RESOLUCION Nº 098-2009-CONAFU - Aprueban Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de Universidad de Lambayeque S.A.C.

Fecha de publicación25 Marzo 2009
Fecha de disposición25 Marzo 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 25 de marzo de 2009
393066
SE RESUELVE:
Artículo Primero: DESIGNAR a la doctora CARMEN
SABINA REYES GUILLEN, como Juez Suplente del Tercer
Juzgado Mixto de San Juan de Lurigancho, a partir del 25
de marzo del presente año.
Artículo Segundo: PONER la presente Resolución
en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Of‌i cina de
Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder
Judicial, de la Of‌i cina de Administración Distrital, Of‌i cina
de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de
los Magistrados para los f‌i nes pertinentes.
Publíquese, comuníquese, cúmplase y archívese.
CÉSAR JAVIER VEGA VEGA
Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima
328144-1
ORGANOS AUTONOMOS
ANR - CONSEJO NACIONAL
PARA LA AUTORIZACION
DE FUNCIONAMIENTO
DE UNIVERSIDADES
Aprueban Proyecto de Desarrollo
Institucional del Proyecto de
Universidad de Lambayeque S.A.C.
CONSEJO NACIONAL PARA LA AUTORIZACIÓN
DE FUNCIONAMIENTO DE UNIVERSIDADES
(CONAFU)
RESOLUCIÓN Nº 098-2009-CONAFU
Lima, 11 de marzo del 2009
VISTOS: La Carta S/N recibida en fecha 29 de agosto
del 2008, la Resolución Nº 473-2008-CONAFU de fecha
26 de noviembre del 2008, la Resolución Nº 478-2008-
CONAFU de fecha 26 de noviembre del 2008; la Carta Nº
001-2009-UL recibida en fecha 11 de febrero del 2009, el
Escrito recibido en fecha 4 de marzo del 2009, y el Acuerdo
Nº 077-2009-CONAFU de la Sesión del Pleno del CONAFU
de fecha 9 y 10 de marzo del 2009, y;
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional
para la Autorización de Funcionamiento de Universidades -
CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional
de Rectores, teniendo como una de sus atribuciones:
Evaluar los proyectos y solicitudes de autorización de
funcionamiento de las nuevas universidades a nivel
nacional, emitiendo resoluciones autorizando o denegando
el funcionamiento provisional, previa verif‌i cación de los
requisitos y condiciones establecidos; en concordancia con
el Artículo 3º Inciso a) del Estatuto del CONAFU, aprobado
por Resolución Nº 189-2006-CONAFU de fecha 13 de julio
del 2006;
Que, por Resolución Nº 196-2004-CONAFU de
fecha 7 de octubre de 2004, se aprueba el Reglamento
de Autorización de Funcionamiento de Universidades y
Escuelas de Postgrado no Pertenecientes a Universidades
bajo competencia del CONAFU (En adelante el
Reglamento); el mismo que regula el procedimiento y
los requisitos que deben cumplir las Promotoras con la
f‌i nalidad de Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional
de los Proyectos de Universidades que promueven;
Que, en el Artículo 32º inciso a) del Reglamento,
se establece que: “Las recomendaciones para el
pronunciamiento del CONAFU, se ajustarán a cualquiera
de las alternativas siguientes: a) Aprobar el Proyecto de
Desarrollo Institucional presentado por la Promotora…”;
Que, en el Artículo 34º del Reglamento, se establece
que: “El Pleno del CONAFU se pronunciará, en el término
de quince (15) días calendarios a partir de la recepción del
Informe Final de la Comisión de Evaluación y Consolidación,
sobre el Proyecto de Desarrollo Institucional presentado,
aprobando, condicionando la aprobación o desaprobando
el Proyecto de Universidad o de Escuela de Postgrado
Particular. Analizando los informes y el expediente podrá
adoptar cualquiera de las recomendaciones señaladas en
el artículo 32º”;
Que, mediante Carta S/N recibida en fecha 29 de
agosto del 2008, el señor Virgilio Acuña Peralta y la
Corporación Universitaria de la Costa S.A.C. (debidamente
representado por su Representante Legal, Virgilio Acuña
Peralta) en calidad de Promotores; solicitan la autorización
de funcionamiento del Proyecto de Universidad de
Lambayeque S.A.C.;
Que, por Resolución Nº 473-2008-CONAFU de fecha
26 de noviembre del 2008, se resuelve Admitir a trámite
el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto de
Universidad de Lambayeque SAC., presentado por
los Promotores: Virgilio Acuña Peralta y Corporación
Universitaria de la Costa S.A.C.; solicitud que se admite
con las Carreras Profesionales de: 1) Ciencias Contables,
2) Administración Turística, 3) Ingeniería de Sistemas, 4)
Ingeniería Comercial, y 5) Ingeniería Ambiental; y, bajo el
Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882;
Que, por Resolución Nº 478-2008-CONAFU de fecha
26 de noviembre del 2008; se resuelve conformar la
Comisión Calif‌i cadora encargada de evaluar el Proyecto
de Desarrollo Institucional del Proyecto de la Universidad
de Lambayeque S.A.C.; la cual esta integrada por Cesar
Orestes Cruz Carbajal, Juan Felipe Anicama Córdova y
Adler Alonso Medina Bonett, en calidad de Presidente,
Secretario y Vocal respectivamente;
Que, mediante Carta Nº 001-2009-UL recibida en
fecha 11 de febrero del 2009, la señora María Grimaneza
Acuña Peralta, en calidad de Responsable del Proyecto
de “Universidad de Lambayeque S.A.C.”, remite el
levantamiento de observaciones de su Proyecto de
Desarrollo Institucional;
Que, estando a la documentación presentada por la
Promotora del Proyecto de Universidad de Lambayeque
S.A.C.; se tiene que, al haber procedido a la calif‌i cación
del PDI en las tablas de Evaluación General de Proyectos
Institucionales y en las tablas de Carreras profesionales,
los porcentajes obtenidos en la calif‌i cación arrojan un
resultado aprobatorio para el Proyecto General y las
Carreras Profesionales; por tal razón, éste Consejo debe
Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del Proyecto
de Universidad de Lambayeque;
Que, mediante Escrito recibido en fecha 4 de marzo del
2009, el Licenciado Juan Ancajima Córdova, en calidad de
Secretario de la Comisión encargada de evaluar el PDI del
Proyecto de Universidad de Lambayeque S.A.C., presenta
el informe f‌i nal realizado por la Comisión; sugiriendo al
Pleno del CONAFU, Aprobar el Proyecto de Desarrollo
Institucional del referido Proyecto Universitario, con las
siguientes Carreras Profesionales: 1) Ciencias Contables,
2) Administración Turística, 3) Ingeniería de Sistemas, 4)
Ingeniería Comercial, y 5) Ingeniería Ambiental; y, bajo el
Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882;
Que, en sesión de fecha 9 y 10 de marzo del 2009,
el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 077-2009-CONAFU
acuerda Aprobar el Proyecto de Desarrollo Institucional del
Proyecto de Universidad de Lambayeque SAC., presentado
por los Promotores: Virgilio Acuña Peralta y Corporación
Universitaria de la Costa S.A.C., con las siguientes
Carreras Profesionales de: 1) Ciencias Contables, 2)
Administración Turística, 3) Ingeniería de Sistemas, 4)
Ingeniería Comercial, y 5) Ingeniería Ambiental; y, bajo el
Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882;
Por estas consideraciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Desarrollo
Institucional del Proyecto de Universidad de Lambayeque
SAC., presentado por los Promotores: Virgilio Acuña
Peralta y Corporación Universitaria de la Costa S.A.C.,
con las Carreras Profesionales de: 1) Ciencias Contables,
2) Administración Turística, 3) Ingeniería de Sistemas, 4)
Ingeniería Comercial, y 5) Ingeniería Ambiental; y, bajo el
Régimen Legal del Decreto Legislativo Nº 882.
Artículo Segundo.- REQUERIR a la Promotora del
Proyecto de Universidad Lambayeque SAC, el cumplimiento
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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