LEY Nº 31952
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA LA ADQUISICIÓN DE MAQUINARIA Y EQUIPO POR PARTE DE LOS GOBIERNOS LOCALES Y GOBIERNOS REGIONALES PARA LA GESTIÓN DEL
RIESGO DE DESASTRES
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente ley tiene por objeto habilitar fuentes de financiamiento adicionales a los gobiernos regionales y los gobiernos locales para la adquisición y provisión de maquinaria y equipo para la gestión del riesgo de desastres dentro de sus respectivas jurisdicciones.
Artículo 2. Finalidad de la Ley
La finalidad de la presente ley es mejorar la capacidad de respuesta municipal y regional en la gestión del riesgo de desastres ante el peligro inminente de ocurrencia de una situación de emergencia, para salvaguardar la vida y el bienestar de la población.
Artículo 3. Ámbito de aplicación de la Ley
La presente ley es de aplicación para los gobiernos regionales y los gobiernos locales, dentro de sus respectivas jurisdicciones, que se encuentren...