LEY N° 30268 - Ley que declara de necesidad pública la expropiación, para su puesta en valor, de los predios e instalaciones del monumento histórico denominado Castillo Forga, ubicado en la provincia de Islay, departamento de Arequipa

Fecha de publicación27 Noviembre 2014
Fecha de disposición27 Noviembre 2014
El Peruano
Jueves 27 de noviembre de 2014
538514
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30268
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE
LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE DECLARA DE NECESIDAD PÚBLICA
LA EXPROPIACIÓN, PARA SU PUESTA EN
VALOR, DE LOS PREDIOS E INSTALACIONES
DEL MONUMENTO HISTÓRICO DENOMINADO
CASTILLO FORGA, UBICADO EN LA PROVINCIA DE
ISLAY, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA
Artículo 1. Objeto de la Ley
Declárase de necesidad pública la expropiación de los
predios e instalaciones ubicados en el peñón Monserrat
o Miramar, en el distrito de Mollendo, provincia de Islay,
departamento de Arequipa, sobre el que está construido
el Castillo Forga o Miramar.
Artículo 2. Inmuebles a expropiar
2.1 Autorízase la expropiación de:
a) El predio perteneciente a la Empresa Turística
El Castillo S.A., inscrito en la Ficha 80466,
rubro C, Asiento 3, del Registro de la Propiedad
Inmueble de la Of‌i cina Registral de Arequipa.
b) El predio perteneciente a la Compañía
de Turismo El Castillo S.R.L. - COMTUR,
inscrito en la Ficha 86931 del Registro de la
Propiedad Inmueble de la Of‌i cina Registral
de Arequipa.
2.2 Los linderos y medidas perimétricas, de los
inmuebles a que se ref‌i ere el presente artículo,
se determinan mediante acuerdo expedido por
el Consejo Regional de Arequipa, en el cual
se indican las coordenadas UTM de validez
universal, de conformidad con la Ley 27117, Ley
General de Expropiaciones. El referido acuerdo
se expide y publica conforme a Ley.
Artículo 3. Justif‌i cación de la expropiación
La expropiación que se realice como consecuencia de
la presente Ley se justif‌i ca en la necesidad de poner en
valor el Castillo Forga o Miramar, declarado Monumento
Histórico, para su restauración y conservación.
Artículo 4. Sujeto activo de la expropiación
El Gobierno Regional de Arequipa es el sujeto
activo, y benef‌i ciario, de la expropiación materia de
la presente Ley, facultándosele para que inicie los
trámites correspondientes al proceso de expropiación,
de conformidad con lo dispuesto en la Ley 27117, Ley
General de Expropiaciones.
Artículo 5. Pago de la indemnización justipreciada
El pago de la indemnización justipreciada que
se establezca a consecuencia del trato directo o
del procedimiento judicial o arbitral correspondiente
es asumido por el Gobierno Regional de Arequipa,
previa tasación realizada por la Dirección Nacional de
Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y
Saneamiento. El pago debe ser abonado con dinero en
efectivo y en moneda nacional.
Artículo 6. Plazo para iniciar la expropiación
El Gobierno Regional de Arequipa, en su condición de
sujeto activo, tiene un plazo de dos años, contado a partir
de la vigencia de la presente Ley, para iniciar el proceso
de expropiación de los inmuebles a que se ref‌i ere el
artículo 2 de la presente Ley.
POR TANTO:
Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso
de la República, aceptándose las observaciones
formuladas por el señor Presidente de la República, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 108º de la
Constitución Política del Perú, ordeno que se publique
y cumpla.
MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Ordenanza N° 273-MDSJM.- Formalizan la creación
de la Of‌i cina Municipal de Atención a las Personas con
Discapacidad 538595
Ordenanza N° 276 A-MDSJM.- Declaran prioritario el
Reconocimiento a las víctimas de la violencia política
(de mayo 1980 a noviembre del 2000), que residen en el
distrito 538596
MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES
R.A. N° 261-2014/MDSMP.- Aprueban Habilitación
Urbana de inmueble ubicado en el distrito 538597
MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Res. N° 953-2014-RASS.- Declaran Habilitación Urbana
de Of‌i cio respecto de inmueble ubicado en el distrito
538599
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE
Ordenanza N° 029-2014-MPC.- Aprueban modif‌i cación
del Plan Urbano del Distrito de Chilca 538601
SEPARATAS ESPECIALES
ORGANISMO SUPERVISOR
DE LA INVERSION EN
ENERGIA Y MINERIA
Res. N° 246-2014-OS/CD.- Aprueban Procedimiento
Técnico COES PR-31 Cálculo de los Costos Variables de
las Unidades de Generación 538445
ORGANISMO SUPERVISOR DELA
INVERSION PRIVADA EN
TELECOMUNICACIONES
Res. N° 140-2014-CD, 527 y 705-2014-GG/OSIPTEL.-
Declaran fundada en parte apelación interpuesta contra
la Resolución de Gerencia General N° 705-2014-GG/
OSIPTEL referente a sanciones impuestas a América
Móvil Perú S.A.C.. 538464
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Ordenanza N° 1822.- Ordenanza que aprueba el
Sistema Metropolitano de Planificación Estratégica
538501

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