INSTITUTO GEOLOGICO MINERO METALURGICO RESOLUCION Nº 093-2007-INGEMMET/PCD - Asignan monto recaudado por concepto de pago del Derecho de Vigencia y Penalidad de derechos mineros y por la formulaciOn de petitorios mineros, correspondiente al mes de agosto de 2007 RESOLUCION Nº 093-2007-INGEMMET/PCD

Fecha de disposición04 Octubre 2007
Fecha de publicación04 Octubre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 4 de octubre de 2007 354825
de transferencia de fondos, habiendo visto afectada su
situación patrimonial, al obtener resultados negativos en la
gestión, según los estados nancieros al 31 de diciembre
de 2006 que determinaron un patrimonio neto por debajo
del capital mínimo Legal;
Estando a lo informado por el Departamento de
Evaluación de Empresas de Servicios Complementarios
mediante Informe 012-2007-DESC y por el
Departamento Legal de la Superintendencia Adjunta de
Asesoría Jurídica según Informe N° 183-2007-LEG, y el
Visto Bueno de las Superintendencias Adjuntas de Banca
y Micronanzas, y de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del
Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de
la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley N° 26702;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Disponer la cancelación de la
autorización expedida por esta Superintendencia para la
adecuación de la empresa Servicio Express Inmediato
S.A.C., como Empresa de Transferencia de Fondos, por las
razones expuestas en la parte considerativa de la presente
resolución.
En consecuencia queda sin efecto la Resolución SBS
N° 259-2002 de 14 de marzo de 2002 por medio de la cual
se expidió dicha autorización.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FELIPE TAM FOX
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
115882-1
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
FONDO NACIONAL DE
FINANCIAMIENTO DE LA
ACTIVIDAD EMPRESARIAL
DEL ESTADO
Designan miembros de directorio de
empresa en la que FONAFE participa
como accionista
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 008-2007/013-FONAFE
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º del
Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento
de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobado
por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modicatorias,
la designación de los Directores de las empresas del Estado
comprendidas bajo el ámbito de FONAFE es potestad del
Directorio de dicha Empresa, asimismo la designación deberá
ser publicada en el Diario Ocial El Peruano.
Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 008-
2007/013-FONAFE, correspondiente a la sesión instalada
con fecha 27 de setiembre de 2007, se designó como
miembros de directorio de empresas en las que FONAFE
participa como accionista, a las personas que se señalan
a continuación:
NOMBRE EMPRESA CARGO
JOSÉ ROMERO VILCHEZ SERPOST S.A. DIRECTOR
WALTER HUGO TELLO CASTILLO CORPAC S.A. DIRECTOR
MARTÍN ALFONSO SIFUENTES PALACIOS
Director Ejecutivo
116654-2
Se toma conocimiento de la renuncia
de miembro de Directorio de empresa
en la que FONAFE participa como
accionista
ACUERDO DE DIRECTORIO
Nº 008-2007/013-FONAFE
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de
Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado
- FONAFE, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-
2000-EF y normas modicatorias, la designación de los
Directores de las empresas del Estado comprendidas
bajo el ámbito de FONAFE es potestad del Directorio de
esta Empresa.
Se comunica que, con cartas de fechas 4.9.2007 y
1.10.2007, se ha tomado conocimiento de las renuncias
al cargo de miembro de directorio de empresas en las
que participa FONAFE, presentadas por las personas
señaladas a continuación, agradeciéndoles por los
servicios prestados durante el desempeño de sus
funciones:
NOMBRE DEL RENUNCIANTE EMPRESA CARGO
EDGAR ZAMALLOA GALLEGOS CORPAC S.A. DIRECTOR
CARLOS THORNTON MATICORENA SERPOST S.A. DIRECTOR
MARTIN ALFONSO SIFUENTES PALACIOS
Director Ejecutivo
116654-1
INSTITUTO GEOLOGICO
MINERO METALURGICO
Asignan monto recaudado por concepto
de pago del Derecho de Vigencia y
Penalidad de derechos mineros y por
la formulación de petitorios mineros,
correspondiente al mes de agosto de
2007
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA
093-2007-INGEMMET/PCD
Lima, 25 de setiembre del 2007
Visto; el Informe Nº 014-2007-INGEMMET/DDV/D de la
Dirección de Derecho de Vigencia de fecha 24 de setiembre
del 2007, que contiene la información correspondiente a
la distribución de los ingresos registrados por Derecho de
Vigencia de derechos mineros formulados conforme al
Decreto Legislativo Nº 708 y legislaciones anteriores; así
como, el monto recaudado de Derecho de Vigencia por la
formulación de petitorios mineros al amparo del Decreto
Legislativo Nº 708, durante el mes de agosto del 2007;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 57º del Texto Único Ordenado de la
Ley General de Minería, establece los porcentajes para
la distribución de los montos recaudados por concepto de
Derecho de Vigencia y Penalidad entre las municipalidades
distritales e instituciones del Sector Energía y Minas;
Que, el numeral 2.2. del artículo 2 del Decreto Supremo
Nº 008-2007-EM, prevé que toda referencia hecha al
Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero-
INACC o a las competencias, funciones y atribuciones
que éste venia ejerciendo, una vez culminado el proceso
de fusión, se entenderá como hecha al Instituto Geológico
Minero y Metalúrgico –INGEMMET
Que, en atención a lo informado por la Dirección de
Derecho de Vigencia y a lo dispuesto en el artículo 92º
del Decreto Supremo Nº 03-94-EM, se determina que

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