ORDENANZA N° 007-2012-MDA - Establecen Régimen de Incentivos Tributarios y No Tributarios

Fecha de disposición19 Octubre 2012
Fecha de publicación19 Octubre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 19 de octubre de 2012 476605
Memoria Descriptiva, constituyen el título suf‌i ciente para
todos los efectos legales”;
Que, la Comisión de Desarrollo Urbano, a través del
Dictamen del Visto, recomienda se apruebe la inscripción
en los Registros Públicos la Primera Inscripción de
Dominio, del inmueble ubicado entre las Calles Arequipa
y Libertad y Plazuela, con la f‌i nalidad de que la Of‌i cina de
Margesí de Bienes realice el saneamiento físico legal del
indicado inmueble, y proceda a inscribir la inmatriculación
ante la SUNARP, conforme lo autoriza la Resolución de
Alcaldía Nº 526-2012-A/MPP, de fecha 10 de mayo de 2012;
asimismo, se autorice a la Of‌i cina de Secretaria General dar
cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 38º del Reglamento
de la Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales
Que, sometido a consideración de los señores
regidores la recomendación de la Comisión de Desarrollo
Urbano, en la Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha
17 de agosto de 2012, mereció su aprobación, por lo que
en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972;
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- APROBAR la inscripción en los
Registros Públicos la Primera Inscripción de Dominio, del
inmueble ubicado entre las Calles Arequipa y Libertad y
Plazuela, con la f‌i nalidad de que la Of‌i cina de Margesí
de Bienes realice el saneamiento físico legal del indicado
inmueble, y proceda a inscribir la inmatriculación ante la
SUNARP, conforme lo autoriza la Resolución de Alcaldía
Nº 526-2012-A/MPP, de fecha 10 de mayo de 2012, en
mérito a lo dispuesto en el Artículo 58º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972.
Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Of‌i cina de
Secretaría General, la publicación del Acuerdo Municipal
que dispone la Primera Inscripción de Dominio del predio, el
cual deberá publicarse por una sola vez en el Diario Of‌i cial
El Peruano y, un extracto, en un diario de mayor circulación
en la región en que se encuentra el predio, de conformidad
con lo establecido en el Artículo 38º del Reglamento de la Ley
General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, aprobado
Artículo Tercero.- DAR cuenta a la Comisión de
Desarrollo Urbano, Gerencia Municipal, Gerencia de
Administración, Gerencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de
Tecnologías y Sistemas de Información, Of‌i cina de Margesí
de Bienes, División de Habilitación y Expansión Urbana y
División de Catastro, para los f‌i nes consiguientes.
Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese.
RUBY RODRÍGUEZ VDA. DE AGUILAR
Alcaldesa
855247-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE AUCALLAMA
Establecen Régimen de Incentivos
Tributarios y No Tributarios
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 007-2012-MDA
Aucallama, 5 de octubre del 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE AUCALLAMA
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL
VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el Proyecto
de Ordenanza que establece el Régimen de Incentivos
Tributarios y No Tributarios para el ejercicio 2012; y,
CONSIDERANDO
Que, conforme el artículo 194º de la Constitución
Política del Perú, modif‌i cada por el artículo único
de la ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional,
establece que los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, en concordancia con el artículo II del Título
Preliminar de la Ley Nº 27972.
Que, la norma IV del Título Preliminar del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por
D.S.Nº135-99-EF, Establece que los Gobiernos Locales,
mediante ordenanza pueden crear, modif‌i car, suprimir sus
contribuciones, arbitrios, derechos o exonerar de ellos,
dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley.
Asimismo, el Artículo 41º del Código Tributario prescribe
que “Excepcionalmente, los gobiernos locales podrán
condonar con carácter general, el interés moratorio y las
sanciones, respecto de los tributos que administren y que
de acuerdo a lo establecido por el artículo 55º de la Ley
Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, los Bienes,
Rentas y Derechos de cada Municipalidad constituyen su
Patrimonio.
Que, en ese sentido las Municipalidades pueden
establecer benef‌i cios y facilidades de pago a sus
administrados con la f‌i nalidad de regularizar el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de las
sanciones administrativas teniendo en cuenta la capacidad
contributiva y la mejora en la calidad de vida de los vecinos
de Aucallama.
Que, mediante ordenanza Nº002/2012-MDA la
jefatura de Renta Establece la campaña de Declaración
Jurada 2012; así como también mediante ordenanza
Nº 007-2011/MDA, se aprobó el régimen tributario
aplicable a los Arbitrios Municipales de Limpieza
Pública, Parques y Áreas verdes y Serenazgo el cual
se determina distribuyendo el costo total del servicio
entre todos los predios ubicados en la jurisdicción de
distrito de Aucallama, así como los aspectos o criterios
que justif‌i quen la determinación de cada uno de ellos, a
f‌i n de facilitar su administración y garantizar la equitativa
distribución entre los contribuyentes.
Que, con informe técnico Nº 004/2012-JRFT/MDA la
Jefatura de Renta y Fiscalización Tributaria manif‌i esta,
que se hace necesario estimular a los contribuyentes en
general el cumplimiento voluntario del pago de sus tributos,
por lo que señala es necesario establecer benef‌i cios
tributarios, que contribuyan a que el administrado honre sus
compromisos y que el presente benef‌i cio tributario, deberá
contribuir a reducir el nivel de omisos a la declaración
jurada 2012.
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 9º,
numeral 8) y el numeral 16) del artículo 20º de la Ley
Orgánica de Municipalidades – Ley 27972, con el voto
mayoritario del concejo municipal y con la dispensa de
aprobación del acta, se aprobó la siguiente.
ORDENANZA
QUE ESTABLECE EL REGIMEN
DE INCENTIVOS TRIBUTARIOS
Y NO TRIBUTARIOS
GENERALIDADES
Artículo 1º.- OBJETO DE LA NORMA Aprobar
la ordenanza que establece el régimen de incentivos
Tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes,
el cual tiene por objeto reducir los niveles de morosidad,
aplicables a los administrados deudores por sus
obligaciones tributarias y no tributarias contraídas con la
Municipalidad Distrital de Aucallama.
Artículo 2º.- VIGENCIA. El periodo de vigencia de la
presente ordenanza será de 30 útiles, contados a partir del
día siguiente de su publicación.
Artículo 3º.- DEL REGIMEN DE INCENTIVOS.
El régimen de incentivos dispuesto en el artículo 1º
comprende: las deudas pendientes o las que se generen en
la vía ordinaria: por Impuesto Predial, Arbitrios Municipales
de Limpieza Pública, Parques y Áreas verdes y Serenazgo,
Multas Tributarias por omisión a la presentación de la
declaración jurada del impuesto predial y Multas tributarias
por subvaluación.
Artículo 4º.- DE LAS DEUDAS PENDIENTES. A
las deudas señaladas en el artículo 3º se les condonará
los intereses moratorios y un porcentaje de la obligación
principal de acuerdo a los criterios siguientes:

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