ORDENANZA Nº 191-MDCH - Aprueban Ordenanza que regula el Servicio de Transporte Público Especial de Pasajeros en Vehículos Menores del distrito de Chorrillos

Fecha de disposición09 Agosto 2011
Fecha de publicación09 Agosto 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, martes 9 de agosto de 2011
448198
ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN
DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DE LA
MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA
Artículo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de
Residuos Sólidos del Distrito de Cieneguilla, el mismo
que como anexo forma parte integrante de la presente
Ordenanza.
Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto toda que se
oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía apruebe el Programa
de Segregación en la Fuente, como parte del proceso de
recolección de residuos sólidos domiciliarios.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Servicios Comunales el cumplimiento del Plan referido
en el artículo primero, con la participación de las demás
Gerencias de la Municipalidad
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la
presente ordenanza en el Diario Of‌i cial El Peruano, en
la Página Web de la Municipalidad de Cieneguilla (www.
municienguilla.gob.pe) y en el Portal de Servicios al
Ciudadano y Empresas PSCE (www.serviciosalciudadano.
gob.pe) en estos últimos el íntegro de la ordenanza.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EMILIO A. CHÁVEZ HUARINGA
Alcalde
674520-1
Prorrogan plazo de vigencia previsto en
la primera disposición transitoria de la
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 010-2011-A-MDC
Cieneguilla, 27 de julio de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CIENEGUILLA
VISTO:
El Informe Nº 077-2011-GAT/MDC, de fecha 27 de
julio del 2011 de la Gerencia de Administración Tributaria,
y el Informe Nº 402-2011-GAJ-MDC, de fecha 27 de
julio del 2011 de la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre
ampliación de la vigencia del Benef‌i cio de Condonación
del Integro de la Multa Tributaria para la presentación de
la Declaración Jurada por la Omisión o Subvaluación de
sus predios en el distrito de Cieneguilla.
CONSIDERANDO:
Que, conforme al artículo 42º de la Ley Orgánica de
Municipalidades – Ley Nº 27972 los Decretos de Alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios
para la correcta y ef‌i ciente administración municipal
y resuelven o regulan asuntos de orden general y de
interés para el vecindario, que no sean de competencia
del Concejo Municipal.
se estableció el Régimen de Incentivos Aplicables
a Infracciones relacionadas con el cumplimiento de
obligaciones tributarias, a favor de los contribuyentes
del distrito de Cieneguilla para que regularicen sus
obligaciones tributarias formales, en cualquier estado
que se encuentren.
Que, la primera disposición transitoria, dispuso
Condonar el Integro de la Multa Tributaria por un
periodo determinado el cual vencerá el 31 de julio
del presente, a fin de que los administrados puedan
presentar las declaraciones juradas por omisos o
subvaluación.
faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de
Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la
correcta aplicación y/o ampliación del benef‌i cio tributario
que se prueba mediante la referida Ordenanza.
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
previstas en los artículos 20º inciso 6 y 42º de la Ley
DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de
vigencia previsto en la primera disposición transitoria de
la Ordenanza Nº 133-2011-MDC, hasta el 31 de agosto
de 2011.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas,
Gerencia de Administración Tributaria, el cumplimiento
de lo dispuesto en el presente Decreto, a Secretaría
General disponga su publicación en el Diario Of‌i cial El
Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad
Distrital de Cieneguilla (www.municieneguilla.gob.pe), en
el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE
(www.serviciosalciudadano.gob.pe) y a la Sub Gerencia
de Relaciones Públicas y Registro Civil la difusión de la
misma.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
EMILIO A. CHAVEZ HUARINGA
Alcalde
674518-1
MUNICIPALIDAD DE
CHORRILLOS
Aprueban Ordenanza que regula el
Servicio de Transporte Público Especial
de Pasajeros en Vehículos Menores del
distrito de Chorrillos
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 191-MDCH
Chorrillos, 18 de junio de 2011
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHORRILLOS
POR CUANTO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE
CHORRILLOS
CONSIDERANDO:
Perú establece que las Municipalidades tienen Autonomía
Política, Económica y Administrativa en los Asuntos de su
Competencia.
Ley Nº 27972, preceptúa que, los Gobiernos Locales
son competentes en materia de Tránsito, Vialidad y
Transporte Público. Además el inciso 3, párrafo 3.2
del referido artículo establece que las Municipalidades
Distritales otorgan Licencias de Circulación de Vehículos
Menores y demás de acuerdo con lo establecido en la
Regulación Provincial.
Que, mediante Ley Nº 27181 se promulgó la Ley
General de Transporte y Tránsito Terrestre. Y en su
Artículo 3º Establece que la acción en materia de
Transporte y Tránsito Terrestre se orienta a la satisfacción
de las necesidades de los usuarios y al resguardo de
sus condiciones de seguridad y salud, así como a la

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