Laudo del Tribunal de Arbitraje (Fondo de reconstruccion del sur - forsur), 06-05-2011
Sentido del fallo | No se indico en el laudo el proceso de seleccion, el proceso de seleccion |
Ruc | 20517348075 |
Partes | FONDO DE RECONSTRUCCION DEL SUR - FORSUR vs JCL CONSULTORES SAC |
Fecha | 06 Mayo 2011 |
Tipo de proceso | AD HOC |
Materia | Materias Controvertidas;Indemnización por daños y perjuicios;Pago;Penalidades;Resolución del contrato |
l3
LAUDO
ARBITRAL
DE
DERECHO
CASO
ARBITRAL
FONDO
DE
RECONSTRUCCION DEL
SUR
FORSUR
contra JCL
CONSULTORES
SAC
Lugar
v
Fecha
de
la
expedicin
El
presente
Laudo
Arbitral
de
Derecho
se
expide
en
la
ciudad
de
Lima
a
los
06
dfas
del
mes
de
mayo
del
aæo
dos
mil
once
Nombre
de
las
Partes
La
Demandante
FONDO
DE
RECONTRUCCION
DEL
SUR
FORSUR
La
Demandada
JCL
CONSULTORES SAC
Arbitro
Dr
MIGUEL
ANGEL
CHAVEZ
MEZA
Secretario
Arbitral
Dr
RENATO
MICK
ESPINOLA
LOZANO
Sede
Arbitral
Calle
Justo
Vigil
N
490
Distrito
de
Magdalena
del
Mar
De
comœn
acuerdo
las
partes
FONDO
DE
RECONTRUCCION
DEL
SUR
FORSUR
y
JCL
CONSULTORES
SAC
se
ponen
de
acuerdo
y
designan
al
`rbitro
nico
Dr
Miguel
`ngel
ChÆvez
Meza
para
que
resuelvan
la
presente
controversia
Una
vez
aceptada
la
designacin
del
`rbitro
se
procedi
a
la
instalacin del
Arbitro
nico
con
fecha
28
de
octubre
del
2
010
declarÆndose
abierto
el
proceso
arbitral
cumpliØndose
con
notificar
a
las
partes
I
ANTECEDENTES
Y
PRINCIPALES
ACTUACIONES
2
1
Con
fecha
22
de
junio
del
2
009
se
celebro
el
Contrato
de
Servicio
de
Consultora
N
020
2009
FORSUR
bajo
el
sistema
de
suma
alzada
para el
saneamiento tØcnico
legal
de
los
lotes
afectados
por
la
Ejecucin
de
la
Obra
Rehabilitacin
yMejoramiento
de
la
Av
Fermfn
Tanguis
de
la
provincia
de
Pisco
del
Departamento
de
Ica
segœn
tØrminos
de
referencia
por
el
monto
de
S
68
500
00
Sesenta
y
Ocho
Mil
Quinientos
y
00
100
Nuevos
Soles
a
todo
incluido
IGV
por
el
plazo
de 03
meses
a
partir
del
da
siguiente
de
la
suscripcin
del
contrato
2
En
virtud
de
lo
establecido
por
la
clÆusula
decima
del
Contrato
de
la
referencia
las
partes
se
sometieron
a
la
solucin
de
controversias
mediante
Arbitraje
de
Derecho
3
Mediante
Acta
de
Instalacin
de
fecha
28
de
octubre
del
2010
se
declaro
instalado
al
Arbitro
nico
y
abierto
el
proceso
arbitral
4
Con
fecha
12
de
noviembre del
2010
FONDO
DE RECONTRUCCION
DEL
SUR
FORSUR
presento
su
escrito
de
demanda
dentro
del
plazo
concedido
5
Mediante
Resolucin
N
01
de
fecha
22
de
noviembre del
2010
EL
ARBITRO
UNICO
resuelve
declarar
ADMITIR
a
trÆmite
la
demanda
corriØndose
traslado
de
la
demanda
a
JCL
CONSULTORES
SAC
a
efectos
de
S
que
en
el
plazo
de
10
das
de
notificado
cumpla
con
contestar
la
demanda
6
Con
fecha
07 de
diciembre
del
2010 JCL
CONULTORES
SAC
cumpli
con
presentar
su
escrito
de
contestacin
de
demanda
y
reconvencin
dentro del
plazo
concedido
7
Mediante
Resolucin
N
02
de
fecha
14
de
diciembre
del
2010
EL
ARBITRO
UNICO
resuelve
tener
por
CONTESTADA
la
demanda
y
por
ADMITIDA
la
RECONVENCION
de
la
demanda
corriØndose
traslado
de
la
misma
a
la
demandante
3
8
Con
fecha
OS
de
enero
del
2011
el
FONDO
DE DE
RECONTRUCCION
DEL
SUR
FORSUR
cumpli
con
presentar
su
escrito
de
absolucin
de
contestacin
de
demanda
presentada
por
JCL
CONSULTORES
SAC
9
Mediante
Resolucin
N
03 de
fecha
05 de
enero
del
2011
EL
ARBITRO
UNICO
resuelve
tener
por
contestada
por
parte
del
FONDO
DE
RECONTRUCCION
DEL
SUR
FORSUR la
reconvencin formulada
por
el
demandado
JCL
CONSULTORES
SAC
asimismo
establece
como
segundo
anticipo
de
honorarios arbitrales
la
suma
de
S
10
000
00
Nuevos
Soles
y
de
S
5
500
00
Nuevos
Soles
el
segundo
anticipo
de
honorarios
de
la
secretaria
arbitral
10
Con
fecha
14
de
enero
del
2011
el
FONDO
DE
RECONTRUCCION DEL
SUR
FORSUR
presento
en
sede
arbitral
un
recurso
de
reconsideracin
respecto
de
la
resolucin
N
03
de
fecha
05
de
enero
del
2011
11
Mediante
Resolucin
N
04
de
fecha
24
de
enero
del
2011
EL
ARBITRO
UNICO
resuelve
declarar
infundado
el
recurso
de
reconsideracin
presentado
por
el
FONDO
DE
RECONTRUCCION
DEL
SUR
FORSUR
asimismo
tiene
por
cancelado
por
parte
de
JCL
CONSULTORES
SAC
el
pago
del
segundo
anticipo
de
honorarios
requiriendo
al
demandante
para
que
en un
plazo
de 05
das
cumpla
tambiØn
con
este
pago
i
12
Mediante
Resolucin
N
05 de
fecha
16 de
febrero del
2011
EL
ARBITRO
UNICO
resuelve
tener
por
cancelado
por
parte
del
FONDO
DE
RECONTRUCCION
DEL
SUR
FORSUR
el
pago
del
segundo
anticipo
de
honorarios
asimismo
cita
a
fecha
de
Audiencia
de
Saneamiento
Conciliacin
y
Fijacin
de
Puntos
Controvertidos
para
el
da
24
de
febrero
del
2
011
a
horas
0400
p
m
en
la
sede
arbitral
sito
en
calle
Justo
Vigil
N
490
Magdalena
del
Mar
13
Con
fecha
24 de
febrero del
2
011
JCL
CONSULTORES
SAC
cumpli
con
presentar
en
sede
arbitral
su
propuesta
de
Puntos
Controvertidos
y
correccin
numØrica
de
pretensin
Y
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