1074 725-2006 - Autorizan a Mapfre Perú Compañía de Seguros y Reaseguros el traslado de oficina al distrito de San Borja, provincia de Lima

Fecha de publicación11 Junio 2006
Fecha de disposición11 Junio 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
domingo 11 de junio de 2006 321281
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S B S
Autorizan a Mapfre Perú Vida
Compañía de Seguros el traslado de
oficina especial ubicada en el Cercado
de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 724-2006
Lima, 5 de junio de 2006
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO
DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por la empresa MAPFRE
PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE SEGUROS, para que se le
autorice el traslado de su oficina especial, ubicada en
Av. Inca Garcilazo de La Vega Nº 1168, Oficinas 401,
403 y 404 A y Av. Garcilazo de La Vega Nº 1140, Oficina
401, distrito de Cercado, provincia y departamento de
Lima, a la Av. Emancipación Nº 189 distrito de Cercado,
provincia y departamento de Lima, la misma que tendría
el carácter de local compartido con MAPFRE PERÚ
COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.;
CONSIDERANDO:
Que, en aplicación de los numerales 3.1.1 y 6.1 de la
Circular Nº S-612-2005 la empresa solicitante ha cumplido
con comunicar previamente a esta Superintendencia el
traslado de la citada oficina especial;
Que, mediante Resolución SBS Nº 265-2004 esta
Superintendencia autorizó a dicha aseguradora el
traslado de una de sus oficinas especiales, a la Av. Inca
Garcilazo de La Vega Nº 1168, Cuarto Piso, distrito de
Cercado, provincia y departamento de Lima;
Que, mediante Resolución SBS Nº 1576-2005 se
autorizó la modificación del artículo 3º de la citada
Resolución Nº 265-2004, consignado como nueva
dirección de la oficina especial a la Av. Inca Garcilazo de
La Vega Nº 1168, Oficinas 401, 403 y 404 A y Av. Garcilazo
de La Vega Nº 1140, Oficina 401, distrito de Cercado,
provincia y departamento de Lima;
Estando a lo informado por el Departamento de
Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros "B",
mediante Informe Nº 038-2006-ASSSB; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de
la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y
del Sistema de Seguros y Orgánica de la
Superintendencia de Banca y Seguros y sus
modificatorias, la Circular Nº S-612-2005; y, en virtud de
la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 1096-
2005 del 25 de julio de 2005;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ VIDA
COMPAÑÍA DE SEGUROS, el traslado de su oficina
especial ubicada en Av. Inca Garcilazo de La Vega
Nº 1168, Oficinas 401, 403 y 404 A y Av. Garcilazo de La
Vega Nº 1140, Oficina 401, distrito de Cercado, provincia
y departamento de Lima, a la Av. Emancipación Nº 189
distrito de Cercado, provincia y departamento de Lima,
donde compartirá el local con MAPFRE PERÚ
COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto, la Resolución
SBS Nº 1576-2005 otorgada a MAPFRE PERÚ VIDA
COMPAÑÍA DE SEGUROS.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
10372
Autorizan a Mapfre Perú Compañía de
Seguros y Reaseguros el traslado de
oficina al distrito de San Borja,
provincia de Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 725-2006
Lima, 5 de junio de 2006
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO
DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por la empresa MAPFRE
PERÚ COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS,
para que se le autorice el traslado de una de sus oficinas
compartidas con MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE
SEGUROS, ubicada en Av. Guardia Civil Nº 190, Urb.
Córpac, distrito de San Isidro, departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, en aplicación de los numerales 3.1.1 y 6.1 de la
Circular Nº S-612-2005 la empresa solicitante ha cumplido
con comunicar previamente a esta Superintendencia el
traslado de la citada oficina especial;
Que, mediante Resolución SBS Nº 923-2004 esta
Superintendencia autorizó a dicha aseguradora el
traslado de una de sus oficinas especiales, a la Av.
Guardia Civil Nº 190, Urb. Córpac, distrito de San Isidro,
departamento de Lima;
Que, mediante Resolución SBS Nº 434-2004 se
autorizó a MAPFRE PERÚ VIDA COMPAÑÍA DE
SEGUROS la apertura de una oficina especial ubicada
en Av. Angamos Este Nº 2569, distrito de San Borja,
departamento de Lima;
Estando a lo informado por el Departamento de
Análisis y Supervisión del Sistema de Seguros "B",
mediante Informe Nº 037-2006-ASSSB; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30º de la Ley
Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema
de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y
Seguros y sus modificatorias, la Circular Nº S-612-2005; y, en
virtud de la facultad delegada mediante Resolución SBS
Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a MAPFRE PERÚ
COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, el traslado
de la oficina que comparte con MAPFRE PERÚ VIDA
COMPAÑÍA DE SEGUROS, ubicada en Av. Guardia Civil
Nº 190, Urb. Córpac, distrito de San Isidro, departamento
de Lima, a la Av. Angamos Este Nº 2569, distrito de San
Borja, departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Dejar sin efecto, la Resolución
SBS Nº 923-2004 otorgada a MAPFRE PERÚ COMPAÑÍA
DE SEGUROS Y REASEGUROS.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
10371
Exoneran de procesos de selección la
contratación de empresas para que
presten servicios de publicación de
avisos relacionados con las funciones
propias de la SBS
RESOLUCIÓN SBS Nº 734-2006
San Isidro, 9 de junio de 2006

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