ORDENANZA N° 356-MDC - Establecen monto por derecho de emisión mecanizada de actualización de valores, determinación y distribución del Impuesto Predial y Arbitrios correspondiente al ejercicio 2012

Fecha de disposición30 Marzo 2012
Fecha de publicación30 Marzo 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 30 de marzo de 2012 463401
en materia tributaria expedidas por las municipalidades
distritales deben ser ratif‌i cadas por las municipalidades
provinciales de su circunscripción para su vigencia y
exigibilidad;
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza
Nº 1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima,
publicada el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital
de Comas aprobó la Ordenanza materia de la ratif‌i cación,
remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria con
sus informes y documentos sustentatorios con carácter
de Declaración Jurada y, la citada entidad en uso de sus
competencias y atribuciones emitió el Informe Técnico
Legal N° 004-181-00000473 opinando que procede
la ratif‌i cación solicitada por cumplir con los requisitos
exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la
Ordenanza Nº 1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015
publicada el 30 de junio de 2011, debiéndose efectuar las
publicaciones pertinentes en el Diario Of‌i cial El Peruano y
en los portales institucionales;
Que, los ingresos que la Municipalidad Distrital de
Comas prevé percibir, producto de la emisión mecanizada
de los citados arbitrios, cubre el 99.04% de los costos
incurridos.
De acuerdo con lo opinado por el Servicio de
Administración Tributaria-SAT y por la Comisión
Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en
el Dictamen Nº53-2012- MML/CMAEO.
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Ratif‌i car la Ordenanza Nº356-MDC
que f‌i ja el monto por derecho de emisión mecanizada del
impuesto predial y arbitrios municipales correspondiente
al ejercicio 2012 en el Distrito de Comas, dado que cumple
con las disposiciones técnicas y legales establecidas en el
marco legal para su aprobación y vigencia.
Artículo Segundo.- La vigencia del presente Acuerdo
ratif‌i catorio se encuentra condicionado al cumplimiento de
su publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza
ratif‌i cada Nº356-MDC y sus anexos que contienen los
cuadros de estructura de costos y de estimación de
ingresos. La aplicación de la Ordenanza materia de la
presente ratif‌i cación, sin la condición antes señalada, es
de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la
Municipalidad Distrital de Comas.
Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de
publicación, el Servicio de Administración Tributaria-
SAT, a través de su página web www sat.gob.pe hará de
conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen
de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y
Organización y el Informe del Servicio de Administración
Tributaria.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE
Alcaldesa
769469-1
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Establecen monto por derecho de
emisión mecanizada de actualización de
valores, determinación y distribución
del Impuesto Predial y Arbitrios
correspondiente al ejercicio 2012
ORDENANZA Nº 356-MDC
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE
COMAS
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Comas, en
Sesión Extraordinaria del Concejo de fecha 27.02.2012;
el Dictamen Nº 05-2012-CAPyF-MDC, emitido por la
Comisión de Administración, Planif‌i cación y Finanzas;
el Informe Nº 018-2012-GAT/MDC de fecha 22.02.2012,
emitido por la Gerencia de Administración Tributaria; el
Informe Nº 174-2012-GAJ-MDC de fecha 22.02.2012,
emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y;
CONSIDERANDO:
del Estado, modif‌i cado mediante Ley Nº 28607, Ley de
Reforma Constitucional, en concordancia con lo dispuesto
en los Artículos I y II del Título Preliminar de la Ley
Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que
las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que
gozan de autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 74º de la norma acotada, establece,
en concordancia con la Norma IV del Titulo Preliminar del
Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por
D.S. 135-99-EF, otorga a los gobiernos locales la potestad
tributaria, para crear, modif‌i car y suprimir contribuciones,
tasas, arbitrios, licencias, y derechos municipales y
exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los
límites que señala la Ley;
en su artículo 9º establece que corresponde al Concejo
Municipal: “Crear, modif‌i car, suprimir o exonerar de
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos,
conforme a ley”;
Que, el artículo 14° del Único Ordenando de la Ley de
Tributación Municipal, aprobada por Decreto Supremo N°
156-2004-EF, establece que la actualización de valores de
los predios, por parte de las Municipalidades, sustituye la
obligación de presentar la declaración jurada anual.
Que, la Cuarta Disposición Final de la precitada
norma del texto Único ordenado de la Ley de Tributación
Municipal aprobada por el Decreto Supremo N° 156-
2004-EF, establece que las Municipalidades que brinden
el servicio de emisión mecanizada de actualización de
valores, determinación de tributos y emisión de los recibos
de pago correspondientes, incluida su distribución a
domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios
no más del 0.4% de la UIT vigente al primero de enero de
cada ejercicio;
Que, es necesario establecer los montos que deben
abonar los contribuyentes del Distrito de Comas, por
derecho de actualización de valores, emisión mecanizada
y distribución a domicilio de los formatos correspondientes
al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2012;
Que, el numeral 8) del Artículo 9º de la Ley Orgánica
de Municipalidades, establece que son atribuciones
del Concejo Municipal, aprobar, modif‌i car o derogar
las Ordenanzas y los numerales 1 y 2) del Artículo 69º
del mismo marco jurídico establecen que son rentas
municipales, entre otros conceptos, las contribuciones,
tasas, arbitrios, licencias, multas y derechos creados por
el Concejo Municipal, los que constituyen sus ingresos
propios;
Que, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 40º de
la Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad
Metropolitana de Lima se encuentra facultada para
ratif‌i car las ordenanzas de carácter tributario de los
distritos que integran la Provincia de Lima, lo cual
constituye un requisito para que dichas ordenanzas
entren en vigencia, para lo cual ha establecido los
procedimientos de ratif‌i cación dispuestos mediante la
Ordenanza Metropolitana Nº 1533 y la Directiva Nº 001-
006-00000015 del Servicio de Administración Tributaria de
la Municipalidad Metropolitana de Lima;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades
conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley
normas pertinentes, con el voto mayoritario de los señores
regidores y con la dispensa del trámite de lectura y
aprobación del acta, se aprobó la siguiente Ordenanza:
ORDENANZA QUE ESTABLECE EL MONTO
POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE
ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION Y
DISTRIBUCION -IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS
MUNICIPALES 2012
Artículo Primero.- APRUEBESE el Informe Técnico,
la Estructura de Costos y el Cuadro de Estimación de
Ingresos, por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada

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