RESOLUCION JEFATURAL N° 054-2014/SIS - Aprueban pago directo de prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, correspondiente al mes de febrero de 2014
Fecha de disposición | 26 Febrero 2014 |
Fecha de publicación | 26 Febrero 2014 |
El Peruano
Miércoles 26 de febrero de 2014
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o de los Gobiernos Regionales, con las que el SIS tenga
fi rmado convenios y estén vigentes, podrán solicitar a la
Sede Central del SIS ser evaluados bajo el mecanismo
de la presente norma, debiendo cumplir con los requisitos
establecidos, incluso si se solicita la evaluación física del
100% de las prestaciones y/o de sus reconsideraciones.”
Artículo 2º.- Encargar a la Secretaría General la
publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial
“El Peruano” y la coordinación con la Ofi cina General de
Tecnología de la Información para la publicación en la
página web del Seguro Integral de Salud.
Regístrese, comuníquese y publíquese;
PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud
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Aprueban pago directo de prestaciones
económicas de sepelio a nivel nacional,
correspondiente al mes de febrero de
2014
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 054 -2014/SIS
Lima, 24 de Febrero de 2014
VISTOS: El Informe N° 001-2014-SIS-GNF-PCT-LLA
con Proveído Nº 032-2014-SIS-GNF de la Gerencia de
Negocios y Financiamiento, sobre el pago directo de las
prestaciones económicas de sepelio a nivel nacional, el
Memorando N° 075-2014-SIS/OGPPDO de la Ofi cina
General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo
Organizacional y el Informe Nº 032-2014-SIS/OGAJ/
JIPL con Proveído N° 089-2014-SIS/OGAJ de la Ofi cina
General de Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que, en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, se
establecen los principios así como los procesos y
procedimientos que regulan el Sistema Nacional de
Presupuesto a que se refi ere el artículo 11° de la Ley Nº
28112, Ley Marco de la Administración Financiera del
Sector Público, en concordancia con los artículos 77º y
78º de la Constitución Política del Perú;
Que, en el numeral 12.1 y 12.2 del artículo 12° de la
Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014, se dispone la autorización de
las transferencias fi nancieras en el Año Fiscal 2014,
entre entidades del Gobierno Nacional, entre las que está
considerada el Seguro Integral de Salud, aprobándose
por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe
ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano;
Que, por Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento
Universal en Salud, se crea al Seguro Integral de
Salud como una Institución Administradora de Fondos
de Aseguramiento en Salud (IAFAS), encargada de
administrar fondos destinados al fi nanciamiento de
prestaciones de salud u ofrecer coberturas de riesgos de
salud a sus afi liados;
Que, a través del artículo 2° del Decreto Supremo N°
007-2012-SA, se precisa que los Planes Complementarios
al PEAS que ofrece el Seguro Integral de Salud, incluyen
la prestación económica de sepelio a nivel nacional;
Que, por Resolución Ministerial N° 910-2011/MINSA,
se modifi ca el numeral 1 del acápite V.2 Del Proceso de
Pago de las Prestaciones de la Directiva Administrativa
N° 112-MINSA/SIS-V.01, aprobada por Resolución
Ministerial N° 422-2007/MINSA, en el que se dispone que
“Las transferencias de recursos serán programadas por el
SIS, a fi n de garantizar el oportuno fi nanciamiento de las
prestaciones”;
Que, de acuerdo al párrafo precedente y al numeral
6.3.2.2 de la Directiva Administrativa Nº 001-2013/SIS/
GNF, que regula el Pago de la Prestación Económica
de Sepelio para los Afi liados a los Regímenes de
Financiamiento Subsidiado y Semicontributivo del Seguro
Integral de Salud, aprobada por Resolución Jefatural
N° 202-2013/SIS, se dispone que “La OGAR, efectúa
el proceso de pago (compromiso, devengado, girado y
pagado) de las Prestaciones Económicas de Sepelios,
con la emisión de la carta orden de habilitación de fondos
en la cuenta corriente de la respectiva entidad bancaria”;
Que, con Memorando N° 075-2014-SIS/OGPPDO,
la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y
Desarrollo Organizacional, aprueba las Certifi caciones de
Crédito Presupuestal N°s 0144 y Nº 0156 para el pago de
las prestaciones económicas de sepelio correspondientes
a las fuentes de Financiamiento de Recursos Ordinarios y
Recursos Directamente Recaudados, respectivamente;
Que, mediante documento de vistos, la Gerencia de
Negocios y Financiamiento, sustenta la necesidad de
aprobar los pagos directos de las prestaciones económicas
de sepelio, correspondientes al mes de febrero del 2014;
Con el visto bueno de la Secretaría General, de la
Gerencia de Negocios y Financiamiento, de la Ofi cina
General de Administración de Recursos y con la opinión
favorable de la Ofi cina General de Planeamiento,
Presupuesto y Desarrollo Organizacional y de la Ofi cina
General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo establecido en el numeral 12.2
del artículo 12° de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y de acuerdo
a lo dispuesto en el numeral 11.8 del artículo 11º del
Reglamento de Organización y Funciones del Seguro
Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-
2011-SA;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el pago directo de prestaciones
económicas de sepelio a nivel nacional por la suma total
de SIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y
CINCO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON
70/100 NUEVOS SOLES, (S/. 7’345,697.70) con cargo a
las Fuentes de Financiamiento 00: Recursos Ordinarios y
09: Recursos Directamente Recaudados, correspondiente
al mes de febrero 2014, de acuerdo al siguiente detalle:
00-Recursos Ordinarios S/. 7’325,997.70
09-Recursos Directamente Recaudados S/. 19,700.00
TOTAL S/. 7’345,697.70
Artículo 2°.- Encargar a la Secretaría General, la
publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial
“El Peruano”; así como coordinar con la Ofi cina General
de Tecnología de la Información la publicación en el Portal
del Seguro Integral de Salud.
Regístrese, Comuníquese y Publíquese;
PEDRO FIDEL GRILLO ROJAS
Jefe del Seguro Integral de Salud
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SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
Modifican literal del numeral 6.12 de
las Disposiciones Específicas de la
“Directiva que regula la selección de
personal bajo el régimen laboral de la
actividad privada en la Superintendencia
Nacional de Bienes Estatales - SBN”
RESOLUCIÓN Nº 020-2014/SBN
San Isidro, 20 de febrero de 2014
VISTOS:
El Informe Nº 011-2014/SBN-OAF-SAPE de fecha
10 de febrero de 2014, del Sistema Administrativo de
Personal, y el Informe Especial Nº 0122-2014/SBN-
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