RESOLUCION JEFATURAL N° 0113-2014-J/ONPE - Delegan diversas facultades en el Gerente General y en el Gerente de la Gerencia de Administración de la ONPE

Fecha de disposición14 Mayo 2014
Fecha de publicación14 Mayo 2014
El Peruano
Miércoles 14 de mayo de 2014
523198
Calca 2011, y ii) para prestar los servicios de capacitación
en el curso taller sobre parásitos internos y externos en
vacunos y ovinos en la comunidad de Accha Baja, realizado
el día 8 de noviembre de 2011. Ahora bien, del examen de
los comprobantes de pago, órdenes de servicio y recibos
por honorarios aportados por el solicitante de la vacancia
(documentos de fojas 59 a 64), resulta evidente que Adriel
Korak Carrillo Cajigas se vinculó contractualmente con
la entidad municipal a través de contratos de naturaleza
eminentemente civil, pues los servicios para los que el
locador fue contratado no se prestaron en situación de
dependencia, esto es, de manera continua y permanente,
sujeto el contratado a un horario de trabajo. Luego, debe
concluirse que no se ha acreditado la existencia del
segundo elemento constitutivo de la causal de vacancia
por nepotismo.
10. Dicho esto, y toda vez que no se cumple con el
segundo nivel de análisis, carece de objeto continuar
con el análisis restante, no conf‌i gurándose, por ende,
la causal de nepotismo imputada al regidor Bernardino
Carrillo Ramírez, relacionada con el ejercicio de injerencia
para la contratación de su sobrino Adriel Korak Carrillo
Cajigas por la Municipalidad Provincial de Calca.
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de
Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
Artículo Único.- Declarar INFUNDADO el recurso de
apelación interpuesto por Pascual Jacinto Madera Toledo,
y en consecuencia, CONFIRMAR el Acuerdo de Concejo
Nº 093-2013/CM-MPC, del 5 de diciembre de 2013, que
declaró improcedente su recurso de reconsideración en
contra del Acuerdo de Concejo Nº 081-2013/CM-MPC,
que rechazó, a su vez, su solicitud de declaratoria de
vacancia en contra de Bernardino Carrillo Ramírez, regidor
de la Municipalidad Provincial de Calca, departamento de
Cusco, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 8,
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
TÁVARA CÓRDOVA
CHÁVARRY VALLEJOS
AYVAR CARRASCO
RODRÍGUEZ VÉLEZ
Samaniego Monzón
Secretario General
1082353-5
OFICINA NACIONAL DE
PROCESOS ELECTORALES
Delegan diversas facultades en el
Gerente General y en el Gerente de
la Gerencia de Administración de la
ONPE
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 0113-2014-J/ONPE
Lima, 13 de mayo de 2014
VISTOS: El Memorando N° 000452-2014-SG/ONPE
de la Secretaría General y el Informe N° 000173-2014-
GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30114, se aprobó la Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014;
General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado
normativa que rige las distintas fases del proceso
presupuestario, los criterios técnicos y los mecanismos
operativos que permitan optimizar la gestión administrativa
y f‌i nanciera del Estado;
Que, el numeral 7.1 del artículo 7º del referido
Texto Único Ordenado- TUO, señala que el Titular de la
Entidad es la más alta Autoridad Ejecutiva, en materia
presupuestal, pudiendo delegar sus funciones cuando lo
establezca expresamente la Ley General, las Leyes de
Presupuesto del Sector Público o la norma de creación
de la Entidad;
Que, el numeral 40.2 del artículo 40º del precitado
TUO de la Ley General, precisa que el Titular de la
Entidad puede delegar la facultad de aprobación de las
modif‌i caciones presupuestarias en el nivel Funcional
Programático, a través de disposición expresa, la misma
que debe ser publicada en el Diario Of‌i cial El Peruano;
Que, de otro lado, el Decreto Legislativo N° 1017,
Ley de Contrataciones del Estado (en adelante la Ley)
y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 184-2008-EF (en adelante el Reglamento), y sus
modif‌i catorias, constituyen los cuerpos normativos que
contienen las disposiciones y lineamientos que deben
observar las Entidades del Sector Público en los procesos
de contrataciones de bienes, servicios u obras, así como
también regulan las obligaciones y derechos que se
derivan de los mismos;
Que, el artículo 5° de la Ley concordante con el artículo
5° de su Reglamento, establecen que el Titular de la Entidad
podrá delegar mediante Resolución, la autoridad que la Ley le
otorga, no pudiendo ser objeto de delegación, la aprobación
de exoneraciones, la declaración de nulidad de of‌i cio y las
autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros
supuestos que se establecen en el citado Reglamento;
Que, el literal u) del artículo 11° del Reglamento de
Organización y Funciones de la Of‌i cina Nacional de
Procesos Electorales – ONPE, aprobado por Resolución
Jefatural N° 063-2014-J/ONPE, establece que la Jefatura
Nacional puede delegar las facultades administrativas y/
o legales que sean procedentes, conforme a las leyes y
disposiciones vigentes;
Que, a efecto de lograr una gestión administrativa más
dinámica en materia presupuestal para el ejercicio f‌i scal
2014, y garantizar la celeridad de los procedimientos en
el marco de la normativa de contratación pública, resulta
necesario delegar en los funcionarios que corresponda,
las facultades susceptibles de delegación;
En uso de las facultades conferidas en el Texto Único
Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema
Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo
N° 304-2012 EF, en el Decreto Legislativo N° 1017, Ley
de Contrataciones del Estado y su Reglamento, aprobado
literal u) del artículo 11° del Reglamento de Organización
y Funciones de la Entidad aprobado por Resolución
Jefatural N° 063-2014-J/ONPE;
Con el visado de la Gerencia General, de la Secretaría
General, de las Gerencias de Administración y de Asesoría
Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Delegar en el Gerente General, las
siguientes facultades:
En materia presupuestal:
a) Aprobar las Modif‌i caciones Presupuestarias en
el Nivel Funcional Programático del Pliego 032: Of‌i cina
Nacional de Procesos Electorales, durante el Año Fiscal
2014.
En materia de contratación pública:
a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones y sus
modif‌i caciones.
b) Evaluar el Plan Anual de Contrataciones de la
Entidad.
c) Celebrar convenios con otras entidades del sector
público para encargarles la realización de los procesos de
contratación.
d) Resolver los recursos de apelación interpuestos
por los participantes de los procesos de selección, que no

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