RESOLUCION DIRECTORAL N° 3589-2014-MTC/15 - Autorizan a Inversiones Múltiples RV Gas S.A.C. como taller de conversión a gas natural vehicular y operar en local ubicado en el departamento de Lima

Fecha de publicación07 Septiembre 2014
Fecha de disposición07 Septiembre 2014
El Peruano
Domingo 7 de setiembre de 2014 532017
ACTO Fecha máxima de
presentación
Primera renovación o
contratación de nueva póliza 22 de mayo de 2015
Segunda renovación o
contratación de nueva póliza 22 de mayo de 2016
Tercera renovación o
contratación de nueva póliza 22 de mayo de 2017
Cuarta renovación o contratación
de nueva póliza 22 de mayo de 2018
Quinta renovación o contratación
de nueva póliza 22 de mayo de 2019
En caso que la empresa autorizada, no cumpla con
presentar la renovación o contratación de una nueva
póliza al vencimiento de los plazos antes indicados, se
procederá conforme a lo establecido en el numeral 6.6 de
la Directiva Nº 001-2005-MTC/15 referida a la caducidad
de la autorización.
Artículo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías
(SUTRAN), copia de la presente Resolución Directoral
para las acciones de control conforme a su competencia.
Artículo Quinto.- Remítase copia de la presente
Resolución Directoral al Administrador del Sistema de
Control de Carga de GNV.
Artículo Sexto.- La presente Resolución Directoral
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en
el Diario Of‌i cial “El Peruano”. El costo de la publicación
de la presente Resolución Directoral será asumido por la
empresa solicitante.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ
Director General (e)
Dirección General de Transporte Terrestre
1131060-1
Autorizan a Inversiones Múltiples RV
Gas S.A.C. como taller de conversión a
gas natural vehicular y operar en local
ubicado en el departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 3589-2014-MTC/15
Lima, 27 de agosto de 2014
VISTOS:
Los Partes Diarios Nºs. 133658, 143821 y 149037
presentados por la empresa denominada INVERSIONES
MULTIPLES RV GAS S.A.C.-RVGAS S.A.C., mediante
los cuales solicita autorización para funcionar como Taller
de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, en el local
ubicado en la Av. Los Postes Este S/N, Mz. O-IV, Lt. 5
y 6, Asociación Pro Vivienda Inca Manco Capac, distrito
de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de
Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Directiva Nº 001-2005-MTC/15, aprobada por
Resolución Directoral Nº 3990-2005-MTC/15, modif‌i cada
por las Resoluciones Directorales Nºs. 7150-2006-MTC/15
y 4284-2008-MTC/15 y elevada a rango de Decreto
Supremo conforme al Artículo 2º del Decreto Supremo
Nº 016-2008-MTC, sobre “Régimen de autorización
y funcionamiento de las Entidades Certif‌i cadoras de
Conversiones y Talleres de Conversión a GNV”, en
adelante La Directiva, establece el procedimiento y
requisitos que deben presentar las personas jurídicas
para ser autorizadas como Talleres de Conversión a Gas
Natural Vehicular;
Que, el numeral 6 de la citada Directiva, el Taller de
Conversión a Gas Natural Vehicular es el establecimiento
autorizado por la Dirección General de Transporte Terrestre
para realizar la conversión del sistema de combustión de
los vehículos originalmente diseñados para la combustión
de gasolina, al sistema de combustión de GNV, mediante
la incorporación de un kit de conversión o el cambio de
motor, para cuyo efecto dispone de personal técnico
capacitado, instalaciones, equipos y herramientas para la
instalación, mantenimiento y reparación de los equipos de
conversión, del motor dedicado instalado y del vehículo
convertido en general;
Que, mediante Parte Diario Nº 133658 de fecha 30
de julio de 2014 la empresa denominada INVERSIONES
MULTIPLES RV S.A.C.-RVGAS S.A.C., en adelante La
Empresa, solicita autorización para funcionar como Taller
de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV, en el local
ubicado en la Av. Los Postes Este S/N, Mz. O-IV, Lt. 5
y 6, Asociación Pro Vivienda Inca Manco Capac, Distrito
de San Juan de Lurigancho, Provincia y Departamento de
Lima, con la f‌i nalidad de realizar la conversión del sistema
de combustión de los vehículos originalmente diseñados
para la combustión de gasolina, diesel o GLP al sistema
de combustión de GNV mediante la incorporación de un
kit de conversión, para cuyo efecto manif‌i esta disponer
de personal técnico capacitado, instalaciones, equipos
y herramientas para la instalación, mantenimiento y
reparación de los equipos de conversión;
Que, mediante Parte Diario Nº 143821 de fecha 14 de
agosto de 2014, La Empresa adjunta documentación a f‌i n
de ser anexada al Parte diario Nº 133658;
Que, mediante Of‌i cio Nº 6231-2014-MTC/15.03 de
fecha 20 de agosto de 2014 notif‌i cado el 22 de agosto del
mismo año, esta Administración formuló las observaciones
pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa,
requiriéndole la subsanación correspondiente, para la cual se
le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles, y mediante Parte
Diario Nº 149037 de fecha 22 de agosto de 2014, presentó
diversa documentación con la f‌i nalidad de subsanar las
observaciones señaladas en el of‌i cio indicado;
Que, de acuerdo al Informe Nº 2436-2014-MTC/15.03.
AA.CITV, elaborado por la Dirección de Circulación
y Seguridad Vial, se advierte que la documentación
presentada, cumple con lo establecido en el numeral
6.2 de la Directiva, por lo que procede emitir el acto
administrativo autorizando a la empresa INVERSIONES
MULTIPLES RV GAS S.A.C.-RVGAS S.A.C., como Taller
de Conversión a Gas Natural Vehicular – GNV;
De conformidad con la Ley Nº 29370, Decreto Supremo
Nº 058-2003-MTC y sus modif‌i catorias; y la Directiva Nº
001-2005-MTC/15 sobre el “Régimen de Autorización
y Funcionamiento de las Entidades Certif‌i cadoras de
Conversiones y de los Talleres de Conversión a GNV”,
aprobada por Resolución Directoral Nº 3990-2005-
MTC/15 y modif‌i cada por las Resoluciones Directorales
Nºs. 7150-2006-MTC/15 y 4284-2008-MTC/15 y elevado
al rango de Decreto Supremo conforme al Artículo 2º del
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar a la empresa denominada
INVERSIONES MULTIPLES RV GAS S.A.C.-RVGAS
S.A.C., como Taller de Conversión a Gas Natural Vehicular
– GNV y operar en el local ubicado en la Av. Los Postes
Este S/N, Mz. O-IV, Lt. 5 y 6, Asociación Pro Vivienda
Inca Manco Capac, Distrito de San Juan de Lurigancho,
Provincia y Departamento de Lima, por el plazo de
cinco (05) años contados a partir del día siguiente de la
publicación de la presente Resolución Directoral en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Segundo.- La empresa INVERSIONES
MULTIPLES RV GAS S.A.C.-RVGAS S.A.C., bajo
responsabilidad debe presentar a la Dirección General
de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, el correspondiente “Certif‌i cado de
Inspección del Taller” vigente emitido por alguna Entidad
Certif‌i cadora de Conversiones antes del vencimiento de
los plazos que se señalan a continuación:
ACTO Fecha máxima de presentación
Primera Inspección anual del taller 30 de julio del 2015

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