DECRETO SUPREMO N° 150-2011-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor de las Universidades Nacionales de Frontera e Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa

Fecha de disposición27 Julio 2011
Fecha de publicación27 Julio 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 27 de julio de 2011 447355
de la Ley Nº 28411 – Ley General del Sistema Nacional
de Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011,
hasta por la suma de DOS MILLONES TRESCIENTOS
SESENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 364 625,00), para el
cumplimiento de las funciones de la Unidad Ejecutora
014 Fondo para la Reconstrucción Integral de las Zonas
Afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007
– FORSUR, así como para f‌i nanciar la elaboración del
expediente técnico y estudio def‌i nitivo del proyecto
“Construcción e implementación de un Centro de Atención
y Rehabilitación para el personal con discapacidad de las
Fuerzas Armadas”, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
FUNCION 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de
Contingencia
PROGRAMA
FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia
ACTIVIDAD 1.000010 : Administración del Proceso Presupuestario del
Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.0. Reserva de Contingencia 2 364 625,00
------------------
TOTAL EGRESOS 2 364 625,00
==========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros
UNIDAD EJECUTORA 014 : Fondo para la Reconstrucción Integral de las
Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de
agosto de 2007 –FORSUR
FUNCION 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de
Contingencia
PROGRAMA
FUNCIONAL 004 : Planeamiento Gubernamental
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0019 : Transferencias de Carácter General
ACTIVIDAD 1.0029434 : Atención de Desastres y Apoyo a la
Rehabilitación y a la Reconstrucción
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3. Bienes y Servicios 1 764 625,00
------------------
TOTAL PLIEGO 001 1 764 625,00
==========
PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa
FUNCION 20 : Salud
PROGRAMA
FUNCIONAL 044 : Salud Individual
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0097 : Atención Médica Especializada
PROYECTO 2.145350 : Construcción e Implementación de un Centro
de Atención y Rehabilitación para el personal
con Discapacidad de las Fuerzas Armadas
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No
Financieros 600 000,00
------------------
TOTAL PLIEGO 026 600 000,00
==========
Artículo 2º.- Procedimiento para la aprobación
institucional
2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente
Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución,
la desagregación de los recursos autorizados en el artículo
1º de la presente norma, a nivel funcional programático,
dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del
presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será
remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los
organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto.
2.2 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección
General del Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades
de Metas y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado instruirá a las Unidades
Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que hace
referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis
días del mes de julio del año dos mil once.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
ISMAEL BENAVIDES FERREYROS
Ministro de Economía y Finanzas
670965-4
Autorizan Transferencia de Partidas a
favor de las Universidades Nacionales
de Frontera e Intercultural de la Selva
Central Juan Santos Atahualpa
DECRETO SUPREMO
Nº 150-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29658 se creó la Universidad
Nacional de Frontera con domicilio en la ciudad de Sullana,
distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura;
Que, con Resolución Suprema Nº 258-2010-PCM
y Resolución Nº 474-2010-CONAFU se designa y
reconoce respectivamente a los miembros de la Comisión
Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera
para llevar a cabo el proceso de implementación de dicho
Centro de Estudios;
Que, mediante Ley Nº 29616 se creó la Universidad
Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos
Atahualpa como persona jurídica de derecho público
interno con sede en la provincia de Chanchamayo,
departamento de Junín;
Que, con Resolución Ministerial Nº 097-2011-ED se
designó a los miembros de las Comisión Organizadora de
la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central
Juan Santos Atahualpa, para llevar a cabo el proceso de
implementación de la citada universidad;
Que, el Ministerio de Educación y las Comisiones
organizadoras de las Universidades Nacionales de
Frontera e Intercultural de la Selva Central Juan
Santos Atahualpa mediante Oficios Nºs. 490 y 489-
2011-ME/SG, Oficio Nº 051-2011-UNFS-PC y Oficio Nº

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR