RESOLUCION Nº 246-2011-PCM/SD - Inscriben la adecuación de constitución de la 'Mancomunidad Municipal Rural del Corredor Interoceánica Pachachaca' en el Registro de Mancomunidades Municipales

Fecha de disposición11 Abril 2011
Fecha de publicación11 Abril 2011
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, lunes 11 de abril de 2011
440745
AÑO DEL
CENTENARIO DE
MACHU PICCHU
PARA EL MUNDO
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL CONSEJO
DE MINISTROS
RR. Nºs. 242, 243, 244 y 245-2011-PCM/SD.- Inscriben
diversas Mancomunidades Municipales en el Registro de
Mancomunidades Municipales 440746
Res. Nº 246-2011-PCM/SD.- Inscriben la adecuación de
constitución de la “Mancomunidad Municipal Rural del
Corredor Interoceánica Pachachaca” en el Registro de
Mancomunidades Municipales 440751
AGRICULTURA
R.D. Nº 12-2011-AG-SENASA-DSV.- Establecen
requisitos f‌i tosanitarios de necesario cumplimiento
en la importación de semillas de moringa de origen y
procedencia India 440752
R.D. Nº 13-2011-AG-SENASA-DSV.- Establecen
requisitos f‌i tosanitarios de necesario cumplimiento
en la importación de semillas de moringa de origen y
procedencia Argentina 440753
CULTURA
Res. Nº 033-2011-SG--MC.- Aprueban modif‌i cación del
Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 007
- Marcahuamachuco para el Ejercicio Fiscal 2011 440754
Res. Nº 034-2011-SG--MC.- Aprueban modif‌i cación del
Plan Anual de Contrataciones de la Unidad Ejecutora 001
- Administración General del Ministerio para el Ejercicio
Fiscal 2011 440754
ENERGIA Y MINAS
R.M. Nº 137-2011-MEM/DM.- Otorgan la Condecoración
“Medalla Ministerio de Energía y Minas” 440755
INTERIOR
R.M. Nº 0374-2011-IN/1501.- Designan Gobernador en el
ámbito Regional de Pasco 440755
PRODUCE
R.D. Nº 170-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aprueban cambio
de titular de permiso de pesca para operar embarcación
de madera, a favor de persona natural 440756
RR.DD. Nºs. 172 y 173-2011-PRODUCE/DGEPP.-
Otorgan permisos de pesca a Pesquera Caroni C.A.
y Panamericana S.A. para operar embarcaciones de
cerco de bandera venezolana en la extracción de atún
440757
R.D. Nº 174-2011-PRODUCE/DGEPP.- Declaran
improcedente solicitud relativa a permiso de pesca para
operar embarcación de cerco en la extracción de atún y
especies af‌i nes 440759
R.D. Nº 175-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan
permiso de pesca a Industria Atunera S.A. para operar
embarcación pesquera de cerco de bandera ecuatoriana
en la extracción de atún 440760
R.D. Nº 177-2011-PRODUCE/DGEPP.- Aceptan
desistimiento de solicitud de permiso de pesca de Geopaxi
S.A. 440762
R.D. Nº 178-2011-PRODUCE/DGEPP.- Declaran
caducidad de permisos de pesca de embarcaciones en
los extremos referidos a la extracción de jurel y caballa
440762
R.D. Nº 179-2011-PRODUCE/DGEPP.- Autorizan a
Tecnológica de Alimentos S.A. el traslado físico con
innovación tecnológica de planta de harina de pescado
convencional 440764
R.D. Nº 187-2011-PRODUCE/DGEPP.- Otorgan permiso
de pesca a Industrial Atunera de Nicaragua S.A. para
operar embarcación pesquera de cerco en la extracción
de atún y especies af‌i nes 440765
R.D. Nº 188-2011-PRODUCE/DGEPP.- Autorizan
a Proteicos Concentrados S.A.C. la instalación de
establecimiento industrial pesquero para desarrollar
la actividad de procesamiento pesquero industrial
440767
R.D. Nº 189-2011-PRODUCE/DGEPP.- Declaran
improcedente solicitud relacionada a permiso de pesca
presentada por Negocios Industriales Real S.A. 440768
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
RR.VMs. Nºs. 227, 231, 233, 234 y 235-2011-MTC/03.-
Otorgan autorizaciones a personas naturales para prestar
servicio de radiodifusión sonora comercial y educativa en
localidades de los departamentos de Arequipa, Apurímac,
Cajamarca, Ayacucho y La Libertad 440769
R.VM. Nº 228-2011-MTC/03.- Declaran aprobada
la renovación de autorización otorgada a Compañía
Latinoamericana de Radiodifusión S.A. mediante R.VM.
N° 456-2001-MTC/15.03 440777
R.VM. Nº 229-2011-MTC/03.- Declaran aprobada
autorización a Producciones Lalo TV Empresa de Radio
y Televisión E.I.R.L. para prestar servicio de radiodifusión
sonora comercial en el distrito de Chirinos, departamento
de Cajamarca 440778
Sumario
Año XXVIII - Nº 11360
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 11 de abril de 2011
440746
R.VM. Nº 232-2011-MTC/03.- Otorgan autorización a
Radio Ilucan S.R.L. para prestar servicio de radiodifusión
sonora comercial en la localidad de Cutervo, departamento
de Cajamarca 440780
ORGANOS AUTONOMOS
CONSEJO NACIONAL DE
LA MAGISTRATURA
Res. Nº 247-2010-PCNM.- Dan por concluido proceso
disciplinario seguido contra magistrado por su actuación
como Vocal Supremo Provisional de la Primera Sala de
Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte
Suprema de Justicia y remiten actuados al Presidente de
la Corte Suprema de Justicia para que el Poder Judicial
imponga la medida disciplinaria pertinente 440782
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. Nº 3620-2011.- Autorizan a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Ica la conversión de of‌i cina especial
en agencia, ubicada en el distrito de Marcona, provincia
de Nasca 440782
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Ordenanza Nº 118-MDSL.- Establecen benef‌i cio de
regularización de edif‌i caciones sin licencia de edif‌i cación
y habilitaciones urbanas en el distrito 440783
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Inscriben diversas Mancomunidades
Municipales en el Registro de
Mancomunidades Municipales
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE
DESCENTRALIZACIÓN
Nº 242-2011-PCM/SD
Lima, 7 de abril de 2011
VISTOS:
El Of‌i cio Nº 001-2011-MMW; el Informe Técnico
de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 009-
2011-MPA-A/SG de la Municipalidad Provincial Anta;
la Ordenanza Municipal Nº 002-2011/CM-MPC de la
Municipalidad Provincial Calca; la Ordenanza Municipal
Nº 005-2011-MPQ-U de la Municipalidad Provincial
Quispicanchi; la Ordenanza Municipal Nº 008-2011-MPU
de la Municipalidad Provincial Urubamba; el Acta de
Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal
Willkamayu”; y el Informe Nº 036-2011–PCM/SD-OGI-
MIRA; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad
Municipal, modif‌i cada por la Ley Nº 29341, en el artículo
2º, def‌i ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo
de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la
f‌i nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios
y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local,
la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad
de servicios a los ciudadanos;
Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que
la inscripción en el Registro de Mancomunidades
Municipales otorga personería jurídica de derecho público
a la mancomunidad municipal;
Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley de la
Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento
de constitución de la mancomunidad municipal;
Que, mediante Resolución de Secretaría de
Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso
adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales
a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de
nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades
Municipales;
Que, mediante el Of‌i cio de Vistos, el Señor Alcalde y
Presidente de la “Mancomunidad Municipal Willkamayu”
solicita la inscripción de ésta, en el Registro de
Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad
Municipal la integran las Municipalidades Provinciales
de Anta, Calca, Quispicanchi y Urubamba, en el
Departamento de Cusco;
Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene
información sobre: Caracterización de la Mancomunidad
Municipal: incentivos, ubicación geográf‌i ca, economía local
y vías de comunicación; Diagnóstico social demográf‌i co:
población rural y urbana, densidad poblacional, acceso a
servicios básicos, servicios de educación, salud y nutrición;
Gestión estratégica: Misión, visión, ámbito territorial,
objetivos, propuesta de perf‌i les de inversión, plan operativo
institucional 2011 y cronograma de actividades; Gestión
descentralizada: estructura orgánica; y Sostenibilidad:
a) análisis de problemas, potencialidades y soluciones
en los ejes: i)Agropecuario y gestión del ambiente, ii)
Turismo, patrimonio y cultura, iii) Desarrollo empresarial
sostenible, iv) Vialidad y ordenamiento territorial, y v)
Desarrollo humano y social; y b) Estrategias: i)Producción
agropecuaria, ii) Centro Económico y Comercial del Sur,
iii) Turismo histórico, vivencial y de aventura, iv) Territorio
ordenado, y v) Desarrollo local concertado;
Que, el Estatuto señala como objeto de la
Mancomunidad Municipal: a) Descontaminación de
la cuenca del Río Vilcanota con tratamiento de aguas
servidas dentro de la jurisdicción, b) Tratamiento de
desechos sólidos utilizando los rellenos sanitarios y el
reciclaje, c) Fomento de la vivienda saludable: i) con
agua de calidad, sistemas de desagüe y eliminación de
aguas servidas y de desechos sólidos, y ii) fomentando
la mejor calidad de vida de los habitantes, d) Promover
la lucha contra la desnutrición materna infantil, de
acuerdo a la agenda nacional, e) Promover y apoyar la
educación inicial, primaria, secundaria y superior, y f)
Elaborar instrumentos de Defensa Civil para monitorear
las zonas de riesgo a través del ordenamiento territorial y
zonif‌i cación económica;
Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto
establece la delegación de las siguientes funciones
específ‌i cas exclusivas: a) Concertar con instituciones,
del sector público y privado, de su jurisdicción, sobre la
elaboración y ejecución, de programas y proyectos, que
favorezcan el desarrollo económico de las provincias,
b) Facilitar y participar en los espacios de concertación
y participación ciudadana, para la planif‌i cación, gestión y
vigilancia de los programas locales de desarrollo social, así
como el apoyo de la población en riesgo, y c) Establecer
el uso del ordenamiento territorial y zonif‌i cación ecológica
a nivel de la mancomunidad municipal. Adicionalmente,
la delegación de las siguientes funciones específ‌i cas
compartidas: a) Ejecutar directamente o proveer la
ejecución de las obras de infraestructura, urbana o
rural, que sean indispensables para el desenvolvimiento
de la vida del ciudadano, la producción, el comercio, el
transporte y la comunicación en las provincias, tales como
carreteras, pistas, puentes, parques, mercados, canales
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 11 de abril de 2011 440747
de irrigación, locales multiusos y obras de saneamiento
básico, en coordinación con las municipalidades
provinciales, b) Promover la descontaminación de la
cuenca del Río Vilcanota, a través de tratamientos de
residuos líquidos, residuos sólidos, reforestación ribereña
y educación para la adaptación al cambio climático, c)
Coadyuvar a la conservación de las áreas culturales,
zonas, sitios y parques arqueológicos, en coordinación
con las instituciones pertinentes, públicas o privadas, y
la cooperación técnica internacional, y d) Otras funciones
que el Consejo Directivo contemple;
Que, f‌i nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad
Municipal Willkamayu”, contiene información sobre
domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos,
plazo de duración indef‌i nida, disposiciones para garantizar
la participación ciudadana, condiciones para la adhesión
y separación de municipalidades, requisitos para su
modif‌i cación, y las reglas para la disposición de bienes en
caso de disolución;
Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la
constitución de la “Mancomunidad Municipal Willkamayu”,
la aprobación de su Estatuto y la designación del
Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General;
Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos,
las Municipalidades Provinciales de Anta, Calca,
Quispicanchi y Urubamba, aprueban la constitución de
la “Mancomunidad Municipal Willkamayu”; ratif‌i cando
el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la
designación del Presidente del Consejo Directivo y del
Gerente General;
Que, acorde con el Informe Nº 036-2011–PCM/SD-OGI-
MIRA, en la elaboración de los documentos presentados
para la inscripción del acto constitutivo se ha cumplido
con el procedimiento establecido en el artículo 11º del
Reglamento de la Ley y en el artículo 6º del Reglamento
del Registro; debiendo procederse a la emisión de
la Resolución de Secretaría de Descentralización,
que dispone la inscripción de la constitución de la
“Mancomunidad Municipal Willkamayu”, en el Registro de
Mancomunidades Municipales;
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029,
Ley de la Mancomunidad Municipal, modif‌i cada por la Ley
aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad
Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización
Nº 228-2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del
Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso
de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de
Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo
de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-
2007-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la
Mancomunidad Municipal
Inscribir en el Registro de Mancomunidades
Municipales a la “Mancomunidad Municipal Willkamayu”;
integrada por las Municipalidades Provinciales de Anta,
Calca, Quispicanchi y Urubamba, en el Departamento
de Cusco; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la
condición de persona jurídica de derecho público, como
entidad pública.
Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo
Directivo
Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad
Municipal Willkamayu”, como sigue:
-Presidente: Benicio Ríos Ocsa, alcalde de la
Municipalidad Provincial de Urubamba.
-Director: Eulogio Uscamaita Chacón, alcalde de la
Municipalidad Provincial de Anta.
-Director: Ciriaco Condori Cruz, alcalde de la
Municipalidad Provincial de Calca.
-Director: Graciano Mandura Crispín, alcalde de la
Municipalidad Provincial de Quispicanchi.
Artículo 3º.- Registro de Anexos
Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto,
el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que
aprueban la Constitución de la “Mancomunidad Municipal
Willkamayu”, en el Registro de Mancomunidades
Municipales.
Artículo 4º.- Publicación
Disponer la publicación de la presente Resolución
de Secretaría de Descentralización en el Diario Of‌i cial El
Peruano, y en la página web de la Presidencia del Consejo
de Ministros: http://www.descentralizacion.gob.pe.
Artículo 5º.- Vigencia
La presente Resolución rige a partir del día siguiente
de su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA
Secretario de Descentralización
626533-1
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE
DESCENTRALIZACIÓN
Nº 243-2011-PCM/SD
Lima, 5 de marzo de 2011
VISTOS:
El Of‌i cio Nº 001-2011-MMCVAA/PCD; el Informe Técnico
de Viabilidad S/N; la Ordenanza Municipal Nº 03-2011-MDT
de la Municipalidad Distrital de Tintay; la Ordenanza
Municipal Nº 04-2011-MDL de la Municipalidad Distrital
de Lucre; la Ordenanza Municipal Nº 02-2011-MDSJCH
de la Municipalidad Distrital de San Juan de Chacña;
la Ordenanza Municipal Nº 001-2011-MDCH de la
Municipalidad Distrital de Chapimarca; el Acta de
Constitución y el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal
Corredor Vial Aymaraes - Andahuaylas” – “MANCOVIAA”;
y el Informe Nº 014-2011-PCM/SD-OGI-JLMM; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad
Municipal, modif‌i cada por la Ley Nº 29341, en el artículo
2º, def‌i ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo
de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la
f‌i nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios
y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local,
la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad
de servicios a los ciudadanos;
Que, la Ley citada, en el artículo 5º, señala que
la inscripción en el Registro de Mancomunidades
Municipales otorga personería jurídica de derecho público
a la mancomunidad municipal;
Que, el artículo 11º del Reglamento de la Ley de la
Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto
Supremo Nº 046-2010-PCM, establece el procedimiento
de constitución de la mancomunidad municipal;
Que, mediante Resolución de Secretaría de
Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso
adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales
a lo previsto en la Ley Nº 29341 y en el Reglamento de
nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades
Municipales;
Que, mediante el Of‌i cio de Vistos, el Señor Alcalde
y Presidente de la “Mancomunidad Municipal Corredor
Vial Aymaraes - Andahuaylas” – “MANCOVIAA” solicita la
inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades
Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran
las Municipalidades Distritales de San Juan de Chacña,
Lucre, Tintay y Chapimarca, en la Provincia de Aymaraes,
en el Departamento de Apurímac;
Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos
contiene información sobre: Diagnóstico institucional de
cada una de las municipalidades en gestión de personas
e inversiones priorizadas, Gestión Estratégica que
comprende la visión, misión, ámbito territorial de cada
distrito, objeto, objetivos, horizonte de planeamiento,
desarrollo económico local, Gestión descentralizada que
detalla la organización y estructura de la mancomunidad,
f‌i nalmente aborda la sostenibilidad de la mancomunidad;
Que, el Estatuto señala como objeto de la
Mancomunidad Municipal: a) Abastecimiento de agua
potable y alcantarillado, b) Promover la participación
vecinal en el desarrollo local, c) Mejoramiento de los

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