1521 154-2006-JEF/RENIEC 155-2006-JEF/RENIEC - Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comisión de delitos contra la administración pública y la fe pública

Fecha de publicación24 Marzo 2006
Fecha de disposición24 Marzo 2006
Pág. 315390
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 24 de marzo de 2006
Por los fundamentos expuestos, y bajo al amparo de
lo dispuesto en los incisos d) y e) del Artículo 36º de la
Ley Nº 26486, el Jurado Electoral Especial de Lima Sur,
en uso de las facultades de que está investido por ley;
RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR la solicitud de
autorización para publicidad estatal, mediante Spots
televisivos y radiales, destinada a promover los alcances
y beneficios de los planes de salud del Seguro Integral
de Salud, presentada por el Seguro Integral de Salud del
Ministerio de Salud mediante Oficio Nº 0467-2006-SIS/
GM.
Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la
presente Resolución en la sección normas legales del
Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
LINARES SAN ROMÁN
CHÁVEZ PERALTA
GONZÁLEZ CORTEZ
05304
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones
legales a presuntos responsables de la
comisión de delitos contra la adminis-
tración pública y la fe pública
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 154-2006-JEF/RENIEC
Lima, 17 de marzo de 2006
VISTOS:
El Oficio Nº 3021-2005-GO/RENIEC, y el Informe
Nº 000250-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia
de Asesoría Jurídica, de fecha 14 de marzo de 2006; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Gerencia de Operaciones ha puesto en
conocimiento las presuntas irregularidades cometidas
por el ex locador SNP NICOLAS QUISPE PEREIRA,
terminalista de la Agencia Andahuaylas - RENIEC, quien
en desplazamientos efectuados a los distritos de
Pacobamba, San Antonio de Cachi y Kaquiabamba -
Andahuaylas, efectuó cobros indebidos a los ciudadanos
por trámites de DNI, esto conforme a las declaraciones
efectuadas por los ciudadanos obrantes en el expediente,
quienes han indicado que pagaron por el trámite del
Documento Nacional de Identidad;
Que, luego de las investigaciones realizadas, la
Subgerencia de Control y Fiscalización, mediante
Informe Nº 025-2005-SGCF/GO/RENIEC de fecha 7
de marzo de 2005, concluye que el señor NICOLAS
QUISPE PEREIRA, ex terminalista de la Agencia
Andahuaylas, ha cometido graves irregularidades
funcionales, en agravio de los pobladores de los
distritos de Pacobamba, San Antonio de Cachi y
Kaquiabamba - Andahuaylas, durante su
desplazamiento a dichas localidades; al haber
realizado cobros indebidos y haberse apropiado de
dinero entregado en pago por los trámites del
Documento Nacional de Identidad en la creencia que
éste iría al Banco de la Nación, trámites que por
Resolución Jefatural Nº 229-2004-JEF/RENIEC, eran
de emisión gratuita;
Que, en su descargo efectuado, el señor NICOLAS
QUISPE PEREIRA declaró haber recibido el dinero de
los pobladores para el pago de la tasa en el Banco de la
Nación, pero como efectuó muchos trámites, se
confundieron con lo que tenía anotado, no sabiendo a
quién les correspondía, sobrándole una suma de
dinero, el mismo que guardó para su devolución
posterior cuando dichas personas reclamaran el
dinero; asimismo, precisa que después de efectuados
los desplazamientos, tomó conocimiento de la
tramitación gratuita de los DNIs;
Que, los hechos descritos precedentemente,
constituyen indicios razonables de la comisión del
presunto delito contra la Administración Pública en su
modalidad de Concusión, previsto y sancionado por el
artículo 382º del Código Penal vigente, por cuanto el
señor NICOLAS QUISPE PEREIRA, en su calidad de
terminalista de la Agencia Andahuaylas, ha realizado el
cobro ilegítimo de tasas para el trámite de Documento
Nacional de Identidad, que eran de tramitación gratuita,
en perjuicio del Estado y de los pobladores de las
localidades de Pacobamba, San Antonio de Cachi y
Kaquiabamba - Andahuaylas;
Que, en atención a los considerandos precedentes
y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría
Jurídica, resulta necesario autorizar al Procurador
Público, a cargo de los asuntos judiciales del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, para que
interponga las acciones que correspondan en defensa
de los intereses del Estado y del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil contra NICOLAS QUISPE
PEREIRA; y,
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537 y la Ley Nº 26497;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público
encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional
de Identificación y Estado Civil, para que en nombre y
representación de los intereses del Estado interponga
las acciones legales que correspondan contra NICOLAS
QUISPE PEREIRA, en agravio del Estado y del Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil.
Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al
Procurador Público encargado de los asuntos judiciales
del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,
para los fines a que se contrae la presente Resolución.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
05261
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 155-2006-JEF/RENIEC
Lima, 17 de marzo de 2006
VISTOS:
El Oficio Nº 1172-2005-GP/SGDAC/RENIEC, y el
Informe Nº 00234-2006-GAJ/RENIEC, emitido por la
Gerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 9 de marzo de
2006; y,
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, como institución
constitucionalmente autónoma, con personería jurídica
de derecho público interno y con goce de atribuciones
en materia registral, técnica, administrativa, económica
y financiera, se encuentra a cargo de organizar y
mantener el Registro Único de Identificación de las
Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de
los archivos y datos relacionados a las inscripciones,
que sirven de base para la obtención del Documento
Nacional de Identidad;
Que, siendo la Gerencia de Procesos, a través de
la Subgerencia de Depuración Registral y Archivo
Central, el órgano de línea encargado de las labores
de depuración y actualización de datos, se ha podido
detectar que diversos ciudadanos, que forman parte

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