INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO RESOLUCION Nº 601-2007-INPE/P - Sancionan con destituciOn a servidor del INPE RESOLUCION Nº 601-2007-INPE/P

Fecha de disposición20 Septiembre 2007
Fecha de publicación20 Septiembre 2007
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 20 de setiembre de 2007
353754
NORMA TÉCNICA CENSAL Nº 002-2007-INEI/CPV
“DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE
EN EL “DÍA DEL CENSO”
PRIMERO: Habiéndose decretado la inamovilidad
de la población el “Día del Censo” no podrán transitar
ese día, entre las 8.00 y las 18.00 horas, los vehículos
de transporte terrestre, ni aeronaves o embarcaciones
en itinerarios nacionales. Los vehículos de uso particular
también están comprendidos en esta disposición.
SEGUNDO: Se exceptúa del cumplimiento de esta
disposición, a los vehículos autorizados por las Jefaturas
Distritales de los Censos con el distintivo “Vehículo
autorizado para el libre tránsito”, así como los vehículos
debidamente identicados pertenecientes a:
a) El Instituto Nacional de Estadística e Informática
(INEI) y de las ocinas censales de todo el país.
b) Las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional.
c) El Cuerpo General de Bomberos.
TERCERO: En los puestos de ingreso al territorio
nacional, con excepción de los aeropuertos internacionales,
entre las 8.00 y las 18.00 horas del “Día del Censo”, se
suspenderá el ingreso y la salida de personas y vehículos.
Las autoridades responsables en dichos puestos, quedan
encargadas de cumplir y hacer cumplir esta disposición.
CUARTO: La Norma Técnica Censal Nº 001-2007-
INEI/CPV, contempla el funcionamiento excepcional de
las siguientes actividades:
- Energía eléctrica
- Agua potable
- Comunicaciones y telecomunicaciones
- Servicios médicos y hospitalarios
- Puertos y aeropuertos
- Taxis de aeropuertos
- Seguridad y vigilancia
- Cementerios y morgues
- Industrias que no puedan interrumpir sus procesos
productivos.
- Venta de diarios en puestos jos
A efectos de obtener el permiso especial de
circulación para los vehículos que prestan servicios
esenciales en apoyo de los establecimientos de las
actividades mencionadas, los responsables de dichos
establecimientos deberán solicitar mediante carta, en
papel membretado de la empresa, el Empadronamiento
Especial de los trabajadores que deban desempeñarse
como choferes el “Día del Censo”. En dicha carta que
estará dirigida a la Jefatura Distrital de los Censos se
presentará la relación de los trabajadores que cumplirán
funciones de chofer, así como: nombres y apellidos,
Nº de DNI y el distrito de residencia. Adicionalmente
se indicará el tipo de vehículo a su cargo y el número
de placa de rodaje. Cada uno de estos trabajadores
concurrirá entre el 15 y el 18 de octubre a la Ocina
Distrital de los Censos del distrito donde se ubica su
vivienda, con su DNI y la copia de la referida nota
para que allí se realice su Empadronamiento Especial.
Esta ocina generalmente se encuentra ubicada en
el local de la municipalidad del distrito respectivo. Al
ser empadronados, estos trabajadores recibirán la
“Constancia de Persona Empadronada” y además el
distintivo “Vehículo autorizado para libre tránsito”, para
ser adherido en el parabrisas delantero del vehículo
correspondiente.
QUINTO: Los establecimientos pertenecientes a
empresas nacionales o internacionales de transporte
de pasajeros o de carga, exceptuando las empresas
de transporte aéreo internacional de pasajeros,
deberán comunicar a sus usuarios por lo menos con
una semana de anticipación, que el 21 de octubre,
“Día del Censo” no prestarán servicios entre las 8.00
y las 18.00 horas, en cumplimiento de la inamovilidad
decretada.
110636-1
INSTITUTO NACIONAL
PENITENCIARIO
Aceptan renuncia de Director General
de la Oficina General de Asesoría
Jurídica del INPE
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 595-2007-INPE/P
Lima, 14 de septiembre de 2007
VISTO, la Carta de Renuncia de fecha 14 de setiembre
de 2007, formulada por el abogado GERSON DAVID
VILLAR SANDY, Director General de la Ocina General
de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 218-2007-
INPE/P de fecha 13 de abril de 2007, se designó al abogado
GERSON DAVID VILLAR SANDY, en el cargo público de
conanza de Director General de la Ocina General de
Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario;
Que, mediante documento del visto el citado funcionario
ha presentado su renuncia irrevocable al citado cargo
público de conanza, por lo que debe expedirse el acto
administrativo correspondiente;
Contándose con las visaciones del Consejo Nacional
Penitenciario; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594,
Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-
PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de
las facultades conferidas mediante Resolución Suprema
Nº 073-2007-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- ACEPTAR, a partir de la fecha la renuncia del
abogado GERSON DAVID VILLAR SANDY, al cargo público
de conanza de Director General de la Ocina General
de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional Penitenciario,
dándole las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- DISTRIBUIR, copia de la presente
resolución al interesado e instancias correspondientes,
para los nes de ley.
Regístrese y comuníquese.
GUSTAVO CARRIÓN ZAVALA
Presidente
Consejo Nacional Penitenciario
109646-1
Sancionan con destitución a servidor
del INPE
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 601-2007-INPE/P
Lima, 14 de septiembre de 2007
VISTO, el Informe Nº 059-2007-INPE-CPPAD, de
fecha 31 de agosto de 2007, de la Comisión Permanente
de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto
Nacional Penitenciario.
CONSIDERANDO:
1. ANTECEDENTES:
Que, mediante Resolución Presidencial Nº 355-2007-
INPE/P de fecha 31 de mayo de 2007, se instauró proceso

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR