ORDENANZA N° 527-MDEA - Aprueban Directiva sobre derivación de casos de violencia familiar y violencia sexual de niñas, niños, adolescentes, adultas y adultas mayores a cargo de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Gerencia de Desarrollo Humano

Fecha de disposición30 Diciembre 2012
Fecha de publicación30 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 30 de diciembre de 2012
484830
MUNICIPALIDAD DE
CARABAYLLO
Prorrogan Régimen de Beneficios
Tributarios a favor de personas naturales
y jurídicas, que registren deuda vencida
por obligaciones tributarias que se
encuentren en cobranza ordinaria o
coactiva
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 012-2012/MDC
Carabayllo, 20 de diciembre del 2012
VISTO:
La Ordenanza Nº 269/MDC de fecha 21 de noviembre
del 2012, que establece en la jurisdicción del distrito de
Carabayllo, el Régimen de Benef‌i cios Tributarios a favor
de las personas naturales y jurídicas, que registren deuda
vencida por obligaciones tributarias que se encuentren en
cobranza ordinaria o coactiva; el Informe Nº 4487-2012-
SATR-GAT/MDC de la Subgerencia de Administración
Tributaria y Recaudación que solicita la prórroga del
Vencimiento de Benef‌i cio Tributario y el Proveído Nº 1162-
2012-GAT/MDC de la Gerencia de Administración Tributaria
que solicita la atención respectiva; y,
CONSIDERANDO:
Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno
Local, con personería jurídica de Derecho Público y
tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia; de conformidad con
lo establecido en el Art. 194º de la Ley Nº 27680, de
Reforma Constitucional; y concordante con lo dispuesto
en la parte pertinente de la Ley Nº 27972, Orgánica de
Municipalidades;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 192º de
la Constitución Política del Estado, los Gobiernos Locales
tienen competencia para administrar sus bienes y rentas,
así como para crear, modif‌i car y suprimir Contribuciones,
Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales;
Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 269/MDC
de fecha 21 de noviembre del 2012, se establece en la
jurisdicción del distrito de Carabayllo, el Régimen de
Benef‌i cios Tributarios a favor de la personas naturales y
jurídicas, que registren deuda vencida por obligaciones
tributarias que se encuentren en cobranza ordinaria o
coactiva, prescribe en el artículo segundo la aprobación
y vigencia de los benef‌i cios tributarios señalándose
que estos estarán vigentes desde el día siguiente de su
publicación hasta el 21 de diciembre del presente ejercicio;
y que en la Tercera Disposición Final, se faculta al Alcalde
para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar
medidas complementarias a esta Ordenanza Municipal,
incluso la prórroga de su vigencia total o parcialmente;
Que, mediante el Informe Nº 4487-2012-SATR-GAT/
MDC de la Subgerencia de Administración Tributaria y
Recaudación se solicita la prórroga del vencimiento de
los Benef‌i cios Tributarios hasta el 31 de diciembre del
presente año; y, según el Proveído Nº 1162-2012-GAT/
MDC de la Gerencia de Administración Tributaria se
solicita la atención respectiva;
Estando a lo dispuesto por la Tercera Disposición Final
de la Ordenanza Municipal Nº 269/MDC y las facultades
conferidas en el Art. 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica
de Municipalidades; y, con el visto bueno del Gerente
de Administración Tributaria, del Gerente de Asesoría
Jurídica, del Gerente de Administración y Finanzas, del
Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación
Internacional y la Gerencia Municipal.
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de
diciembre del 2012, los efectos de la Ordenanza Nº
269/MDC que establece en la jurisdicción del distrito de
Carabayllo, el Régimen de Benef‌i cios Tributarios a favor
de la personas naturales y jurídicas, que registren deuda
vencida por obligaciones tributarias que se encuentren en
cobranza ordinaria o coactiva.
Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación del
presente Decreto en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento
del presente Decreto a la Gerencia de Administración
Tributaria, Gerencia de Administración y Finanzas,
Subgerencia de Informática; y, a la Subgerencia de
Imagen Institucional la difusión correspondiente.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA
Alcalde
882553-1
MUNICIPALIDAD DE
EL AGUSTINO
Aprueban Directiva sobre derivación de
casos de violencia familiar y violencia
sexual de niñas, niños, adolescentes,
adultas y adultas mayores a cargo de
la Gerencia de Seguridad Ciudadana y
Gerencia de Desarrollo Humano
ORDENANZA Nº 527-MDEA
El Agustino, 22 de noviembre del 2012.
EL ALCALDE DISTRITAL DE EL AGUSTINO
POR CUANTO:
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE EL AGUSTINO
VISTO: En sesión de concejo ordinaria de la fecha,
Dictamen Nº 003/12/CDH/MDEA, presentado por la
Comisión de Regidores de Desarrollo Humano,
CONSIDERANDO:
Que, conforme con lo establecido en el artículo 194°
de la Constitución Política, concordante con el artículo 2°
establecen que las municipalidades son órganos de
gobierno local, tienen autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, de conformidad con los incisos 2.4 y 3.1 del
Nº 27972, la Municipalidad Distrital de El Agustino tiene
como función específ‌i ca organizar, administrar y ejecutar
programas locales de asistencia, protección y apoyo
a la población en riesgo de niñas, niños, adolescentes,
mujeres, adultas y adultos mayores, personas con
discapacidad y otros grupos de la población en situación
de discriminación; así como de difundir y promover los
derechos de la niña, niño, adolescente, mujer, adulta y
adulto mayor propiciando espacios para su participación
en el nivel de las instancias municipales.
De la misma forma, de conformidad con el inciso 3.1
del artículo 85° de la misma Ley, en materia de Seguridad
Ciudadana, la Municipalidad distrital tiene como función
específ‌i ca organizar un servicio de serenazgo o vigilancia
municipal cuando lo crea conveniente, de acuerdo a
las normas establecidas por la municipalidad provincial
respectiva.
Que una problemática relevante que afecta a los
niños y niñas que habitan en el distrito de El Agustino
es el maltrato infantil y violencia sexual. Así, según los
registros of‌i ciales del Centro Emergencia Mujer de El
Agustino, entre junio del 2008 y diciembre del 2010 se
atendió a un total de 838 casos de Violencia Familiar y
Violencia Sexual, de los cuales el 83.65% son mujeres y
el 16.34% son varones. De los 305 casos de niñas, niños

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