La Ley de Recursos Hídricos, Industria Extractiva y Protección del Agua

AutorJorge Leturia Rengifo
CargoUniversidad de Lima, Escuela de Derecho y Ciencias Politicas. Abogado, 2003
Páginas113-122
La
Ley
de
Recursos
Hídricos,
Industria
Extractiva
y
Protección
del
Agua
1
orge
Leturia
Rengifo *
"En
el presente artículo, el
autor
resalta la importancia que
ha
tomado
en
la actualidad en la economía
de
nuestro país: el agua. A lo largo del mismo, el
autor
resaltará las características más importantes
de
este
recurso natural; haciendo de este modo hincapié
en
la necesidad
de
cambios normativos para la mejor
utilización del recurso hídrico."
El
agua
es
un recurso natural indispensable
para
la
vida y
el
desarrollo de cualquier industria.
Es
por
ello que todos,
cualquiera
sea
nuestra ubicación geográfica, ocupación
o intereses,
debemos
entender
la
relevancia
de
su
protección.
Demás está
mencionar
que
una
persona sin acceso a agua
tendrá
una
proyección
de
vida
bastante
limitada.
Lo
mismo
ocurre
con
cualquier
tipo
de
industria.
La
carencia
de
agua
para un
proyecto
minero
o
de
hidrocarburos
podría
determinar
su
inviabilidad,
incluso
en
aquellos
casos en
que
existiendo
un
volumen
adecuado
existen razones
ambientales
o sociales
que
no
permitan
autorizar
el uso
de
dicho
recurso.
He
aquí
la
importancia
de
contar
con
regulación
moderna,
que
oriente
al uso
eficiente
y
sostenible
del agua, así
como
una
institucionalidad
sólida,
que
permita
encauzamos
hacia una
eficiente
gestión
del
recurso.
Con casi
cuarenta
años
de
vigencia,
la Ley General
de
Aguas, Decreto Ley 71152,
fue
derogada
por
la
Ley de Recursos Hídricos, Ley 29338,
norma
dictada
el
31
de
marzo
de
2009 para
regular
el
uso y
gestión
integrada
del
agua, así
como
la
actuación
del Estado y los
particulares
en
dicha
gestión.
Esta
norma
establece
un
nuevo
modelo
de
gestión
integral
del
manejo
del
recurso
hídrico
basado en
la
eficiencia
de
su
uso, con una
nueva
institucionalidad
y varios
otros
aspectos
nuevos
de
importancia
que
buscan
la
protección
*
-Universidad
de
Lima, Escuela
de
Derecho y Ciencias Politicas. Abogado, 2003.
-Miembro
del
Colegio
de
Abogados
de
Lima, 2003.
del
recurso,
alguno
de
los cuales
abordaremos
durante
el
desarrollo
del
presente
artículo.
l. Consideraciones Generales
1.1 Características y Consideraciones Legales
del Agua
El
agua
es
un recurso
natural.
Al
ocuparse
de
los
recursos naturales,
nuestra
Constitución Política
los
divide
entre
renovables
y
no
renovables,
estableciendo
que
son
Patrimonio
de
la
Nación y
que
el Estado ejerce soberanía en
su
aprovechamiento.
Por
su
parte,
la
Ley Orgánica
para
el
Aprovechamiento
Sostenible de los Recursos
Naturales, Ley 2682
7,
profundiza
sobre
lo
indicado
para precisar
que
los recursos naturales
mantenidos
en
su
fuente
son
Patrimonio
de
la
Nación,
conservando
el Estado el
dominio
sobre
los recursos
naturales
mantenidos
en
su
fuente
aún
cuando
su
aprovechamiento
haya
sido
otorgado
a particulares,
mientras
no
hayan sido
extraídos. A
su
vez,
define
a los recursos
naturales
como
todo
componente
de
la naturaleza,
susceptible
de
ser
aprovechado
por
el ser
humano
para
la
satisfacción
de
sus necesidades y
que
tenga
un
valor
actual
o
potencial
en el
mercado,
incluyendo
expresamente
a las aguas, sean
superficiales o subterráneas. Luego,
atendiendo
a
la
naturaleza
de
las cosas, en vista
que
cada
-Pontificia
Universidad
Católica
del
Perú.
Diploma
de
Estudios
en
Derecho
Ambiental,
2007.
-Centro
Cultural
de
la
Pontificia Universidad Católica del Perú. Curso
de
Contabilidad y Finanzas para
no
Especialistas, 2005.
-Colegio
de
Abogados
de
Lima.
Diploma
en
Contrataciones
y
Adquisiciones
Administrativas,
2004.
-Socio
de
DELAPUENTE
Abogados
(2008 a
la
fecha).
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