RESOLUCION N° 00225-2014-SUNAT/300000 - Designan Ejecutor Coactivo de las Intendencias de Aduana de Iquitos, Pucallpa y Tarapoto

Fecha de disposición03 Septiembre 2014
Fecha de publicación03 Septiembre 2014
El Peruano
Miércoles 3 de setiembre de 2014 531665
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Autorizan viaje de trabajador de la
SUNAT para participar en conferencia,
a realizarse en Bélgica
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 264-2014/SUNAT
Lima, 1 de setiembre de 2014
CONSIDERANDO:
Que mediante correo electrónico de fecha 30
de julio de 2014, el Banco Mundial cursa invitación
a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria - SUNAT para participar en
la Conferencia Internacional sobre Fiscalidad de las
Industrias Extractivas, que se llevará a cabo en la ciudad
de Bruselas, Reino de Bélgica, del 9 al 11 de setiembre
de 2014;
Que la citada Conferencia ha sido organizada
conjuntamente por la International Tax Compact (ITC), la
Comisión Europea y el Grupo del Banco Mundial, y contará
con la asistencia del Fondo Monetario Internacional (FMI),
la Organización para la Cooperación y el Desarrollo
Económicos (OCDE) y la Organización de las Naciones
Unidas (ONU);
Que el objetivo principal de la Conferencia es el
intercambio de opiniones y experiencias sobre los desafíos
para fortalecer el cumplimiento tributario en las industrias
extractivas así como hacer un balance de las experiencias
existentes sobre la capacidad para gravar las mismas,
evaluando sinergias y formas de apoyo efectivo a través
del fortalecimiento de los sistemas f‌i scales nacionales y
de cooperación internacional;
Que entre los temas que serán tratados se encuentran
el potencial de la recaudación proveniente de las industrias
extractivas para el crecimiento económico, los desafíos
específ‌i cos y las limitaciones derivadas de la imposición
de las industrias extractivas desde una perspectiva
regional, el diseño ef‌i caz de la política f‌i scal y regímenes
de imposición de las industrias extractivas, los retos de
la administración tributaria y la auditoría de las industrias
extractivas así como el papel del sector privado y de la
sociedad civil;
Que la participación de la SUNAT se enmarca dentro
del objetivo estratégico institucional de incrementar la
efectividad del control del incumplimiento;
Que en tal sentido, siendo de interés institucional para
la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos
de esta naturaleza, conforme al Informe Nº 002-2014-
SUNAT/600000 de fecha 29 de agosto de 2014, resulta
necesario autorizar la participación en el referido evento del
trabajador Enrique Vejarano Velásquez, Superintendente
Nacional Adjunto Operativo;
Que el numeral 1 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de
la SUNAT, aprobada por Ley Nº 29816, dispone que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina
en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las
Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos;
Que en tal virtud, mediante Resolución de
Superintendencia Nº 013-2012/SUNAT se aprobaron las
normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT,
aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé
la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de
la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo
los que se efectúen con la f‌i nalidad de cumplir con los
objetivos institucionales y los que se realicen en el marco
de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y
ambientales, negociaciones económicas y f‌i nancieras y
las acciones de promoción de importancia para el Perú;
Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición
Complementaria Final de la Ley Nº 29816, establece que
mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT
autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y
servidores;
Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple
con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia Nº
013-2012/SUNAT, resulta necesario autorizar el viaje del
trabajador Enrique Vejarano Velásquez del 07 al 13 de
Setiembre de 2014; debiendo la SUNAT asumir con cargo
a su presupuesto los gastos por concepto de traslados
internos y manutención, precisándose que los gastos por
concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por
Uso de Aeropuerto (TUUA), y alojamiento serán asumidos
por los organizadores;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11°
del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y en uso de
la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del
Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT,
aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-
2014/SUNAT y modif‌i catorias;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Enrique
Vejarano Velásquez, Superintendente Nacional Adjunto
Operativo del 07 al 13 de Setiembre de 2014, para que
participe en la Conferencia Internacional sobre Fiscalidad
de las Industrias Extractivas, que se llevará a cabo en la
ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica.
Artículo 2°.- Los gastos que por concepto de
pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de
Aeropuerto (TUUA), y alojamiento serán asumidos por los
organizadores.
Artículo 3°.- Los gastos que irrogue los traslados
internos y la manutención, serán con cargo al Presupuesto
del 2014 de la Superintendencia Nacional de Aduanas
y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al
siguiente detalle:
Señor Enrique Vejarano Velásquez
Viáticos US$ 2 160.00
Artículo 4°.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador
deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe
detallado describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 5°.- La presente resolución no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del trabajador
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
1131544-1
Designan Ejecutor Coactivo de las
Intendencias de Aduana de Iquitos,
Pucallpa y Tarapoto
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL
ADJUNTA DE ADUANAS
N° 00225-2014-SUNAT/300000
Callao, 29 de agosto de 2014
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución de Superintendencia Nº
135-2005/SUNAT se designó como Ejecutor Coactivo
encargado de la gestión de cobranza coactiva de las
Intendencias de Aduana de Iquitos, Pucallpa y Tarapoto al
señor abogado Javier Fernando Ríos Cortéz;
Que asimismo, por Resolución de Superintendencia
Nº 250-2013/SUNAT se designó como Ejecutor Coactivo
encargado de la gestión de cobranza coactiva de las
Intendencias de Aduana de Iquitos, Pucallpa y Tarapoto a
la señora abogada Lillian Verónica Díaz Marchena;
Que a f‌i n de garantizar el normal funcionamiento
de la cobranza coactiva en las Intendencias antes
referidas, resulta conveniente dejar sin efecto las

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