INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL RESOLUCION Nº 197-2012-INDECOPI/COD - Disponen desconcentrar funciones de las Comisiones de FiscalizaciOn de la Competencia Desleal y de EliminaciOn de Barreras BurocrAticas, hacia las Comisiones adscritas a las Oficinas Regionales de JunIn, Cajamarca y Puno RESOLUCION Nº 197-2012-INDECOPI/COD

Fecha de disposición29 Diciembre 2012
Fecha de publicación29 Diciembre 2012
SecciónSección Única
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 29 de diciembre de 2012 483679
jurídica de derecho público, goza de autonomía técnica,
económica y administrativa, constituyendo un Pliego
Presupuestal, conforme lo señalado en los Decretos
Supremos Nº 058-2011-PCM y Nº 035-2007-EM;
Que, conforme al Reglamento de Organización y
Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico
– INGEMMET, aprobado por Decreto Supremo N° 035-
2007-EM, el Presidente del Consejo Directivo es el Titular
de la entidad y del Pliego Presupuestal del Instituto
Geológico, Minero y Metalúrgico; siendo responsable de
proponer y supervisar el cumplimiento, así como de dictar
las políticas de desarrollo de la institución en concordancia
con las políticas y planes nacionales y sectoriales;
Que, el artículo 6° del Reglamento de Organización
y Funciones del INGEMMET, establece que el Consejo
Directivo es responsable de aprobar las políticas de
desarrollo de la institución en concordancia con las políticas y
planes del sector; encontrándose dentro de sus funciones el
aprobar los planes, programas y normas institucionales, así
como resolver cualquier asunto sometido a su consideración
por la Presidencia del Consejo Directivo;
Que, mediante Informe Nº 185-2012-INGEMMET/OPP de
fecha 20 de Diciembre de 2012, la Ocina de Planeamiento
y Presupuesto señala entre otros aspectos que conforme a
lo evaluado sobre la ejecución presupuestal 2012, la solicitud
efectuada por la empresa Activos Mineros SAC, sería
factible realizarla hasta por el monto de S/. 25 000 000.00
(VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES);
Que, mediante Informe Nº 352-2012-INGEMMET/SG-
OAJ de fecha 21 de Diciembre de 2012, la Ocina de
Asesoría Jurídica considera que el INGEMMET podrá, en el
presente ejercicio presupuestal, realizar una transferencia
de recursos a favor de la empresa estatal Activos Mineros
SAC, conforme a la norma autoritativa contenida en la
Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la
Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013, sugiriendo que las solicitudes
de dicha entidad, por tener relación con el presupuesto
institucional, se pongan a consideración del Consejo
Directivo para su evaluación y decisión;
Que, mediante Informe Nº 0017-2012-INGEMMET/SG
de fecha 21 de Diciembre de 2012, la Secretaría General del
INGEMMET, informa a la Presidencia del Consejo Directivo
del INGEMMET, las coordinaciones realizadas tanto con el
representante legal de Activos Mineros SAC como con la
Alta Dirección del Ministerio de Energía y Minas, respecto
de la solicitud de la citada empresa estatal y las acciones a
seguir en el marco de lo señalado en la Ley N° 29951 – Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013;
Estando al Acuerdo del Consejo Directivo adoptado en
la Sesión Ordinaria N° 895 de fecha 21 de Diciembre de
2012, aprobado por mayoría, con dispensa de la lectura y
aprobación del Acta, por el cual aprueba la transferencia
de recursos a favor de la empresa estatal Activos Mineros
S.A.C. por la suma de S/. 25 000 000.00 (VEINTICINCO
MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), conforme a lo
estipulado en la Decima Sétima Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013, destinada exclusivamente
a nanciar estudios de preinversion y la ejecución de
proyectos de inversión relacionados con la remediación de
pasivos ambientales, tal como consta en el Informe N° 006-
2012-INGEMMET/PCD del Secretario del Consejo Directivo
del INGEMMET que da fe del acuerdo adoptado;
Que, en este sentido, corresponde al Instituto Geológico,
Minero y Metalúrgico – INGEMMET, en el presente ejercicio
presupuestal, realizar una transferencia de recursos a favor
de la empresa estatal Activos Mineros S.A.C. por la suma
de S/. 25 000 000.00 (VEINTICINCO MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES), conforme a la disposición autoritativa
contenida en la Décima Sétima Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013;
Contando con los informes N° 185-2012-INGEMMET/
OPP de fecha 20 de diciembre de 2012 y N° 352-2012-
INGEMMET/SG-OAJ de fecha 21 de diciembre de 2012, de las
Ocinas de Planeamiento y Presupuesto y Asesoría Jurídica
del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET
respectivamente;
Con el visto bueno del Secretario General y de los
Directores de las Ocinas de Administración, Planeamiento
y Presupuesto y Asesoría Jurídica, y;
De conformidad con la Ley 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, el Decreto Supremo Nº
035-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización
y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico y lo
estipulado en la Décima Sétima Disposición Complementaria
Final de la Ley N° 29951 – Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013 ;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- AUTORIZAR, de manera excepcional, la
Transferencia de Recursos por el monto de S/. 25 000
000.00 ( VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 NUEVOS
SOLES) de la Fuente de Financiamiento Recursos
Directamente Recaudados del Pliego 221 – Instituto
Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET; a favor
de la empresa estatal Activos Mineros S.A.C., para
ser destinados exclusivamente a nanciar estudios de
preinversión y la ejecución de proyectos de inversión
relacionados con la remediación de pasivos ambientales,
conforme a lo estipulado en la Décima Sétima Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29951 – Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
Artículo 2º.- TRANSFERIR la suma mencionada en
el artículo 1° de la cuenta presupuestal del INGEMMET,
Fuente de Financiamiento Recursos Directamente
Recaudados: Especíca de Gastos 2.4.2.3.14
Transferencia de Capital a otras Entidades Públicas a la
Cuenta Bancaria de la empresa estatal Activos Mineros
S.A.C. Cuenta Corriente en nuevos soles N° 0011-186-
000200169215-47, C.C.I. Nº 011-186-000200169215-47
del BBVA Banco Continental.
Artículo 3º.- La ejecución de los recursos autorizados
mediante transferencia, materia de la presente Resolución,
está sujeta a lo dispuesto en la Décima Sétima Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 29951 – Ley de
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013.
Artículo 4º.- La empresa estatal Activos Mineros
S.A.C. deberá informar al Ministerio de Energía y Minas,
los avances físicos y nancieros de la ejecución de dichos
recursos; conforme a lo dispuesto en la Décima Sétima
Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951
– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2013; remitiendo copia de dicho informe al Instituto
Geológico, Minero y Metalúrgico – INGEMMET.
Artículo 5°.- REMITASE copia de la presente
Resolución a la empresa estatal Activos Mineros S.A.C.
y al Despacho del Ministro de Energía y Minas para su
conocimiento.
Artículo 6°.- DISPONER la publicación de la presente
resolución en el Portal institucional y en el Diario Ocial
El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SUSANA G. VILCA ACHATA
Presidente del Consejo Directivo
883208-1
INSTITUTO NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Y DE LA PROTECCION DE LA
PROPIEDAD INTELECTUAL
Resuelven desconcentrar funciones
de las Comisiones de Fiscalización
de la Competencia Desleal adscrita
a la Oficina Regional de Junín, y de
Eliminación de Barreras Burocráticas
adscrita a la Oficina Regional de Junín,
Cajamarca y Puno
RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DIRECTIVO DEL INDECOPI
Nº 197-2012-INDECOPI/COD
Lima, 26 de diciembre de 2012

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