DECRETO DE ALCALDIA Nº 007-2011-MDC - Disponen la sustitución y eliminación de diversos requisitos establecidos en procedimientos del TUPA de la Municipalidad

Fecha de disposición29 Julio 2011
Fecha de publicación29 Julio 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 29 de julio de 2011
447726
MUNICIPALIDAD DE COMAS
Disponen la sustitución y eliminación
de diversos requisitos establecidos
en procedimientos del TUPA de la
Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 007-2011-MDC
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE COMAS
VISTO; El lnforme Nº 027-2011-SGR-GPP/MC de
fecha 18.05.2011, emitido por La SubGerencia de
Racionalizacion; el lnforme Nº 166-2011-GDU/MC de
fecha 13.05.2011, emitido por la Gerencia de Desarrollo
Urbano; el lnforme Nº 247-2011-GAJ-MDC de fecha
20.06.2011 emitido por la Gerencia de Asuntos Juridicos; el
Memorando Nº 233-2011- GPP/MC de fecha 10.06.2011,
emitido por la Gerencia de Planif‌i cacion y Presupuesto
con el Memorando Nº 290-2011-GPP/MDC de fecha
18.07.2011, emitido por la Gerencia de Planif‌i cacion y
Presupuesto; el lnforme Nº 608-2011-GAJ-MDC de fecha
19.07.2011, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ordenanza Nº 262-MDC de fecha
05.05.2008 se aprueba el Texto unico de Procedimientos
Administrativos - TUPA de esta entidad, Ratif‌i cada
con Acuerdo de Concejo Nº 410 de la Municipalidad
Metropolitana de Lima, normas municipales que fueron
publicadas en el diario of‌i cial “El Peruano” con fecha
16.09.2008 ;
Que, la Ley Nº 29566 modif‌i ca diversas disposiciones
con el objetivo de mejorar el clima de inversiones y
facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, en
cuyo artículo 5º elimina requisitos para solicitar,licencias
de edif‌i cacion y de funcionamiento, modif‌i cando con
ello el artículo 25º de la Ley Nº 29090 de Regulacion de
Habitaciones Urbanas y de Edif‌i caciones;
Que, mediante lnforme Nº 166-2011-GDU/MC, la
Gerencia de Desarrollo Urbano establece los requisitos
que deben ser sustituidos y eliminados en el TUPA
vigente y mediante lnforme Nº 027-2011-SGR-GPP/MC,
la Sub Gerencia de Racionalizacion ha procedido a
consolidar los procedimientos que deben ser adecuados
a la Ley Nº 29566;
Que, mediante lnforme Nº 608-2011-GAJ-MDC, la
Gerencia de Asesoria Juridica opina para que mediante
Decreto de Alcaldia se modif‌i que el TUPA, respecto a
la eliminacion de los requisitos para la obtencion de la
Licencia de Edif‌i cacion y Funcionamiento;
Estando a las facultades conferidas en el inciso 6)
Nº 27972,
DECRETA:
Artículo Primero.- DISPONER, en estricta aplicacion
de la Ley Nº 29566, la Sustitucion y Eliminacion de
los Requisitos establecidos en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
Distrital de Comas, aprobado con Ordenanza Nº 262-MDC
de fecha 05.05.2008, que a continuacion se detallan:
- Copia Literal de Dominio, correspondiendo a la
municipalidad efectuar la verif‌i cacion a traves del portal
web de la SUNARP.
- Certif‌i cado de Parámetros Urbanísticos y
Edif‌i catorios.
- Boletas de Habilitación de los Profesionales que
intervienen en el trámite.
- Documentos que por su naturaleza se encuentren en
los archivos de la municipalidad.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría
General la publicación y difusión de la presente norma
municipal.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de
Planif‌i cación y Presupuesto la implementación del
presente Decreto de Alcaldía en coordinación con las
áreas administrativas que correspondan.
Dado en el local de la Municipalidad de Comas a los
veinticinco días del mes de julio del año dos mil once.
NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO
Alcalde
671145-1
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la
publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles
siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectif‌i cación sólo procederá mediante
la expedición de otra norma de rango equivalente o superior.
2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda
revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de
Erratas.
3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo
el título “Dice” y a continuación la versión rectif‌i cada del mismo fragmento bajo el título “Debe
Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden
antes de consignar el siguiente error a rectif‌i carse.
LA DIRECCIÓN
DIARIO OFICIAL

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