ORDENANZA Nº 137-2011-MDC - Aprueban Procedimientos, Servicios Administrativos brindados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el TUPA de la Municipalidad

Fecha de disposición08 Octubre 2011
Fecha de publicación08 Octubre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 8 de octubre de 2011
451300
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de 22 de
septiembre del 2011, el Of‌i cio Nº 001-090-00006330 de
la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria - SAT,
adjuntando el expediente de ratif‌i cación de la Ordenanza
Nº 137-MDC de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla,
que aprueba los derechos de trámite por los procedimientos
administrativos y servicios brindados en exclusividad
contenidos en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la citada Municipalidad; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo
40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las
Municipalidades Distritales deben ser ratif‌i cadas por las
Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para
su vigencia y exigibilidad;
Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza Nº
1533 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, publicada
el 27 de junio de 2011, la Municipalidad Distrital de
Cieneguilla aprobó la Ordenanza materia de la ratif‌i cación,
remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria,
incluyendo sus respectivos informes y documentos
sustentatorios, con carácter de Declaración Jurada, y la
citada entidad en uso de sus competencias y atribuciones,
previa revisión y estudio, emitió el Informe Técnico Legal Nº
004-181-00000313, opinando que procede la ratif‌i cación
solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las
normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº
1533 y la Directiva Nº 001-006-00000015, publicada el 30
de junio de 2011;
Que, los ingresos que la citada Municipalidad prevé
percibir como producto de la aplicación de los derechos
de trámite por los procedimientos administrativos, materia
de la ratif‌i cación, f‌i nanciarán el 98.00% de los costos por
la prestación de los mismos y la diferencia deberá ser
cubierta con otros ingresos que perciba dicha entidad;
De acuerdo con lo opinado por el Servicio de
Administración Tributaria - SAT y por la Comisión
Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización
en el Dictamen Nº 178-2011-MML/CMAEO.
ACORDO:
Artículo Primero.- Ratif‌i car los procedimientos
administrativos, los servicios brindados en exclusividad y de
los (140) derechos de trámite listados en el Anexo A adjunto al
Informe Nº 004-181-00000313 del Servicio de Administración
Tributaria que forma parte del presente Acuerdo, que
fueran aprobados en la Ordenanza Nº 137-MDC por la
Municipalidad Distrital de Cieneguilla; en la medida que su
establecimiento se ha efectuado de conformidad con: (i) las
normas que def‌i nen las competencias municipales; (ii) los
criterios legales establecidos en materia de simplif‌i cación
administrativa; (iii) las exigencias y formalidades previstas
en las normas vinculadas con el mejoramiento del clima de
negocios (Leyes Nº 28976 y 29090); y, (iv) en cumplimiento
de los mecanismos que facilitan el acceso a la información
pública que poseen las entidades del Estado.
Artículo Segundo.- El presente Acuerdo ratif‌i catorio
se encuentra condicionado al cumplimiento de su
publicación; así como del texto íntegro de la Ordenanza
Nº 137-MDC, en especial del Anexo A que contiene el
listado de los derechos de trámite por los procedimientos
administrativos y servicios brindados en exclusividad por
dicha comuna, en las formas y mecanismos establecidos
en el marco legal vigente. La aplicación de la Ordenanza
materia de la presente ratif‌i cación, sin la condición
antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los
funcionarios de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla.
Artículo Tercero.- Cumplido el citado requisito de
publicación, el Servicio de Administración Tributaria-
SAT, a través de su página web www.sat.gob.pe hará de
conocimiento público el presente Acuerdo, el Dictamen
de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y
Organización y el Informe del Servicio de Administración
Tributaria.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
700089-1
MUNICIPALIDAD DE
CIENEGUILLA
Aprueban Procedimientos, Servicios
Administrativos brindados en
exclusividad, requisitos y derechos de
trámite contenidos en el TUPA de la
Municipalidad
ORDENANZA Nº 137-2011-MDC
Cieneguilla, 21 de julio de 2011
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CIENEGUILLA:
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, con el voto
Mayoritario de los señores regidores y con dispensa del
Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
reconoce a los gobiernos locales autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972
Orgánica de Municipalidades en concordancia con su Artículo
VIII, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 38.1 del artículo 38º de la Ley Nº
27444 del Procedimiento Administrativo General dispone
que los procedimientos, requisitos y costos administrativos
se establecen exclusivamente, en el caso de gobiernos
locales, mediante Ordenanza Municipal, los mismos que
deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto
Único de Procedimientos Administrativos - TUPA;
Que, conforme lo establece la Ley Orgánica de
Municipalidades, los gobiernos locales son los órganos de
representación del vecindario, que promueven la adecuada
prestación de los servicios públicos y su desarrollo integral
sostenible y armónico, que tienen entre sus funciones
específ‌i cas exclusivas, entre otras, la de normar, regular y
otorgar autorizaciones, derechos y licencias;
Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica
de Municipalidades prescribe la formalidad que debe revestir
la potestad legislativa en materia tributaria, disponiendo que
los tributos denominados Derechos deben ser ratif‌i cados por
la Municipalidad Provincial, procedimiento que para el caso
de la Municipalidad Metropolitana de Lima se encuentra
establecido en la Ordenanza Nº 1533-MML;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 039-2007-MTC
publicado el 13 de noviembre de 2001 se aprobó el
Reglamento de la Ley Nº 29022 - Ley para la Expansión
de Infraestructura en Telecomunicaciones, que regula
la publicación de la estructura de costos de aquellos
procedimientos conexos a las telecomunicaciones;
Que, mediante Directiva Nº 001-006-00000015, el
Servicio de Administración Tributaria – SAT establece las
pautas metodológicas para la determinación de costos de
los servicios y procedimientos que dan origen a los tributos
municipales, contenidos en Ordenanzas distritales en la
Provincia de Lima;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8)
Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE APRUEBA
LOS PROCEDIMIENTOS, SERVICIOS
ADMINISTRATIVOS BRINDADOS EN
EXCLUSIVIDAD, REQUISITOS Y DERECHOS
DE TRÁMITE CONTENIDOS EN EL TEXTO ÚNICO
DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Artículo 1.- Aprobación de los derechos de trámite
por los procedimientos y servicios administrativos
brindados en exclusividad
Apruébense los derechos de trámite por los
procedimientos y servicios administrativos brindados en
exclusividad y que forman parte de la presente norma:

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