ordenanza N° 188-MDC, con el f‌i n
de darle mayor impulso a los resultados tributarios que se
esperan de éste sorteo;
Que, con fecha 05 de Julio del 2010, se emitió el
Decreto de Alcaldía N° 009-2010-A/MDC, prorrogando
los benef‌i cios tributarios a que se ref‌i ere la Ordenanza
Municipal N° 188-MDC y el Decreto de Alcaldía N° 006-
2010-A/MDC al 31 de Julio del 2010; y, mediante Decreto
de Alcaldía N° 010-2010-A/MDC del 05 de Agosto del 2010,
se prorrogó dichos benef‌i cios hasta el 31 de Agosto del
presente año; los mismos que resulta necesario ampliar
hasta el 30 de Setiembre del 2010 según lo solicitado por
la Gerencia de Rentas en el Informe N° 105-2010-MDC/
GR, de fecha 26 de Agosto del 2010;
Estando a lo expuesto, con las visaciones de la
Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal;
y, de conformidad con las atribuciones conferidas en el
numeral 6 del Artículo 20° y a lo normado por el Artículo 42º
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR los Beneficios
Tributarios a que se refiere la Ordenanza Municipal
N° 188-MDC y el Decreto de Alcaldía N° 006-2010-A/
MDC, hasta el 30 de Setiembre del 2010, de acuerdo
con los considerandos expuestos.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia de
Administración y Finanzas, a la Gerencia de Planeamiento
y Presupuesto, a la Subgerencia de Informática y a la
Subgerencia de Imagen Institucional, la responsabilidad
del cumplimiento del presente Decreto.
Artículo Tercero.- PUBLIQUESE en el Diario Of‌i cial El
Peruano el presente Decreto de Alcaldía.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA
Alcalde
541246-1
MUNICIPALIDAD DE
INDEPENDENCIA
Modifican el TUPA en lo referido a
licencia de funcionamiento
ORDENANZA Nº 0218-MDI
Independencia, 31 de agosto del 2010
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DE INDEPENDENCIA
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de a fecha. el
Informe Nº 034- 2010-GDEL/MDI de fecha 27 de agosto
del 2010 que propone la modif‌i cación del Procedimiento
Administrativo Licencia de Funcionamiento contenido en
el TUPA, de la División de Comercialización y Defensa Al
Consumidor correspondiente a
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la
Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia; precepto constitucional con el
que concuerda el artículo II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades Nº 27972, radicando dicha
autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno,
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, mediante Ley Nº 28976 - Ley Marco de Licencia
de Funcionamiento, se establece el marco jurídico de
las disposiciones aplicables al procedimiento para el
otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento expedida
por las Municipalidades, dejando anacrónica y obsoleta
nuestra Ordenanza 117;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 145 se regula
los procedimientos de autorización municipal vinculados
al funcionamiento de establecimientos en el distrito de
Independencia, así como su incorporación al texto único
de procedimientos administrativos aprobado mediante
ordenanza 117-MDI.

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