Investigacion DEFINITIVA Nº 5536-2015-LIMA. Imponen la medida disciplinaria de destitución a asistente de notificaciones del Décimo Sexto Juzgado Civil con Subespecialidad en lo Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima

Fecha de publicación04 Junio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
(Se publican las siguientes resoluciones a solicitud del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Oficio N° 3118-2023-SG-CE-PJ, recibido el 2 de junio de 2023)

Lima, diecisiete de agosto de dos mil veintidós. -

VISTA:

La Investigación número cinco mil quinientos treinta y seis guión dos mil quince guión Lima en el extremo que contiene la propuesta de destitución del señor Marcos Fernando Vargas Rivas, por su desempeño como asistente de notificaciones del Décimo Sexto Juzgado Civil Subespecializado en lo Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, remitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial mediante Resolución número sesenta y uno del dieciocho de diciembre de dos mil veinte.

CONSIDERANDO:

Primero. Que, en la Investigación número dos mil ochocientos veintidós guión dos mil quince, por el cobro indebido de diversos certificados de consignación en los Expedientes números mil cuatrocientos sesenta y siete guión dos mil doce, seis mil quinientos sesenta y siete guión dos mil nueve; y cuatro mil ochocientos cincuenta guión dos mil nueve, tramitados en el Décimo Sexto Juzgado Civil Subespecializado en lo Comercial de Lima, mediante Resolución número diez del dos de octubre de dos mil quince, de fojas cinco al quince, se dispuso haber mérito para abrir procedimiento disciplinario contra el magistrado José Paulino Espinoza Córdova, en su desempeño como juez del Décimo Sexto Juzgado Civil Subespecializado en lo Comercial de Lima, contra el servidor judicial Marcos Fernando Vargas Rivas, en su desempeño como asistente de notificaciones de dicha judicatura, contra los servidores judiciales Luis Enrique Sánchez Valverde, Juan Carlos Núñez Matos y Yoler Aníbal Vásquez Minaya, en sus desempeños como especialistas legales del referido juzgado; y contra las servidoras Janeth Ludeña Mendoza y Julissa Rosales Nieto, en sus correspondientes desempeños como administradora y asistente de administración de los Juzgados y Salas Comerciales de Lima, respectivamente.

Asimismo, se dispuso abrir investigación preliminar con el objeto de recabar los elementos de convicción y/o indiciarios suficientes que permitan determinar si amerita abrir procedimiento disciplinario sobre el presunto cobro indebido de certificados de consignación en los Expedientes números tres mil ciento treinta y seis guión dos mil diez, ocho mil setecientos veintiocho guión dos mil once; y siete mil quinientos sesenta y dos guión dos mil trece, adoptándose para ello las medidas y/o acciones que se estimen necesarias y pertinentes. El mandato de apertura de investigación preliminar básicamente señala que conforme la declaración prestada por el servidor judicial Juan Carlos Núñez Matos, éste habría mencionado que habrían ocurrido otras pérdidas y posteriores cobros indebidos de certificados de depósitos judiciales en los mencionados expedientes.

En la Investigación número cinco mil quinientos treinta y seis guión dos mil cinco, comprendida por la Investigación Preliminar y Queja Acumulada número cuatro mil quinientos noventa y tres guión OCMA, a través de la Resolución número siete del uno de junio de dos mil dieciséis, de folios ciento noventa y uno a doscientos dos, la jueza superior de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Lima, dispuso:

“(…)

a) Haber mérito para abrir procedimiento disciplinario contra el ex servidor judicial Marcos Fernando Vargas Rivas en su desempeño como asistente de notificaciones del Décimo Sexto Juzgado Civil Subespecializado en lo Comercial de Lima por el cargo descrito en el literal a) del segundo considerando de dicha Resolución;

b) Haber mérito para abrir procedimiento disciplinario contra los servidores judiciales Yoler Aníbal Vásquez Minaya y Juan Carlos Nuñez Mattos, en sus desempeños como especialistas legales del Décimo Sexto Juzgado Civil Subespecializado en lo Comercial de Lima.

c) Haber mérito para abrir procedimiento disciplinario contra las servidoras Janeth Ludeña Mendoza y Julissa Rosales Nieto en sus actuaciones como administradora y asistente de administración de los Juzgados y Salas Comerciales de Lima, respectivamente; y

d) Haber mérito para abrir procedimiento disciplinario contra el magistrado José Paulino Espinoza Córdova en su actuación como juez del Décimo Sexto Juzgado Civil Comercial de Lima.

(…)

Segundo:

De las documentales remitidas se desprende que las presuntas irregularidades en que se habrían incurrido consistirían en lo siguiente:

Contra el ex Servidor Judicial: Marcos Fernando Vargas Rivas

a) Habría participado en el procedimiento de cobro indebido de certificados de consignación, sustrayendo éstos del área de Administración de los Juzgados y Salas Comerciales de Lima, para facilitarlos a terceros a fin de que intentaran y/o procedieran a cobrarlos en el Banco de la Nación.

(…)”

Luego, por Resolución número ocho del nueve de junio de dos mil dieciséis, de folios doscientos cuatro y doscientos cinco, expedida por el magistrado de primera instancia de la ODECMA de la Corte Superior de Justicia de Lima, se dispuso notificar al ex servidor judicial Marco Fernando Vargas Rivas, en su desempeño como asistente de notificaciones del Décimo Sexto Juzgado Civil Subespecializado en lo Comercial de Lima; así como a los servidores Yoler Aníbal Vásquez Minaya y Juan Carlos Nuñez Mattos, en sus desempeños como especialistas legales de dicho juzgado, a las servidoras Janeth Ludeña Mendoza y Julissa Rosales Nieto, en sus actuaciones como administradora y asistente de administración de los Juzgados y Salas Comerciales de Lima, respectivamente; y al magistrado José Paulino Espinoza Córdova, en su actuación como juez del Décimo Sexto Juzgado Civil Subespecializado en lo Comercial de Lima, a fin de que dentro del quinto día de notificados emitan sus informes de descargo y ejerciten su derecho de defensa, debiendo acompañar todos los medios probatorios que lo sustente.

Por Resolución número veintisiete del once de noviembre de dos mil dieciséis, de folios cuatrocientos treinta y uno a cuatrocientos treinta y dos, la magistrada de la Unidad Desconcentrada de Investigaciones y Visitas de la ODECMA de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró extinguido el procedimiento disciplinario seguido contra el magistrado José Paulino Espinoza Córdova, en su actuación como juez del Décimo Sexto Juzgado Subespecializado en lo Comercial de Lima, por causal de fallecimiento del administrado, en consecuencia carente de objeto emitir pronunciamiento respecto al cargo que se le atribuye.

Por...

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