Lineamientos generales de la ley del sistema concursal orientados a la negociación de créditos en bolsa de valores

AutorEsteban Carbonell O'Brien
Páginas88-95
88
foro jurídico
Lineamientos generales de la ley del sistema concursal orien-
tados a la negociación de créditos en bolsa de valores
Esteban Carbonell O´Brien*
PREFACIO
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2002, en adelante la Ley, deroga la Ley de Reestructuración Patrimonial, siendo su entrada en vigencia, el siete de octu-
bre de 2002, y a partir de esa fecha aplicable a los procedimientos concursales en trámite, en todo el territorio peruano.
Cabe mencionar, que en esta nueva regulación concursal se ha incluido por primera vez un Título Preliminar, conte-
niendo los principios que rigen el sistema concursal peruano. En él, se establece que el objetivo del sistema concursal
es la permanencia de la unidad productiva, la protección del crédito y el patrimonio de la empresa, orientando sus
esfuerzos a conseguir el máximo valor del patrimonio en crisis.
A nuestro juicio, el objetivo de todo sistema concursal moderno, es la prevención de crisis patrimoniales en cadena,
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“El Sistema Concursal”, que muestra un estudio comparativo con la legislación del Brasil (www.guerraeditora.com.br)
Los aspectos más relevantes de esta nueva legislación concursal son:
1. Patrimonio sujeto a los procedimientos concursales.
La regla general, al igual que en la regulación anterior, es que el patrimonio comprendido en los procedimientos con-
cursales abarca la totalidad de bienes, derechos y obligaciones del deudor, con excepción de los bienes inembargables
y aquellos expresamente excluidos por leyes especiales. Al respecto, la misma Ley establece lo siguiente:
Excluye del patrimonio sujeto a concurso, los bienes que garantizan obligaciones de terceros. A diferencia del sistema
anterior, los créditos garantizados con warrants sí formarán parte del patrimonio sujeto a concurso.
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o no las cuotas que se devenguen con posterioridad a la declaración de insolvencia.
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(www.idciberoamericano.com) Socio Fundador de Carbonell O´Brien Abogados, con sede en Lima, Perú y enlaces en Latinoamérica y Europa
(www.carbonell-law.org).
“(...) los acreedores concursales podrán nego-
ciar en la Bolsa de Valores de Lima, los crédi-
tos que mantienen con las empresas deudoras
sometidas a concurso.”

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