DECRETO SUPREMO N° 039-2014-PCM - Crean Comisión Multisectorial de naturaleza permanente encargada del diseño, seguimiento y evaluación de la implementación de iniciativas intersectoriales de los sectores Educación, Salud y Desarrollo e Inclusión Social, en el marco de sus respectivas competencias, orientadas a optimizar los logros de aprendizaje de las y los estudiantes de instituciones educativas públicas de Educación Básica Regular y Especial

Fecha de disposición07 Junio 2014
Fecha de publicación07 Junio 2014
El Peruano
Sábado 7 de junio de 2014
524774
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Crean Comisión Multisectorial de
naturaleza permanente encargada
del diseño, seguimiento y evaluación
de la implementación de iniciativas
intersectoriales de los sectores
Educación, Salud y Desarrollo e
Inclusión Social, en el marco de sus
respectivas competencias, orientadas a
optimizar los logros de aprendizaje de
las y los estudiantes de instituciones
educativas públicas de Educación
Básica Regular y Especial
DECRETO SUPREMO
Nº 039-2014-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 1 y 44 de la
Constitución Política del Perú, la defensa de la persona
humana y el respeto de su dignidad son el f‌i n supremo de
la sociedad y del Estado, siendo deberes primordiales de
este último, garantizar la plena vigencia de los derechos
humanos, proteger a la población de las amenazas contra
su seguridad, y promover el bienestar general que se
fundamenta en la justicia y en el desarrollo integral y
equilibrado de la Nación;
Que, en tal medida, constituye deber del Estado
desplegar procesos orientados a la inclusión social,
entendida como aquella situación en la que todos los
ciudadanos y ciudadanas del país pueden ejercer sus
derechos, acceder a servicios públicos de calidad,
participar en la comunidad nacional en condiciones de
igualdad, y contar con las capacidades esenciales para
aprovechar las oportunidades que abre el crecimiento
económico;
Que el artículo 3 del Reglamento de la Ley General
de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 011-
2012-ED, establece que en las instituciones educativas
públicas de Educación Inicial, Primaria y Secundaria de
Educación Básica Regular, o su equivalente para niños
y adolescentes de la Educación Básica Alternativa y
Educación Básica Especial, se brindan programas
complementarios de alimentación y salud; siendo
responsabilidad de las instancias de gestión educativa
descentralizada realizar coordinaciones con los demás
Ministerios e instituciones públicas, para que esta función
se cumpla con carácter intersectorial, con apoyo de los
Gobiernos Regionales y Locales;
Que, por su parte, la Ley N° 26842, Ley General de
Salud, señala que la salud es condición indispensable del
desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el
bienestar individual y colectivo, siendo responsabilidad
del Estado promover las condiciones que garanticen
una adecuada cobertura de prestaciones de salud a
la población, en términos socialmente aceptables de
seguridad, oportunidad y calidad;
Que, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo
N° 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Salud, el Sector Salud está conformado
por el Ministerio de Salud como organismo rector; tiene
entre otras funciones, conducir el Sistema Nacional
Coordinado y Descentralizado de Salud; y, siendo la
Autoridad de Salud a nivel nacional, tiene como f‌i nalidad
la promoción de la salud, la prevención de enfermedades,
la recuperación de la salud y la rehabilitación en salud de
la población;
Que, mediante la Ley N° 29792, se creó el Ministerio
de Desarrollo e Inclusión Social, el cual tiene la f‌i nalidad
de mejorar la calidad de vida de la población, promoviendo
el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el
desarrollo de capacidades, en coordinación y articulación
con las diversas entidades del sector público, el sector
privado y la sociedad civil;
se aprobó la Estrategia Nacional de Desarrollo e
Inclusión Social “Incluir para Crecer”, en cuyos ejes de
Desarrollo Infantil Temprano y Desarrollo Integral de la
Niñez y la Adolescencia se busca impulsar el desarrollo
físico, cognitivo, emocional y social en niños y niñas
menores de cinco años, e incrementar las competencias
para el desarrollo personal, educativo y ocupacional
de niños, niñas y adolescentes, específ‌i camente en
la población del ámbito del Programa Nacional de
Alimentación Escolar Qali Warma, articulando esfuerzos
intersectoriales e intergubernamentales con prioridad
en la población con mayores niveles de pobreza y
exclusión social;
Que, en el marco de la normativa antes citada, a
partir de las acciones de articulación efectuadas por
los sectores Educación, Salud y Desarrollo e Inclusión
Social, se ha evidenciado la necesidad de implementar
iniciativas intersectoriales orientadas a optimizar los
logros de aprendizaje de las y los estudiantes de
instituciones educativas públicas de Educación Básica
Regular y Especial, con énfasis en las del ámbito del
Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma,
en concordancia con la vigencia de dicho programa, a
f‌i n de generar oportunidades para el desarrollo de sus
competencias y capacidades, que les permitan el ejercicio
pleno de sus derechos ciudadanos;
Que, por lo expuesto, resulta necesario constituir una
Comisión Multisectorial de naturaleza permanente que se
encargue de efectuar el diseño, seguimiento y evaluación
de la implementación de iniciativas intersectoriales de los
sectores Educación, Salud y Desarrollo e Inclusión Social,
orientadas a optimizar los logros de aprendizaje de las
y los estudiantes de instituciones educativas públicas de
Educación Básica Regular y Especial, con énfasis en las
del ámbito del Programa Nacional de Alimentación Escolar
Qali Warma;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
General de Educación; su Reglamento, aprobado por
que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Salud; y, la Ley Nº 29792, Ley de Creación,
Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social;
DECRETA:
Artículo 1.- De la creación y objeto de la Comisión
Multisectorial de naturaleza permanente
Créase la Comisión Multisectorial de naturaleza
permanente, adscrita al Ministerio de Educación,
encargada del diseño, seguimiento y evaluación de la
implementación de iniciativas intersectoriales de los
sectores Educación, Salud y Desarrollo e Inclusión Social,
en el marco de sus respectivas competencias, las cuales
se realizan en la escuela y están orientadas a optimizar
los logros de aprendizaje de las y los estudiantes de
instituciones educativas públicas de Educación Básica
Regular y Especial, con énfasis en las del ámbito del
Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma;
a f‌i n de generar oportunidades para el desarrollo de sus
competencias y capacidades, que les permitan el ejercicio
pleno de sus derechos ciudadanos.
Artículo 2.- De la conformación de la Comisión
Multisectorial
La presente Comisión Multisectorial estará integrada
por:
- Dos representantes del Ministerio de Educación,
uno de los cuales la presidirá.
- Un representante del Ministerio de Salud.
- Un representante del Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social.

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