ORDENANZA N° 285-MDA - Aprueban fechas de vencimiento de las obligaciones tributarias para el Ejercicio 2012

Fecha de disposición05 Febrero 2012
Fecha de publicación05 Febrero 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 5 de febrero de 2012
460466
Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 31 de
enero del 2012 el Documento Simple Nº 150918-2011,
mediante el cual Municipalidad Distrital de Santiago
de Surco remite el pedido formulado por dirigentes y
vecinos del Asentamiento Humano Mateo Pumacahua,
quienes solicitan la asignación de la Nomenclatura Vial
de la calle ubicada entre las manzanas “S” y “Y” del citado
Asentamiento Humano; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a lo establecido en el Título XIII de
la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, la capital
de la República tiene régimen especial, que le otorga a
la Municipalidad Metropolitana de Lima, competencias
y funciones específ‌i cas irrestrictas de carácter local,
metropolitano y regional; dentro de este contexto, el artículo
79º numeral 1.4.5 de la citada Ley, establece que son
funciones específ‌i cas exclusivas de las Municipalidades
en materia de organización y espacio físico y uso del suelo,
aprobar la regulación Provincial respecto al otorgamiento
de nomenclatura de calles, parques y vías;
Que, asimismo, el artículo 81º numeral 2.2 de la misma
Ley, establece como función específ‌i ca compartida de las
municipalidades provinciales, organizar la señalización
y la nomenclatura de vías en coordinación con las
municipalidades distritales y en su numeral 3.1 establece
como función específ‌i ca compartida de las municipalidades
distritales, la de establecer la nomenclatura y señalización
de calles y vías de acuerdo con la regulación provincial y
en coordinación con la municipalidad provincial;
Que, el Reglamento de Nomenclatura Vial y Áreas
de Recreación Pública, aprobado por Decreto Supremo
Nº 04-95-MTC del 06 de abril de 1995, establece que es
competencia de los Gobiernos Locales la nomenclatura
de las vías públicas y de las áreas de recreación pública
de las áreas urbanas. Asimismo, el artículo 12º de
dicho dispositivo legal señala que los nombres de las
vías públicas se agrupan por su naturaleza, tendiendo
a identif‌i car un sector urbano mediante el desarrollo
de un tema que identif‌i que la nomenclatura de la zona,
dichos nombres pueden ser de personajes ilustres,
próceres, héroes, maestros, artistas, fechas signif‌i cativas,
referencias geográf‌i cas importantes, ríos, lagos, etc.;
Que, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco a
través del Of‌i cio N° 227-2011-GDU-MSS de fecha 27 de
setiembre del 2011 de la Gerencia de Desarrollo Urbano
remite los actuados originados en atención al pedido
formulado por los vecinos del Asentamiento Humano
Mateo Pumacahua para el otorgamiento de nomenclatura
vial a la calle ubicada entre las Manzanas “S” y “Y” de
dicho Asentamiento Humano;
Que, la División de Nomenclatura y Numeración de la
Subgerencia de Autorizaciones Urbanas de la Gerencia
de Desarrollo Urbano, mediante Informe Nº 752-2011-
MML-GDU-SAU-DNN de fecha 03 de noviembre del
2011, concluye que el tramo comprendido en la Av. Los
Próceres y la Av. Parque Zonal, frente a las Manzanas
“S” y “Y” del Asentamiento Humano Mateo Pumacahua,
actualmente cuenta con la denominación de “Av. Los
Próceres”, según el Plano N° 1991-COFOPTRI-99-GT.,
elaborado por COFOPRI; y siendo que éste tramo, lleva el
mismo nombre de la Av. Los Próceres, a pesar de que ésta
continúa en línea recta, adyacente al tramo materia del
presente, duplicando la nomenclatura, es factible atender
lo solicitado, cambiando el nombre del tramo el cual se
denominará Calle JUAN JOSÉ SALAS BERNALES,
nomenclatura que responde a las características técnicas
establecidas en el D.S. N° 004-95-MTC, Reglamento de
Nomenclatura Vial y Áreas Recreativas, Artículo Segundo,
Inciso 2b de la Ordenanza N° 1417-MML y Artículo
Segundo de la Ordenanza N° 1274-MML;
De conformidad con lo opinado por la Comisión
Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y
Nomenclatura en su Dictamen N°01-2012-MML-
CMDUVN;
ACORDÓ:
Artículo Primero.- Aprobar la Asignación de la
Nomenclatura Vial de la calle ubicada entre las Manzanas
“S” y “Y” del Asentamiento Humano Mateo Pumacahua del
Distrito de Santiago de Surco, Provincia y Departamento
de Lima, con la denominación Calle JUAN JOSÉ SALAS
BERNALES.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Desarrollo Urbano el cumplimiento del presente Acuerdo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SUSANA VILLARAN DE LA PUENTE
Alcaldesa
749858-1
MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban fechas de vencimiento de
las obligaciones tributarias para el
Ejercicio 2012
ORDENANZA N° 285-MDA
Ate, 31 de Enero de 2012
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Ate, en Sesión
Ordinaria de Concejo de fecha 31 de Enero del 2012; visto
el Dictamen Nº 001-2012-MDA/CAT, de la Comisión de
Administración Tributaria, y;
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo
15° del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación
Municipal aprobado por Decreto Supremo N° 156-2004-
EF, el pago del Impuesto Predial, podrá efectuarse al
contado hasta el último día hábil del mes de febrero de
cada año o en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas
trimestrales, debiéndose pagar la primera cuota hasta el
último día hábil del mes de febrero y las cuotas restantes
hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y
noviembre, según disposición establecida en el artículo
15º de la norma señalada;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 6° de la
Ordenanza N° 281-MDA, de fecha 29 de noviembre del
2011, ratif‌i cada por Acuerdo de Concejo N° 1552 de
fecha 22 de diciembre del 2011, ambos publicados en el
Diario Of‌i cial “El Peruano” el 31 de diciembre del 2011,
los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines
Públicos y Serenazgo, regulados en la citada ordenanza
son de periodicidad y determinación mensual; sin
embargo, su recaudación se efectuará trimestralmente,
materializándose el vencimiento el último día hábil de
los meses a través de la ordenanza lo establezca la
Municipalidad Distrital de Ate;
Que, el último párrafo del artículo 29º del Texto Único
Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modif‌i caciones,
establece que el plazo para el pago de la deuda tributaria
podrá ser prorrogado, con carácter general, por la
Administración Tributaria;
Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento
para el pago del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios
Municipales de la jurisdicción del Distrito de Ate, para el
Ejercicio 2012;
ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS ANTES
EXPUESTOS, EN USO DE LAS FACULTADES
CONFERIDAS POR EL NUMERAL 8), DEL ARTÍCULO 9º
DE LA LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Nº 27972,
CONTANDO CON EL VOTO POR UNANIMIDAD DE LOS
SEÑORES REGIDORES ASISTENTES A LA SESIÓN
DE CONCEJO Y CON LA DISPENSA DEL TRÁMITE
DE LECTURA Y APROBACIÓN DE LAS ACTAS, SE HA
APROBADO LA SIGUIENTE:
ORDENANZA QUE APRUEBA LAS FECHAS
DE VENCIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS PARA EL EJERCICIO 2012
Artículo 1° VENCIMIENTO PARA EL PAGO DEL
IMPUESTO PREDIAL
El plazo para el pago del impuesto Predial para
los propietarios de más de un predio o cuyo uso (s)
sean destinados a comercio, industrias y/o, servicios
correspondientes al ejercicio 2012 vence:

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