39 598-2005 - Autorizan a Mapfre Perú Vida Compañía de Seguros el cierre y apertura de oficinas en la ciudad de Huancayo

Fecha de disposición18 Abril 2005
Fecha de publicación18 Abril 2005
Pág. 291080
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 18 de abril de 2005
Supremo Nº 013-2001-PCM-, aplicable al citado proce-
so de selección, podrá declararse la nulidad de oficio del
proceso de selección hasta antes de la celebración del
contrato, debiendo publicarse la resolución en el Diario
Oficial El Peruano;
Que, las resoluciones y los pronunciamientos de
CONSUCODE son de obligatorio cumplimiento, confor-
me lo dispuesto por la cuarta disposición final de la nor-
ma legal antes citada, teniendo validez y autoridad admi-
nistrativa;
De conformidad con lo previsto en la Ley Orgáni-
ca de la Oficina Nacional de Procesos Electorales,
Nº 26487, y estando a las facultades previstas en el
literal u) del artículo 9º del Reglamento de Organiza-
ción y Funciones, aprobado por Resolución Jefatural
Nº 051-2004-J/ONPE, modificado mediante Resolu-
ciones Jefaturales Nº 201-2004-J/ONPE y Nº 252-
2004-J/ONPE;
Con los visados de las Gerencias de Asesoría Jurí-
dica y de Administración y Finanzas;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declárese la nulidad de la Adjudi-
cación Directa Pública Nº 0003-2004-ONPE, para la
contratación del servicio de implementación, adecua-
ción de software, soporte a la certificación en línea y
soporte a la digitalización de series de documentos
del archivo electoral de ONPE, desde la etapa de ela-
boración de las bases inclusive, por los fundamentos
señalados en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo Segundo.- Declárese la nulidad de la Re-
solución Gerencial Nº 103-2004-GAF/ONPE, de fe-
cha 22 de diciembre de 2004, mediante la cual se
aprobaron las bases de la Adjudicación Directa Públi-
ca señalada en el artículo precedente, por los funda-
mentos señalados en la parte considerativa de la pre-
sente resolución.
Artículo Tercero.- Dispóngase la publicación de la
presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y
en la página web de la Oficina Nacional de Procesos
Electorales, en el plazo de cinco días desde su expedi-
ción.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RUBÉN DURAND PARDO
Jefe Nacional (e)
Oficina Nacional de Procesos Electorales
07470
S B S
Autorizan a Mapfre Perú Vida Compa-
ñía de Seguros el cierre y apertura de
oficinas en la ciudad de Huancayo
RESOLUCIÓN SBS Nº 598-2005
Lima, 8 de abril de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por la empresa MAPFRE
PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, para que se
le autorice el cierre de una de sus oficinas ubicada
en Av. Giraldez Nº 285, Edificio Saint Michel, Oficina
Nº 285, ciudad de Huancayo, departamento de Junín;
y, la apertura de una oficina especial compartida con
la empresa Mapfre Perú Compañía de Seguros y
Reaseguros S.A., ubicada en Jr. Cuzco esquina con
Jr. Moquegua Nº 598, ciudad de Huancayo, departa-
mento de Junín.
CONSIDERANDO:
Que, en aplicación de los numerales 3.1.1 y 6.1 de la
Circular Nº S-609-2004 la empresa solicitante ha
cumplido con comunicar previamente a esta Superin-
tendencia el cierre y apertura de las citadas oficinas;
Que, mediante Resolución SBS Nº 265-2004 esta
Superintendencia autorizó a dicha aseguradora la aper-
tura de su oficina ubicada en Av. Giraldez Nº 285, Edifi-
cio Saint Michel, Oficina Nº 285, ciudad de Huancayo,
departamento de Junín;
Estando a lo informado por el Departamento de Aná-
lisis y Supervisión del Sistema de Seguros “B”, mediante
Informe Nº 034-2005-ASSSB; y,
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 30º
y 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Finan-
ciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superin-
tendencia de Banca y Seguros y sus modificatorias, la
Circular Nº S-609-2004; y, en virtud de la facultad dele-
gada mediante Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de ene-
ro de 1998;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ
VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, el cierre de su ofi-
cina ubicada Av. Giraldez Nº 285, Edificio Saint
Michel, Oficina Nº285, ciudad de Huancayo, departa-
mento de Junín.
Artículo Segundo.- Autorizar a MAPFRE PERÚ VIDA
COMPAÑÍA DE SEGUROS, la apertura de una oficina
especial compartida con la empresa Mapfre Perú Com-
pañía de Seguros y Reaseguros S.A., ubicada en Jr.
Cuzco esquina con Jr. Moquegua Nº 598, ciudad de
Huancayo, departamento de Junín.
Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el Artículo 4º de la
Resolución SBS Nº 265-2004 otorgada a MAPFRE PERÚ
VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
07303
Ratifican en el cargo a Fedatarios de
la SBS
RESOLUCIÓN SBS Nº 634-2005
Lima, 15 de abril de 2005
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 127º de la Ley del Procedimiento
Administrativo General Nº 27444, faculta a las entidades
administrativas la designación de fedatarios institu-
cionales adscritos a sus unidades de recepción
documental en número proporcional a sus necesidades
de atención;
Que, mediante Resolución SBS Nº 030-2000 del
14 de enero de 2000, se designó a los Fedatarios de
la Superintendencia de Banca y Seguros, por un pe-
ríodo de dos (2) años; vencido el cual, mediante Re-
solución SBS Nº 263-2002 del 14 de marzo de 2002,
se procedió a ratificar como Fedatarios de dicha Ins-
titución, por un período de dos (2) años, a los funcio-
narios señorita Elva Cecilia García Barreto, analista
de la Procuraduría, y a los señores Ernesto Campos
García y Víctor Fernández Balta, analistas del De-
partamento Legal; asimismo, se designó adicional-

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