RESOLUCION DIRECTORAL Nº 123-2008-EF/94.06.3 - Inscriben acciones comunes representativas del capital social de Internatioinal Consolidated Minerals Inc. en el Registro Público del Mercado de Valores

Fecha de disposición01 Septiembre 2008
Fecha de publicación01 Septiembre 2008
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, lunes 1 de setiembre de 2008
AÑO DE LAS CUMBRES
MUNDIALES
EN EL PERÚ
AÑO DE LAS CUMBRES
MUNDIALES
EN EL PERÚ
Año XXV - Nº 10345
Sumario
PODER EJECUTIVO
PRODUCE
R.VM. Nº 092-2008-PRODUCE/DVP.- Declaran fundada
en parte apelación interpuesta contra la R.D. N° 264-
2008-PRODUCE/DGEPP 379032
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.M. Nº 651-2008-MTC/03.- Declaran extinguida
concesión otorgada mediante R.M. N° 657-2005-MTC/03
para prestación del servicio portador de larga distancia
internacional 379034
R.M. Nº 657-2008-MTC/03.- Aprueban contrato de
adecuación al régimen de concesión única para la
prestación de servicios públicos de telecomunicaciones,
a celebrarse con Cable Visión Zarumilla S.A.C.
379034
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA
Res. Adm. Nº 179-2008-P-PJ.- Eligen representante
suplente de la Corte Suprema de Justicia de la República
ante el Consejo Nacional de la Magistratura 379035
ORGANISMOS AUTONOMOS
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
R.J. N° 590-2008-JNAC/RENIEC.- Aprueban
reinscripción de asientos de nacimiento en libros de la
Of‌i cina de Registros del Estado Civil que funciona en la
Municipalidad Distrital de Tocmoche 379036
MINISTERIO PUBLICO
Res. Nº 1143-2008-MP-FN.- Aprueban Cuadro para
Asignación de Personal del Ministerio Público 379036
Res. Nº 1151-2008-MP-FN.- Declaran fundada denuncia
contra f‌i scal adjunto de la Fiscalía Provincial Mixta de
Motupe por presunta comisión del delito de Abuso de
Autoridad 379037
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
COMISION NACIONAL SUPERVISORA
DE EMPRESAS Y VALORES
R.D. Nº 123-2008-EF/94.06.3.- Inscriben acciones
comunes representativas del capital social de International
Consolidated Minerals Inc. en el Registro Público del
Mercado de Valores 379039
INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO
Res. Nº 086-2008-INGEMMET/PCD.- Asignan montos
recaudados por concepto de pago de Derecho de Vigencia
y Penalidad de derechos mineros, y de Derecho de Vigencia
en la formulación de petitorios mineros 379040
INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADISTICA E INFORMATICA
R.J. N° 243-2008-INEI.- Índice de Precios al Consumidor
de Lima Metropolitana correspondiente al mes de agosto
de 2008 379050
R.J. N° 244-2008-INEI.- Índice de Precios Promedio
Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional correspondiente al
mes de agosto de 2008 379051
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA
D.A. Nº 013-2008/MLV.- Aprueban Plan Piloto de
Comerciantes Modulados del distrito de La Victoria 379051
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHANCHAMAYO
Acuerdo Nº 070-2008-MPCH.- Declaran de necesidad y
utilidad pública el saneamiento físico legal de terreno de
la Urbanización Niño Jesús de Praga 379054
SEPARATAS ESPECIALES
ECONOMIA Y FINANZAS
Marco Macroeconómico Multianual 2009 - 2011
(Actualizado al mes de agosto de 2008) 1 al 20
Sumario
379031
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 1 de setiembre de 2008
379032
PODER EJECUTIVO
PRODUCE
Declaran fundada en parte apelación
interpuesta contra la R.D. Nº 264-
2008-PRODUCE/DGEPP
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 092-2008-PRODUCE/DVP
Lima, 25 de agosto del 2008
Visto el escrito de registro Nº 00006052 (adjunto Nº 1)
de fecha 8 de julio de 2008, presentado por la empresa
AUSTRAL GROUP S.A.A.; y,
CONSIDERANDO:
Que, a través Resolución Ministerial Nº 485-2006-
PRODUCE/DGEPP de fecha 1 de diciembre de 2006, se
amplió el permiso de pesca de la embarcación MALENA
de matrícula Nº CO-15724-PM y de 867.17 m³ de
capacidad de bodega, a f‌i n de que se dedique, además de
la pesquería originalmente autorizada para la extracción
de los recursos jurel y caballa para el consumo humano
directo, a la extracción de los recursos anchoveta y
sardina para el consumo humano indirecto, con una
capacidad de bodega de 649.81 m³, vía sustitución de
las embarcaciones ERNESTINA de matrícula Nº CO-
10397-PM de 280.87 m³ de capacidad de bodega y
NUEVA CADIZ de matrícula Nº CO-10835-PM de 281.35
m³ de capacidad de bodega, y la aplicación de un saldo
de 87.59 m³ reservado;
Que, mediante la Resolución Directoral Nº 445-
2007-PRODUCE/DGEPP de fecha 10 de octubre
de 2007, se declaró improcedente la solicitud de
AUSTRAL GROUP S.A.A., para modificar el permiso
de pesca de la embarcación pesquera MALENA de
matrícula Nº CO-15724-PM, de 649.81 m³ a 737.67
m³, vía aplicación de un saldo de 87.86 m³ reservado
mediante Resolución Directoral Nº 235-2007-
PRODUCE/DGEPP proveniente de la embarcación
pesquera JOCAMI de matrícula Nº CE-4997-CM;
Que, a través del escrito de registro Nº 00051823 de
fecha 6 de noviembre de 2007, la empresa AUSTRAL
GROUP S.A.A. interpuso recurso de apelación contra la
Resolución Directoral Nº 445-2007-PRODUCE/DGEPP,
cuyo petitorio (utilización de un saldo de 87.86 m³, a
f‌i n de que la capacidad de bodega de la embarcación
MALENA para los recursos anchoveta y sardina sea de
737.67 m³ de capacidad de bodega), en aplicación de
la Ley Nº 29060 – Ley del Silencio Administrativo, quedó
aprobado con fecha 4 de enero de 2008;
Que, por su parte, a través de la Resolución
Directoral Nº 056-2008-PRODUCE/DGEPP del 25
de enero de 2008, se otorgó a la empresa AUSTRAL
GROUP S.A.A., autorización de incremento de f‌l ota
para reconstruir la embarcación pesquera NUEVA
CADIZ de matrícula Nº CO-10835-PM de 281.35 m³ de
capacidad de bodega, con sistema de preservación a
bordo RSW para la extracción de los recursos jurel y
caballa, utilizando redes de arrastre de media agua con
abertura de malla en el copo de 76 mm (3 pulgadas)
con destino al consumo humano directo;
Que, de otro lado, por Resolución Directoral Nº 217-
2003-PRODUCE/DNEPP de fecha 25 de julio del 2003,
se otorgó a favor de CORPORACION DEL MAR S.A.,
autorización de incremento de f‌l ota, vía sustitución de
igual capacidad de bodega, para la construcción de
una embarcación pesquera a denominarse MARTINICA
de 313.47 m³ de capacidad de bodega, con sistema
de preservación a bordo RSW, equipada con redes
de cerco de ½ pulgada (13 mm) y 1 ½ pulgadas (38
mm) de longitud mínima de abertura de malla, para la
extracción de los recursos anchoveta, sardina, jurel
y caballa con destino al consumo humano directo e
indirecto; otorgándose para dicha autorización un plazo
de vigencia de 18 meses, conforme a lo establecido en
el artículo 37º del Reglamento de la Ley General de
Pesca;
Que, a través de la Resolución Directoral Nº 037-
2005-PRODUCE/DNEPP del 25 de enero del 2005,
se modificó la Resolución Directoral Nº 217-2003-
PRODUCE/DNEPP, otorgándose a CORPORACION
DEL MAR S.A., autorización de incremento de flota,
vía la ejecución parcial de la indicada Resolución,
y sustitución de igual capacidad de bodega, para la
construcción de una embarcación pesquera de 200.00
m³ de capacidad de bodega, autorizado a extraer
los recursos anchoveta y sardina, con destino al
consumo humano directo e indirecto, la que deberá
efectuarse conforme al plazo establecido en el artículo
contado a partir de la entrada en vigencia de la citada
Resolución;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 254-2006-
PRODUCE/DGEPP se otorgó a CORPORACION DEL
MAR S.A., permiso de pesca para operar la embarcación
pesquera MARTINICA de matrícula Nº CO-22951-PM con
199.80 m³ de volumen de bodega, en la extracción de los
recursos hidrobiológicos anchoveta y sardina con destino
al consumo humano directo e indirecto;
Que, a través de la Resolución Directoral Nº 264-
2008-PRODUCE/DGEPP del 29 de mayo de 2008, se
declaró improcedente la solicitud de la empresa AUSTRAL
GROUP S.A.A., de autorización de incremento de f‌l ota
para la embarcación NUEVA CADIZ de matrícula Nº CO-
10835-PM, vía sustitución y aplicación de la capacidad
de bodega de la embarcación MARTINICA de matrícula
Nº CO-22951-PM y del saldo de bodega de 87.86 m³
reservado por Resolución Directoral Nº 235-2007-
PRODUCE/DGEPP del 3 de mayo del 2007;
Que, a través del escrito del visto, y de conformidad
con los artículos 207º y 209º de la Ley Nº 27444 - Ley
del Procedimiento Administrativo General, la empresa
AUSTRAL GROUP S.A.A. ha interpuesto recurso de
apelación contra la Resolución Directoral Nº 264-2008-
PRODUCE/DGEPP, manifestando que la aplicación
del saldo reservado por Resolución Directoral Nº 235-
2007-PRODUCE/DGEPP (87.86 m³ de capacidad de
bodega proveniente de la embarcación JOCAMI) quedó
en suspenso al efectuarse la revisión de la validez de la
Resolución Directoral Nº 485-2006-PRODUCE/DNEPP,
motivo por el cual procedió a solicitar autorización de
incremento de f‌l ota para la embarcación NUEVA CADIZ,
vía aplicación del citado saldo y vía sustitución de la
embarcación MARTINICA de 199.80 m³ de capacidad de
bodega para la extracción de los recursos anchoveta y
sardina;
Que, asimismo manif‌i esta la recurrente en su
recurso de apelación, que si bien con su solicitud de
autorización de incremento de f‌l ota omitieron hacer
referencia al contrato de Asociación en Participación
celebrado el 14 de diciembre de 2007 con la empresa
CORPORACIÓN DEL MAR S.A., armador de la
embarcación MARTINICA, la Dirección General de
Extracción y Procesamiento Pesquero debió informarle
sobre dicho error y otorgarle un plazo para que subsane,
vulnerándose de esta forma el principio del debido
procedimiento, recogido en el numeral 1.4 del artículo
IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 – Ley del
Procedimiento Administrativo General;
Que, de otro lado la recurrente precisa que si
bien a través de la Resolución Ministerial Nº 357-
2008-PRODUCE del 15 de febrero de 2008 se ha
declarado que la Resolución Directoral Nº 037-2005-
PRODUCE/DNEPP -que modificó la Resolución
Directoral Nº 217-2003-PRODUCE/DNEPP que otorgó
autorización de incremento de f‌l ota para la construcción
de la embarcación MARTINICA- ha sido emitida en
agravio de la legalidad administrativa vigente, dicha
resolución ministerial estaría referida a la modif‌i cación
de los permisos de pesca de las embarcaciones
GUANAY e IPANEMA, por lo que no guardaría relación
con la embarcación MARTINICA;

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