RESOLUCION N° 0032-2014-JNE - Confirman la Res. N° 002-2013-JEE-PISCO/JNE, en extremo que declaró improcedente inscripción de candidatura al cargo de regidor del Concejo Distrital de San Andrés, provincia de Pisco, departamento de Ica, para las Nuevas Elecciones Municipales 2014

Fecha de disposición15 Enero 2014
Fecha de publicación15 Enero 2014
El Peruano
Miércoles 15 de enero de 2014 514331
Cañete, departamento de Lima, para las Nuevas Elecciones
Municipales 2014, a realizarse el 16 de marzo de 2014.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
PEREIRA RIVAROLA
AYVAR CARRASCO
CORNEJO GUERRERO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1037750-1
Confirman la Res. N° 002-2013-
JEE-PISCO/JNE, en extremo que
declaró improcedente inscripción
de candidatura al cargo de regidor
del Concejo Distrital de San Andrés,
provincia de Pisco, departamento
de Ica, para las Nuevas Elecciones
Municipales 2014
RESOLUCIÓN N° 0032-2014-JNE
Expediente N° J-2014-00009
SAN ANDRÉS - PISCO - ICA
JEE PISCO (Expediente N° 0013-2013-008)
NUEVAS ELECCIONES MUNICIPALES 2014
Lima, ocho de enero de dos mil catorce
VISTO en audiencia pública de la fecha, el recurso de
apelación interpuesto por Sixto William Pacheco Arteaga,
personero legal titular, acreditado ante el Jurado Electoral
Especial de Pisco, de la organización política de alcance
nacional Acción Popular, en contra de la Resolución N°
002-2013-JEE-PISCO/JNE, del 26 de diciembre de 2013,
emitida por el Jurado Electoral Especial de Pisco, en el
extremo en que declaró improcedente la inscripción de la
candidatura al cargo de regidor del Concejo Distrital de
San Andrés, provincia de Pisco, departamento de Ica, en
el proceso de Nuevas Elecciones Municipales 2014, del
ciudadano Ulices David De la Cruz Tasayco, y oído el
informe oral.
ANTECEDENTES
El procedimiento de inscripción de la lista de
candidatos
Con fecha 16 de diciembre de 2013, Sixto William
Pacheco Arteaga, personero legal titular, acreditado ante
el Jurado Electoral Especial de Pisco, de la organización
política de alcance nacional Acción Popular, solicita
la inscripción de su lista de candidatos para el Concejo
Distrital de San Andrés, provincia de Pisco, departamento
de Ica, en el proceso de Nuevas Elecciones Municipales
2014.
Mediante la Resolución N° 001-2013-JEE-PISCO/JNE,
del 19 de diciembre de 2013, el Jurado Electoral Especial
de Pisco declaró inadmisible la solicitud de inscripción de
lista de candidatos presentada por Acción Popular (fojas
045 al 048), en virtud de los siguientes fundamentos:
1. El acta de elecciones internas presentada no
se encontraba f‌i rmada por el personero legal de la
organización política.
2. El Plan de Gobierno no ha desarrollado los puntos
señalados en el formato resumen, siendo que tampoco fue
suscrito por el personero legal de la organización política.
3. No se encuentra acreditado el periodo mínimo de
domicilio por dos años continuos, en el distrito de San
Andrés, del candidato a alcalde De Joel Hernán Carbajal
Aramburú, ni de los candidatos a regidores Ulices David
De la Cruz Tasayco y Luis Ángel Campos Tello.
4. No se encuentra acreditado que el candidato a
regidor Ulices David De la Cruz Tasayco haya solicitado
licencia sin goce de haber por treinta días naturales antes
de la elección, a pesar de que en su declaración jurada
de vida, consignó que viene laborando en la Empresa
Nacional de Puertos como auxiliar operativo.
Con fecha 24 de diciembre de 2013, Sixto William
Pacheco Arteaga, personero legal titular, acreditado ante
el Jurado Electoral Especial de Pisco, de Acción Popular,
presenta un escrito con la f‌i nalidad de subsanar las
observaciones realizadas por el Jurado Electoral Especial
de Pisco, remitiendo la siguiente documentación:
1. Acta de elecciones internas suscrita por Sixto William
Pacheco Arteaga, personero legal titular, acreditado ante
el Jurado Electoral Especial de Pisco, de Acción Popular
(fojas 056).
2. Resumen del plan de gobierno, suscrito en todas
sus páginas por Sixto William Pacheco Arteaga, personero
legal titular, acreditado ante el Jurado Electoral Especial de
Pisco, de Acción Popular (fojas 059 al 064).
3. Copia legalizada del documento nacional de
identidad de De Joel Hernán Carbajal Aramburú, emitido
el 16 de enero de 2007, con fecha de caducidad prevista
para el 16 de enero de 2013, en el que se consigna como
domicilio un inmueble ubicado en el distrito de San Andrés
(fojas 065).
4. Copia legalizada del documento nacional de identidad
de Ulices David De la Cruz Tasayco, emitido el 26 de junio
de 2007, con fecha de caducidad prevista para el 26 de
junio de 2013, en el que se consigna como domicilio un
inmueble ubicado en el distrito de San Andrés (fojas 066).
5. Cargo de recibo de la solicitud de licencia, sin goce
de haberes, a partir del 12 de febrero hasta el 12 de marzo
de 2014, presentada el 23 de diciembre de 2013 a las 9:54
horas, por Ulices David De la Cruz Tasayco, y dirigida a
Segundo Máximo Heras Herrera, gerente del terminal
portuario General San Martín (fojas 067).
6. Copia simple del documento nacional de identidad
de Luis Ángel Campos Tello, emitido el 18 de setiembre
de 2012, con fecha de caducidad prevista para el 26 de
febrero de 2017, en el que se consigna como domicilio, un
inmueble ubicado en el distrito de San Andrés (fojas 068).
7. Certif‌i cado de inscripción en el Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil, del 23 de diciembre de 2013,
correspondiente a Luis Ángel Campos Tello, en la que se
indica que dicho ciudadano fue inscrito el 16 de febrero de
2009, en el distrito de San Andrés (fojas 069).
8. Credencial emitida por el Jurado Electoral Especial
de Ica, el 18 de julio de 2013, a Luis Ángel Campos Tello,
para su reconocimiento provisional como regidor del
Concejo Distrital de San Andrés (fojas 070).
A través de la Resolución N° 002-2013-JEE-PISCO/
JNE, del 26 de diciembre de 2013, el Jurado Electoral
Especial de Pisco admite y publica la lista de candidatos
presentada por Acción Popular, sin embargo, declara
improcedente la candidatura del ciudadano Ulices David
De la Cruz Tasayco (fojas 072 al 073), debido a que la
solicitud de licencia presentada por dicho candidato no se
encuentra dentro del plazo establecido en el artículo 8,
numeral 1, inciso e, de la Ley N° 26864, Ley de Elecciones
Municipales (en adelante LEM).
De acuerdo a lo señalado por el Jurado Electoral
Especial, la solicitud de licencia fue solicitada por un
periodo de veintinueve días, el cual vence tres días antes
de la elección a realizarse el 16 de marzo de 2014.
Consideraciones de la apelante
Con fecha 28 de diciembre de 2013, Sixto William
Pacheco Arteaga, personero legal titular, acreditado ante
el Jurado Electoral Especial de Pisco, de la organización
política de alcance nacional Acción Popular, interpone
recurso de apelación en contra de la Resolución N° 002-
2013-JEE-PISCO/JNE, en el extremo en que declara
improcedente la candidatura de Ulices David De la Cruz
Tasayco, alegando lo siguiente:
1. En forma errada, el Jurado Electoral Especial ha
señalado que las Nuevas Elecciones Municipales se
llevarán a cabo el 16 de marzo de 2013, y no así del año
2014.

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